El Supremo rechaza el recurso de ZEC para cambiar el nombre al pabellón Príncipe Felipe

El Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite el recurso de casación presentado por el gobierno de Zaragoza en Común en su pretensión de cambiar el nombre del pabellón Príncipe Felipe por el de José Luis Abós. Tras los reveses judiciales del contencioso administrativo (en septiembre de 2016) y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (en marzo de este mismo año), el Supremo ha acordado «la inadmisión» del recurso e impone al Ayuntamiento las costas procesales, que ascienden a mil euros.

Con esta decisión se agota la vía judicial para sacar adelante la iniciativa del Gobierno de ZEC, por lo que el pabellón seguirá llamándose Príncipe Felipe y se pone fin así a tres años de discusiones políticas y disputas judiciales. De hecho, la del cambio de nombre fue la primera gran polémica del alcalde, Pedro Santisteve, que decidió de forma unilateral en julio de 2015 cambiar de nombre el pabellón en reconocimiento al exentrenador de baloncesto fallecido en octubre de 2014.

El Tribunal Supremo, a través de una providencia que ha comunicado al Consistorio, explica que rechaza el recurso por no estar el mismo lo suficientemente justificado. «Por carencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, sin que (…) se hayan justificado de forma suficiente lo previsto en el artículo 88.3 de la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa para que se desplieguen sus efectos ambas presunciones», dice la nota judicial.

Esto es, el Alto Tribunal respalda los argumentos de los pleitos anteriores en los que –en esencia– se rechazaba el cambio de nombre porque la decisión debería haberla tomado «el mismo órgano» que decidió ponérselo, es decir, el pleno. Santisteve, sin embargo, prefirió hacer el cambio por decreto, a través de su consejo de gobierno, consciente de que no hallaría suficientes apoyos entre el resto de las formaciones políticas. ZEC hubiera necesitado un acuerdo mayoritario de los partidos que no tenía –los comunes son apenas 9 de 31 concejales– y finalmente, tomó la decisión en solitario.

Fue el PP el que llevó el asunto a los tribunales a finales de 2015, cuando el 1 de octubre el gobierno obligó a borrar el nombre de la fachada, en unos trabajos que se pararon en los juzgados horas después. Entonces se impusieron medidas cautelares hasta que hubiera un fallo judicial. La sentencia del contencioso administrativo llegó el 23 de septiembre de 2016, pero ZEC recurrió al TSJA. Tras el nuevo fallo contrario a sus intereses de este último tribunal, el gobierno decidió recurrir al Supremo.