La juez del 8-M no quiere retrasos: dos asociaciones aglutinarán a las acusaciones populares

La juez que investiga si la manifestación del 8-M debió autorizarse pese a las alertas sanitarias por coronavirus ha decidido que quienes pretendan ejercer la acusación popular en la causa lo deberán hacer bajo la representación letrada de la Asociación de Consumidores y Usuarios José María Mena y la Unión de la Guardia Civil Profesional, a falta de que ambas aporten, en el plazo de dos días, un poder otorgando a un letrado su representación jurídica en esta causa.

En un auto firmado ayer, la magistrada Carmen Rodríguez-Medel adopta esta decisión para evitar dilaciones indebidas que ocasionaría la personación de un buen número de acusaciones populares. Y esgrime un auto del Tribunal Supremo de enero de 2018, de que fue ponente el magistrado Manuel Marchena, en el que establece que ante la existencia de “varias acusaciones con distintas representaciones pero con posiciones jurídicas e intereses muy similares” las dilaciones en el proceso se podrían producir “con más facilidad a causa de la previsible reiteración en las diligencias”, además de la “proliferación de recursos” similares.

El Alto Tribunal concluía que la proliferación de partes “contribuye a dificultar el adecuado manejo de la causa, lo que generalmente redunda en un indeseable retraso en su tramitación”, por lo que ante la identidad de objetivos avalaba el ejercicio de las acciones penales “bajo una misma dirección y representación”, que debe recaer, subrayaba, en la acusación popular personada en primer lugar.

Rodríguez-Medel afirma que dado el delito objeto del procedimiento -una posible prevaricación en la autorización del 8-M por parte del delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco-, los que pretenden ejercer la acusación popular “persiguen en todo caso la acción de la Justicia”, por lo que procede, como hizo el Supremo, “reconducir su intervención a que lo hagan bajo la misma defensa y representación” de las dos acusaciones que, incide, “cronológicamente han sido los primeros en prestar fianza, pudiendo elegir por tanto entre cualquiera de ellos” una vez que las dos asociaciones reseñadas subsanen los requisitos pendientes en relación al poder de representación de sus letrados. Si en el plazo de dos días no aportaran ese poder, su lugar lo ocuparía, matiza la instructora, la siguiente acusación que abone la fianza y cumpla con los demás requisitos.

La juez precisa que el abogado que impulsó la denuncia, Víctor Valladares, también debe optar por una u otra acusación pues «ha prestado fianza pero todavía no ha designado letrado que defienda sus intereses, a pesar de haber sido requerido en varias ocasiones para que se persone con los requisitos exigidos legalmente» desde marzo pasado, la última el pasado miércoles.

El denunciante, que articula la acusación en torno a la asociación Afectados por la Gestión del Coronavirus, ya ha recurrido esta decisión. En un escrito remitido al juzgado en el que asegura que el pasado día 3 ya formalizó documentalmente la designación de letrado y recuerda que en menos de 24 horas consignó la fianza requerida “por primera vez” el mismo miércoles, incluso entendiendo que al tratarse de “una asociación de víctimas, no procede el mismo”.

En su escrito defiende que a día de ayer su asociación es “la única representación que ha solicitado su personación como acusación popular y que cumple con todos los requisitos formales para actuar como tal”, por lo que no entiende “por qué ha de optar por una de las dos acusaciones” señaladas «cuando su participación queda condicionada a que subsanen “los defectos del poder en el plazo de dos días”. De ahí que pida a la magistrada que deje sin efecto esa resolución y designe a Afectados por el Coronavirus (AGC) como “acusación popular bajo la que actuar”, al haber cumplido con todos los requisitos y ser “la primera” en hacerlo.

Entre las asociaciones que han solicitado personarse en la causa figura también Manos Limpias, que hoy tiene previsto consignar la fianza tras presentar el pasado marzo una denuncia contra el delegado del Gobierno, José Manuel Franco, por prevaricación y lesiones imprudentes -un delito que ha descartado ya investigar la instructora-, del que se inhibió el Juzgado de Instrucción número 31 en favor de Rodríguez Medel.