Las sanciones de Junts amenazan a las 9.000 empresas que han abandonado Cataluña desde el 1-O

El listado de compañías que han trasladado su sede social desde Cataluña a otras regiones, especialmente a Madrid, es extenso. En todo caso, los expertos no ven recorrido a la petición

Cerca de 9.000 empresas han trasladado su sede social de Cataluña a otras regiones desde el referéndum por la independencia del 1-O y sobre todas ellas cae ahora la amenaza de sanción si no deciden volver. Es el precio que Junts per Catalunya, la formación de Carles Puigdemont, pone a su apoyo de los tres reales decretos-leyes que el Gobierno quiere sacar adelante este miércoles en el Congreso.

Sólo en el cuarto trimestre de 2017 2.536 empresas sacaron de Cataluña su sede social, frente a las 548 que se instalaron. Es decir, ese periodo se cerró con un saldo negativo de casi 2.000 sociedades, según los datos del Colegio de Registradores. La mayoría de ellas (1.457) acabaron en Madrid, aunque en general se repartieron por todo el territorio español (279 en la Comunidad Valenciana, 194 en Aragón, 165 en Andalucía, u otras 134 en Baleares).

Especialmente sonadas fueron las salidas de Caixabank, Fundación La Caixa, Banco Sabadell o Naturgy, que trasladaron sus sedes a Valencia, Palma de Mallorca, Alicante y Madrid, respectivamente. También las de Abertis, SegurCaixa, VidaCaixa, Applus+, Cellnex, Colonial, Catalana Occidente, Cementos Molins, Codorniu, Hotusa, o Grupo Planeta, entre otras, además de firmas extranjeras como Bimbo, Allianz, Axa o Zurich.

En total, durante los seis años, han trasladado su sede social desde Cataluña a otras CCAA un total de 8.934 empresas, de las que justo la mitad (4.439) han escogido Madrid como destino. En segundo lugar está la Comunidad Valenciana, con 1.048 sociedades recibidas desde Cataluña; seguida de Aragón, con 600. Dos regiones limítrofes donde se ‘refugiaron’ empresas como Argal, MGS Seguros, Proclinic y Pangeae Oncology.

Cataluña también recibe empresas afincadas en otras comunidades, pero desde el 1-O siempre han sido menos de las que han salido. De hecho, a día de hoy Cataluña sigue registrando más compañías que desplazan su sede social a otras comunidades de las que entran. En el último trimestre, el tercero de 2023, 181 se fueron y 154 llegaron, con un saldo negativo de 27 empresas, según los registradores. En el segundo, se perdieron 63 sociedades.

Entre el último trimestre de 2017 y el tercer trimestre de 2023 (el último periodo disponible) han sacado su sede social de Cataluña 9.834 empresas, frente a las 3.965 que se han instalado. En total, una pérdida de 4.969 compañías. Lo que las estadísticas del Colegio de Registradores no permiten conocer es cuántas de las empresas que movieron su sede de Cataluña han regresado ya.

La petición de Junts suscita dudas legales

Lo que pretende JxCat es reformar la ley de Sociedades de Capital para ‘premiar’ con incentivos fiscales a las empresas que mantuvieron su sede en Cataluña en 2017, así como a aquellas que decidan volver, y castigar con multas a las que no lo hagan y tengan el centro operativo en Cataluña. Esto parte del acuerdo de investidura, donde el Gobierno ya se comprometió a facilitar el retorno de las empresas.

En esa postura de «facilitar» se mantuvo este martes el PSOE, pero guardó silencio sobre las sanciones. Fuentes legales apuntan que, en caso de llevarse a cabo, esta medida «no tendría ningún recorrido», pues vulneraría la normativa europea (libertad de establecimiento y libertad de circulación de capitales) y nacional (libertad de sociedades) y podría desencadenar en un aluvión de recursos por parte de las empresas afectadas.

Diego Gutiérrez Medina, socio de RSGM Abogados, señala que la propuesta de sanción a las empresas que no decidan retornar su domicilio social a Cataluña es una medida que atentaría contra el principio de libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. «Es uno de los hilos conductores y razón de ser de la Unión Europea, por lo que su violación debería encontrar un evidente y duro reproche comunitario«, apunta el experto en derecho mercantil.

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que en su artículo 49 es claro sobre la libertad de establecimiento en esto términos antedichos, tiene su fiel reflejo en la normativa societaria nacional, en nuestro caso, en la Ley de Sociedades de Capital. Según el artículo 160 de esta ley, la toma de decisión sobre el establecimiento del domicilio social de una empresa le corresponde al órgano soberano de esta, es decir a su Junta General de Accionistas.

Asimismo, otras fuentes legales señalan que, efectivamente, «afectaría a la libertad de elección del domicilio social, que es algo que sólo corresponde decidir a la propia compañía, sin que el Estado pueda obligarte a tener el domicilio social en un lugar determinado mientras el decidido por la empresa se corresponda con el lugar donde se encuentra el centro de administración y dirección de la empresa».

Recuerdan, además, que el real decreto ley que aprobó en 2017 el Gobierno de Mariano Rajoy, y que ahora se pretende tumbar, lo que hizo fue facilitar el cambio de domicilio permitiendo que esa decisión la tomara el Consejo de Administración y no la Junta de Accionistas. «Revertirlo haría que la decisión correspondiera a la Junta de Accionistas y no al Consejo, pero no haría que volvieran las empresas a tener el domicilio social anterior», añaden.

En la misma línea, Miguel Marzo, presidente de CEOE Aragón, considera que la decisión de instalarse en uno u otro territorio es «privada» y, desde luego, no pertenece a los partidos. Por su parte, Antonio Garamendi, presidente de la CEOE, aseguró este martes que «multar a las empresas por no volver a Cataluña se llama comunismo».

Gregorio Izquierdo, director general del Instituto de Estudios Económicos (IEE), advierte, además, de que esta medida podría tener unas consecuencias económicas evidentes en el medio plazo para Cataluña. «Las barreras de salida de las empresas, en la práctica, funcionan como barreras de entrada: en el medio y largo plazo acaban suponiendo una disuasión para la localización de nuevas empresas en la jurisdicción que las impone», sentencia.