Prescripciones rituales complementarias: La llama permanente. Los panes de la Presencia.

 

A. La llama permanente.

Dijo Yahveh a Moisés: Manda a los israelitas que te traigan para el alumbrado aceite puro de olivas molidas, para alimentar continuamente la lámpara. Aarón la preparará fuera del velo del Testimonio, en la Tienda del Encuentro para que arda de continuo ante Yahvé desde la tarde hasta la mañana. Es decreto perpetuo, para todas vuestras generaciones. El colocará las lámparas sobre el candelabro puro para ardan ante Yahvé continuamente.

B. Los panes de la Presencia.

Tomarás flor de harina y cocerás con ella doce tortas, de dos décimas cada una. Las colocarás en dos hileras, seis en cada hilera, sobre la mesa pura en la presencia de Yahvé.
Pondrás sobre cada hilera incienso puro: será para el pan un memorial, manjar abrasado para Yahveh.

Todos los sábados, sin excepción, lo dispondrá en presencia de Yahvé de parte de los israelitas, en señal de alianza perpetua. Será para Aarón y sus hijos, y lo comerán en lugar sagrado; porque es cosa sacratísima, tomada de los manjares que se abrasan para Yahvé. Es decreto perpetuo.

Blasfemia y ley del talión.

Había entre los israelitas uno que era hijo de una mujer israelita, pero su padre era egipcio. El hijo de la israelita y un hombre de Israel riñeron en el campo,  y el hijo de la israelita balsfemó y maldijo el Nombre. y fue llevado ante Moisés. Su madre se llamaba Selomit, hija de Dibrí, de la tribu de Dan. Lo tuvieron detenido hasta que sedecidierar el caso por sentencia de Yahvé. Y entonces Yahvé le dijo a Moiséo:

Saca al blasfemo fuera del campamento; todos los que lo oyeron pondrán  las manos sobre su cabeza, y toda la comunidad lo apedreará. Y dirás a los israelitas: Cualquier hombre que maldiga a su Dios, cargará con su pecado. Quien blasfeme el Nombre de Yahvé, será muerto; toda la comunidad lo apedreará. Sea forastero o nativo, si blasfema el Nombre, morirá.

El que hiera mortalmente a cualquier otro hombre, morirá.

El que hiera de muerte a un animal lo indemnizará: animal por animal. Si alguno causa una lesión a su prójimo, se le hará lo mismo que hizo él: fractura por fractura, ojo por ojo, diente por diente; se le hará la misma lesión que él haya causado al otro. El que mate un animal, indemnizará por él; mas el que mate a un hombre, morirá. Del mismo modo juzgarás al forastero que al nativo; porque yo soy Yahvé vuestro Dios.

Habló, pues Moisés a los israelitas y sacaron al blasfemo fuera del campamento y lo apedrearon. Los israelitas hicieron lo que Yahvé había mandado a Moisés.

Los años santos

A. El año sabático.

Dijo Yahvé a Moisés en el monte: Di a los israelitas: Cuando hayáis entrado en la tierra que yo voy a daros, la tierra tendrá también su descanso en honor de Yahvé. Seis años sembrarás tu campo, seis años podarás tu viña y cosecharás sus frutos; pero el séptimo año será de completo descanso para la tierra, un sábado en honor de Yahvé: no sembrarás tu campo, ni podarás tu viña. No segarás los rebrotes de la última siega, ni vendimiarás los racimos de tu viña inculta. Será año de descanso completo para la tierra. La tierra, incluso en su descanso, os alimentará a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu jornalero y al inmigrante que reside junto a ti. Todo lo que produzca ppromocionará alimento también a tus ganados y a los animales salvajes.

B. El año del jubileo.

Contarás siete semanas de años, siete por siete años; de modo que el tiempo de las siete semanas de años sumarán cuarenta y nueve años. El mes séptimo, el día diez del mes, harás resonar el estruendo de las trompetas; el día de la Expiación haréis resonar el cuerno por toda vuestra tierra. Declararéis santo el año cincuenta, y proclamaréis por el país la liberación para todos sus habitantes. Será para vosotros un jubileo; cada uno recobrará su propiedad, y cada cual regresará a su familia. Este año cincuenta será para vosotros año jubilar: no sembraréis, ni segaréis los rebrotes, ni vendimiaréis la viña inculta, porque es el año jubilar, que será sagrado para vosotros. Comeréis lo que el campo dé de sí.

En este año jubilar recobraréis cada uno vuestra propiedad. Si vendéis algo a vuestro prójimo o le compráis algo, que nadie perjudique a su hermano. Comprarás a tu prójimo atendiendo al número de años transcurridos después del jubileo; y en razón del número de años de cosecha que quedan, te fijará él el precio de venta: a mayor número de años, mayor será el precio de  la compra; cuantos menos años queden, tanto menor será su precio, porque lo que él te vende es el número de cosechas. Ninguno de vosotros perjudique a su prójimo. Y n teme a tu Dios, porque yo soy Yahvé, vuestro Dios.

Garantía divina.

Cumplid mis preceptos; guardad mis normas y ponedlas en práctica; así viviréis seguros en esta tierra. Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros; y habitaréis seguros en ella.

Si preguntáis: «¿Qué comeremos el año séptimo, si no podremos sembrar ni cosechar nuestras mieses?» Yo os mandaré mi bendición al año sexto, de modo que producirá para tres años. Cuando sembréis el año octavo, seguiréis todavía comiendo de la cosecha anterior. Hasta que llegue la nueva cosecha del año nono, seguiréis comiendo de la anterior.