¿Te has quedado sin bono social? Cómo pedir el descuento para la luz y la calefacción

El Gobierno ha vuelto a ampliar el plazo, que finalizaba el pasado lunes 8 de octubre, para que los usuarios que se beneficiaban del antiguo bono social eléctrico soliciten el que ahora está en vigencia. Así lo establece el decreto ley de medidas urgentes para la transición energética aprobado la semana pasada, que fija una moratoria hasta el el 31 de diciembre para que los consumidores pidan este descuento en el recibo de la luz destinado a los colectivos identificados como vulnerables.

El anterior Gobierno ya tuvo que ampliar el plazo de abril hasta octubre para animar a los beneficiarios del bono a solicitar su renovación. Durante estos meses, el descuento se siguió aplicando. Una parte importante de ellos ha sin embargo perdido este derecho a partir del pasado lunes. Se trata de aquellos que percibían el bono por tener una potencia contratada inferior a los 3 kilovatios (kW), según confirma la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y publicó este miércoles el diario Cinco Días.

Este cambio se debe a que el bono social diseñado en 2017 se basa en criterios de renta, mientras el anterior, de 2009, incluía como potenciales beneficiarios también a quienes tuvieran una potencia contratada inferior a los 3 kW con independencia de sus ingresos. Aquí unas claves para saber quién tiene derecho a pedir el nuevo bono y cómo hacerlo.

¿Qué es el bono social eléctrico?

El bono social es un descuento en el importe final del recibo que se aplica a los usuarios acogidos a la tarifa regulada (el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor o PVPC). Está disponible para suministros con potencia contratada inferior a 10 kW y prevé tres tramos de descuento, del 25%, 40% o 100% en función y otros criterios.

¿Quién lo puede solicitar?

La reforma del bono social que el Gobierno acometió en 2017 introdujo nuevos criterios de renta para solicitar el descuento. La normativa distingue ahora entre consumidores vulnerables, vulnerables severos y en riesgo de exclusión social. Los primeros se benefician de una rebaja del 25%, y se trata de aquellos que cobran menos de 11.279 euros anuales (1,5 veces el IPREM), una cantidad que sube si hay menores a cargo o existen circunstancias excepcionales, criterios agregados por el nuevo decreto: algún miembro de la familia tiene una discapacidad del 33% o superior, víctimas de violencia de género o de terrorismo, dependencia o familias monoparentales. También se benefician de este descuento las familias numerosas y los pensionistas por jubilación o incapacidad permanente con prestación mínima. Si perciben otros ingresos, el importe agregado anual no debe superar los 500 euros.

A los consumidores vulnerables severos se les reconoce una rebaja del 40%. Su renta es la mitad de la que perciben los consumidores vulnerables. Por otro lado, cuando los servicios sociales financien al menos el 50% del importe de del recibo del usuario, este se considera en riesgo de exclusión social y su suministro no podrá ser interrumpido. La CNMC y la fundación Civio han lanzado una aplicación para que los usuarios puedan saber si tienen derecho a solicitar el bono.

¿Dónde se pide?

El bono social se solicita a la misma compañía que proporciona el suministro. En la península hay seis comercializadoras de referencia que ofrecen la tarifa regulada (Endesa, Iberdrola, Gas&Power —antes Gas Natural SUR—, EDP, Viesgo y CHC), una en Ceuta (Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta) y otra en Melilla (Teramelcor).

El nuevo real decreto obliga a las comercializadoras a comunicar a los usuarios que todavía no lo hayan solicitado que tienen tiempo hasta el 31 de diciembre para pedir la renovación de la prestación bajo las nuevas condiciones.

¿Qué documentos hay que presentar?

Tener derecho al bono social no implica que el descuento se aplique automáticamente. Es necesario presentar una serie de documentos y pasar por un proceso que puede resultar complejo. El primero es un modelo de solicitud, que se puede encontrar en las páginas web de las comercializadoras, complementado por la fotocopia documentos de identidad, empadronamientos de los miembros de la familia, los certificados que acrediten que se trata de familia numerosa o que acrediten las demás circunstancias previstas por la ley.

¿Quién no lo ha renovado pierde el derecho?

Aquellos usuarios que se beneficiaban del antiguo bono social tienen tiempo hasta el 31 de diciembre para solicitar su renovación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por el nuevo decreto. Según las últimas cifras del regulador, en mayo de 2018 había 2,4 millones de consumidores beneficiarios del bono social, 1,5 millones de ellos por tener contratada una potencia inferior a 3 kW. Solo 650.000 consumidores habían logrado acogerse al nuevo modelo a finales de agosto, según la CNMC.

Una de las grandes compañías eléctricas asegura de que el 75% de sus clientes beneficiarios del bono lo es por tener una potencia contratada inferior a 3kW y ya ha perdido el derecho al descuento si no lo ha vuelto a solicitar cumpliendo con los nuevos requisitos. Si la renovación se solucionara de manera positiva, disfrutarán de la rebaja de la cual no se han beneficiado en las facturas posteriores.

¿Qué es el bono térmico y quién lo puede pedir?

Una de las medidas estrella del nuevo decreto es el bono térmico, un descuento en la factura del gas. Los beneficiarios de esta medida son los mismos que tienen derecho al bono social eléctrico y el acceso será automático. La cuantía de la rebaja depende de su grado de vulnerabilidad, pero también de la zona geográfica —la normativa reconoce seis áreas climáticas distintas— en la que se encuentren.

¿Va a volver a cambiar el bono social?

Quizá. Pese a que el nuevo bono social acaba de empezar a andar, el Gobierno y Podemos, en el pacto que han alcanzado para tratar de sacar adelante unos presupuestos para 2019, aseguran que van a abordar una reforma profunda (otra) del bono social. Entre otras cosas, quieren que el acceso sea solo por criterio de renta baja, aunque aseguran que podrán alguna excepción como las familias monoparentales. Según la redacción de ese acuerdo, quedarían fuera las familias numerosas, a no ser que su renta sea baja.