Fiscales que luchan contra la corrupción ven una “ocurrencia” la reforma de la malversación

Consideran que si prospera la reforma del Código Penal los fondos públicos quedan menos blindados y muestran opiniones dispares sobre la introducción del delito de enriquecimiento ilícito

La reforma del delito de sedición ha terminado en todo un paquete de medidas en forma de enmiendas que, de prosperar, modificarán el Código Penal y la forma de perseguir a los corruptos. No solo de aquí en adelante, sino que habrá que hacer una revisión hacia atrás con consecuencias inciertas porque, cabe recordar, los textos no han pasado los informes de los órganos jurídicos consultivos. Fiscales que luchan contra la corrupción, consultados por este periódico, ven una “ocurrencia” la modificación de la malversación y la consideran innecesaria. Además, sobre la introducción del delito de enriquecimiento ilícito las opiniones son dispares, si bien advierten de que puede atentar contra la presunción de inocencia.La enmienda presentada por ERC es, en la práctica, una vuelta al Código Penal de 2015 que no permitió, por ejemplo, perseguir al expresident Artur Mas por el referéndum del 7-N. Se trata de desdoblar el artículo (introducir uno “bis”) de manera que si el cargo público malversa “con ánimo de lucro”, para llevarse el dinero a su bolsillo, las penas son altas, pueden ir de los 2 hasta los 12 años de prisión gradualmente en función de la cantidad. En cambio, y aquí está la novedad, si el político o funcionario desvió fondos pero “sin ánimo de apropiárselo” las rebajas son grandes: de seis meses a 3 años de cárcel.

Ocurre que en esta segunda parte se añade una coletilla: el que “destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio puesto a su cargo”. La interpretación de estas líneas es difusa porque deja en el aire que se pueda malversar para otro fin dentro de la administración. Y esto, según fiscales anticorrupción, puede dar alas al mal uso dentro de la política. “¿Y si el uso es para el partido qué?”, se pregunta uno de los consultados.

Con la proposición de ERC la desviación de fondos que se hizo para organizar el “procés” puede quedar totalmente despenalizada. No está tan claro el caso del expresidente de la Junta andaluza José Antonio Griñán cuya distracción del dinero sí terminó en terceras personas. “No hay esta distinción en Derecho Penal en ningún otro delito patrimonial. Ni en la estafa, ni en el hurto, ni en el robo”, dicen las citadas fuentes fiscales. “Es indiferente el uso que se le dé”.

“Traje a medida”

Distintos juristas hablan de “traje a medida” para el independentismo, pero, en cualquier caso, tienen dudas sobre la aplicación real y temen que la avalancha de revisiones empañe la lucha contra la corrupción como ha sucedido con la ley del ‘solo sí es sí’. El Gobierno ha corrido para que todo esté hecho antes de final de año y antes de que enero sea inhábil en el Congreso. Pero en la carrera se ha saltado -al presentarlo como proposición de ley del PSOE y Unidas Podemos y no como proyecto de ley del Ejecutivo- todos los informes preceptivos de órganos como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que analizan al detalle las posibles fallas de la entrada en vigor. Así advirtieron de los agujeros de la ley estrella del Ministerio de Igualdad, pero no han podido hacer lo mismo sobre este delito nuclear en la contención de la corrupción como el de cohecho, el blanqueo de capitales o los delitos contra la Hacienda Pública.

El esfuerzo de los socialistas para que esto no parezca un paso atrás les ha llevado a presentar en esta batería de enmiendas una reivindicación antigua de algunos juristas: el delito de enriquecimiento ilícito. “No es para contrarrestar nada, es para seguir avanzando en la lucha contra la corrupción”, decía el pasado viernes el portavoz en el Congreso Patxi López.

El propio fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción lo pidió al Gobierno hace más de un año. “A Nivel legislativo, llevo años pidiendo que se contemple el delito de enriquecimiento ilícito”, decía Alejandro Luzón en una entrevista en febrero de 2021. “Los mecanismos de cohecho se han perfeccionado en los últimos años, ya no encontramos los famosos porcentajes que se ingresan al funcionario a cambio de una adjudicación. Ahora se emplean fórmulas más sofisticadas. Ese enriquecimiento que el funcionario no es capaz de explicar debe ser sancionado”, reclamaba.

“Bastane controvertido”

La propuesta del Gobierno se basa en que aquellos cargos públicos que vean aumentado su patrimonio en más de 250.000 euros sin que puedan justificarlo se enfrenten a hasta 3 años de cárcel y a inhabilitación de 2 a 7 años. Sin embargo, las discrepancias sobre este nuevo ilícito están latentes. “Desde el punto de vista doctrinal es bastante controvertido porque existe un peligro de inversión de la carga de la prueba, es decir, que en lugar de que la acusación o el fiscal sea el que tenga que acreditar ese aumento de patrimonio, parece que se está obligando al funcionario a que él pruebe por qué tiene ese dinero”, explica otra fuente consultada de la lucha contra la corrupción.

La inclusión de este tipo penal fue propuesta por la Convención contra la Corrupción de la ONU en octubre de 2003 y teóricamente obliga a los Estados compromisarios a incorporarlo en su legislación interna (entre ellos España). Ocurre que algunos gobiernos se han negado a traspasarlo a su Código Penal por su posible inconstitucionalidad, aunque otros como Francia, Colombia o Perú sí lo han incorporado.

“Las principales críticas que genera en la doctrina es que confronta los principios de presunción de inocencia, derecho a no autoincriminarse y principio de legalidad”, explica el catedrático de Derecho Penal Bernardo del Rosal. “A mí, particularmente, me parece un mero señuelo porque va a ser muy difícil de aplicar y, además, el límite de 250.000 euros es absurdo”, remacha.