a) de la tierra: rescate de las propiedades.
La tierra no puede venderse a perpetuidad, porque la tierra es mía, y vosotros sois forasteros y huéspedes en mi tierra. En todo terreno de vuestra propiedad concederéis derecho a rescatar la tierra. Si se empobrece tu hermano y vende parte de su propiedad, su pariente más cercano vendrá y rescatará lo vendido por su hermano. Y si uno no tiene quien ejerza este derecho, pero adquiere por sí mismo recursos suficientes para su rescate, descontará los años pasados desde la venta y abonará al comprador la diferencia; así recobrará su propiedad. Pero si no obtiene lo suficiente para recobrarla, la propiedad vendida quedará en poder del comprador hasta el año jubilar, y en el año jubilar quedará libre; y volverá a propiedad del vendedor.
Si uno vende una vivienda en ciudad amurallada, su derecho a rescatarla durará hasta que se cumpla el año de su venta; un año entero durará su derecho de rescate. En caso de no ser rescatada para él dentro de un año entero, la casa situada en ciudad amurallada será a perpetuidad para el comprador y sus descendientes y no quedará libre en el año jubilar. Encambio, las casas de las aldeas sin murallas que las rodeen serán consideradas propidades rusticas: gozarán de derecho de rescate y en el año jubilar quedarán libres.
En cuanto a las ciudades de los levitas, a las casas de las ciudades de su propiedad, los levitas tendrán derecho de rescate perpetuamente. Si no se rescata algo perteneciente a un levita, lo que se haya vendido, si es una casa en una ciudad de su propiedad, quedará libre en el año jubilar; porque las casas de las ciudades de los levitas son su propiedad en medio de los israelitas. Los campos que rodean sus ciudades no pueden venderse, pues son su propiedad para siempre.
b) del pueblo: préstamo y manumisión.
Si un hermano tuyo se empobrece y le tiembla la mano en sus contigo, lo mantendrás como forastero o huésped, para que pueda vivir junto a ti. No tomarás de él interés ni recargo, antes bien, teme a tu Dios y deja vivir a tu hermano junto a ti. No le darás tu dinero con interés ni le darás tus víveres con recargo. Yo soy Yahvé, vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán y ser vuestro Dios.
Si un hermano tuyo se empobrece en sus asuntos contigo y tú lo compras, no le impondrás trabajos de esclavo; estará contigo como jornalero o como huésped, y trabajará junto a ti hasta el año del jubileo. Entonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos con él, volverá a su familia y a la propiedad de sus padres. Porque son siervos míos, a quienes yo saqué de la tierra de Egipto; no han de ser vendidos como se vende un esclavo. No serás tirano con él, sino que temerás a tu Dios.
Los siervos y las siervas que tengas, serán de las naciones que os rodean; de ellos podréis adquirir siervos y siervas. También podréis comprarlos de entre los hijos de los huéspedes que residen en medio de vosotros, y de sus familias que viven entre vosotros, es decir, de los hijos que hayan tenido en vuestra tierra. Esos pueden ser vuestra propiedad, y los podréis dejar en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como propiedad perpetua. A éstos los podréis tener como siervos; pero tratandose de vuestros hermanos, los israelitas, uno no tratará a su hermano con dureza.
Si el forastero o huésped que mora contigo adquiere bienes, y un hermano tuyo se empobrece en asuntos que tiene con él, y se vende al forastero que mora contigo, o a algún descendiente de la familia de forastero, después de haberse vendido le quedará el derecho al rescate: uno de sus hermanos lo rescatará. Lo rescatará su tío paterno, o el hijo de su tío, o algún otro pariente cercano dentro de su familia, o, si llegaran a alcanzarle sus propios recursos, él mismo se podrá rescatar. Contará con su comprador los años desde el año de la venta hasta el año jubilar; y el precio se calculará en proporción a los años, valorando sus días de trabajo como los de un jornalero. Si faltan todavía muchos años, en proporción a ellos devolverá, como precio de su rescate, una parte del precio de venta. Si faltan pocos años hasta el jubileo, se hará el calculo en proporción a ellos, y lo pagará como rescate:
como un jornalero que se ajusta año por año. No permitas que se le trate con dureza ante tus propios ojos. Si nos es rescatado por otros, quedará libre el año del jubileo, él y sus hijos con él. Porque a mí es a quien pertenecen como siervos los israelitas; siervos míos son, a quienes yo he sacado del país de Egipto. Yo, Yahvé, vuestro Dios.
Resumen. Conclusión.
No os hagáis ídolos, ni erijáis imágenes o estelas, ni coloquéis en vuestra tierra piedras grabadas para postraros ante ellas, porque yo soy Yahvé, vuestro Dios. Guardaréis mis sábados, y respetaréis mi santuario. Yo, Yahveh.