La ley de memoria fulmina por ‘franquistas’ cinco títulos nobiliarios concedidos por el Rey Juan Carlos

La supresión, que entra en vigor este viernes, se extiende también a otros 28 condados, marquesados y ducados que fueron otorgados durante la dictadura

El presidente Sánchez, sonriente, tras votar la Ley de Memoria Democrática en el Congreso, el pasado 14 de julio José Ramón Ladra.

La Ley de Memoria Democrática, que entra en vigor este viernes, suprime de un plumazo cinco títulos nobiliarios que fueron concedidos por el Rey Juan Carlos durante la Transición, en pleno proceso de desmontaje del aparato de la dictadura y de conformación de la democracia. Sin embargo, esta nueva ley considera que esos cinco títulos nobiliarios, pese a haber sido otorgados por Don Juan Carlos, son ‘franquistas’. Además, este viernes desaparecen también otros 28 condados, ducados y marquesados que, en este caso sí, fueron otorgados por Francisco Franco desde 1948. Entre ellos, el Ducado de Calvo Sotelo, concedido a título póstumo al político José Calvo Sotelo, que, nada más estallar la Guerra Civil, fue asesinado en el Madrid republicano por guardias de asalto y milicianos socialistas.

Los cinco títulos concedidos por el Rey Juan Carlos y suprimidos por ser considerados ‘franquistas’ en la Ley de Memoria Democrática son los condados de Iturmendi y de Rodríguez de Valcárcel, el Marquesado de Arias Navarro, el Ducado de Franco y el Señorío de Meirás.

El Condado de Iturmendi fue concedido por el Rey el 5 de julio de 1977 a Rita Gómez Nales, viuda del carlista Antonio Iturmendi. El Condado de Rodríguez Valcárcel fue otorgado el mismo día a favor, a título póstumo, de Alejandro Rodríguez de Valcárcel y Nebreda, destacado miembro de Falange que ejerció la Jefatura del Estado los días 20, 21 y 22 de noviembre de 1975, al morir Franco, en su condición de presidente del Consejo de Regencia.

Por su parte, el Marquesado de Arias Navarro, con Grandeza de España, se lo concedió el Rey Juan Carlos el 2 de julio de 1976 al que fue presidente del Gobierno en la recta final del franquismo y el inicio de la Transición.

El Señorío de Meirás y el Ducado de Franco, ambos con Grandeza de España, fueron otorgados por el Rey a la viuda e hija del dictador, respectivamente, Carmen Polo y Carmen Franco. Se los concedió el 26 de noviembre de 1976, pocos días después de morir el dictador.

La Ley de Memoria Democrática suprime también otros 28 títulos nobiliarios concedidos por Francisco Franco. Son lo siguientes: los ducados de Primo de Rivera, de Calvo Sotelo, de Mola y del Alcázar de Toledo, los cuatro con Grandeza de España; el condado de Labajos y los marquesados de Dávila (con Grandeza), de Saliquet, de Queipo de Llano y de Alborán. También se eliminan los condados del Jarama, de Benjumea, de la Cierva, de Fenosa, del Castillo de la Mota, de Pallasar, de Martín Moreno y de Bau. Asimismo, elimina los marquesados de Varela de San Fernando, de Somosierra, de San Leonardo de Yagüe, de Vigón, de Suanzes, de Kindelán, de Casa Cervera y de Bilbao Eguía, y fulmina las grandezas de España otorgadas por Franco al conde de Rodezno y a Fernando Suárez de Tangil, que fue alcalde de Madrid entre 1924 y 1927, y ministro de Obras Públicas durante la dictadura (murió en 1964).

Purga abierta

Por otra parte, la Ley de Memoria Democrática también abre la puerta a una purga general de toda condecoración o recompensa concedida en cualquier momento previo a la entrada en vigor de esta nueva ley, y al margen de en qué año fue concedida esa distinción. La causa potencial de purga es que el condecorado o recompensado «hubiera formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, así como con los requisitos para su concesión».

Para revocar esas condecoraciones o recompensas se acreditarán esos «actos o conductas» impropios, probados por existir «sentencia penal firme, diligencias judiciales, de la Fiscalía o policiales, la imposición de sanción disciplinaria firme o cualquier otro medio de prueba admisible en derecho».