El TAD ordena repetir el proceso electoral a la presidencia de la Federación al estimar un recurso de Miguel Galán

La RFEF entiende que no hay que repetir las elecciones, sino solucionar el problema. El presidente de CENAFE impugnó el censo electoral de la distribución y miembros de la asamblea

Carlos Herrera: «Que sea Rocha, mano derecha de Rubiales, el que quiere regenerar el fútbol… Es gravísimo»

La vida en la Federación Española de Fútbol es una montaña rusa diaria. Un presidente destituido por un beso, un sustituto a dedo, una redada de la Guardia Civil, un proceso electoral con único candidato imputado por la juez, la amenaza de una intervención del Consejo Superior de Deportes (CSD) en coordinación con la FIFA. Y ahora, vuelta a empezar.

El Tribunal Administrativo del Deporte ha ordenado repetir el proceso electoral a la Federación tras estimar el recurso presentado por Miguel Ángel Galán , David Galán y Mario Otero contra la resolución nº 4 de la Comisión Electoral de la REFF de 9 de abril de 2024 por la que se acuerda inadmitir el recurso interpuesto por los recurrentes contra el censo electoral de la distribución y miembros de la asamblea de la RFEF de la convocatoria oficial de fecha 5 de abril de 2024.

Galán había enviado una carta a los servicios jurídicos de la RFEF advirtiendo de la nula legalidad del proceso electoral en marcha. Según él, un total de 39 de los 120 asambleístas electos ya no gozan de tal condición tras haber perdido la licencia. Eso implica que tanto la adquisición de avales por parte de los candidatos, como la votación en sí para elegir al nuevo presidente, se haría sin un tercio de la Asamblea actual.

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha acordado ahora retrotraer las actuaciones a fin de que la Comisión Electoral dicte una resolución ajustada a Derecho. Lo que equivale, según los juristas consultados, a la obligación de repetir el proceso electoral.

Pedro Rocha, el presidente de la gestora que ha dirigido la Federación desde la salida de Rubiales por el beso no consentido a Jenni Hermoso, fue el único candidato que logró los avales para optar la presidencia.

Consiguió 107 apoyos de los 138 posibles y dejó sin ninguna opción al periodista Carlos Herrera y a la abogada Eva Parera, que intentaron el asalto a una poltrona que parece imposible.

Acuerdo del TAD

El Tribunal Administrativo del Deporte, tal y como reza en su expediente, ha acordado «estimar el recurso presentado por D. Miguel Ángel Galán Castellanos, D. David Galán Castellanos y D. Mario Otero Iglesias contra la resolución nº 4 de la Comisión Electoral de la REFF de 9 de abril de 2024, acordando retrotraer las actuaciones a fin de que la Comisión Electoral dicte una resolución ajustada a Derecho».

Según la resolución de este organismo, Galán y sus asesores reclamaron al TAD que «acepte el presente recurso y se admita la solicitud de actualización de asamblea y baja de oficio de asambleístas, obligando a la Comisión Electoral a decidir sobre la solicitud planteada, en base al reglamento electoral…«.

Igualmente indica la resolución: «En el presente caso, considera este Tribunal que no resulta ajustado a derecho inadmitir el recurso presentado por las causas aducidas por la Comisión Electoral.».

El TAD añade que «la presente resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde su notificación».

Mientras la selección española tiene una Eurocopa en el horizonte, el único candidato a presidente está imputado en el caso Supercopa Rubiales y Piqué, y hay que volver a empezar en el proceso electoral para proclamar a un presidente.

La versión de la Federación

La Federación emitió un comunicado en el que, según el criterio de sus juristas, el TAD no ha ordenado repetir las elecciones ni el proceso electoral.

«La resolución publicada por el TAD remite el recurso sobre la pérdida de condición de los asambleístas a la Comisión Electoral, que ahora se tendrá que pronunciar. Hubo un recurso similar ante la comisión gestora, sobre el que el TAD ya se ha pronunciado, afirmando que ningún asambleísta ha perdido la condición. Ahora el TAD pide a la Comisión Electoral que resuelva este tema, al ser competente para hacerlo».

La versión del CSD es que el TAD corrige la decisión de la Junta Electoral de inadmitir a trámite el recurso presentado por Galán, entendiendo que debe admitirse a trámite y resolverse sobre el fondo, estimando o desestimando la cuestión.