Iglesias, confinado por Ayuso

La comunidad de Madrid ha decidido este viernes extender las restricciones por zonas básicas de salud a siete municipios más y a toda la localidad de Collado Villalba.

En concreto, los municipios confinados son Chinchón y Villaconejos, de la zona básica de Colmenar de Oreja; : Collado Villalba (en su totalidad), San Martín de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa, de la zona básica de San Martín de Valdeiglesias; los municipios de Moralzarzal, Alpedrete y Galapagar. Estos ocho municipios se sumarán a las 35 zonas básicas de salud donde ya se aplican a partir de las 00.00 horas del 9 de noviembre, después del puente de la Almudena. Las nuevas zonas con restricciones tienen el 1,9% de la poblacion de Madrid y acumulan el 3,8% de los casos en las últimas dos semanas en la región.

En el informe de este martes 3 de noviembre se registraba un nuevo incremento en Galapagar, pasando de 497,90 a 580,88 de tasa de incidencia, por encima del umbral de 500 casos por cada 100.000 habitantes fijado por la Comunidad de Madrid para establecer nuevas restricciones. En los últimos 14 días se han notificado 196 nuevos positivos.

Precisamente, Galapagar es el municipio donde reside el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, junto a la ministra de Igualdad, Irene Montero. Las restricciones de movilidad aplicadas o a cualquier otra comunidad autónoma, a no ser que cuente con un motivo justificado. confinamiento perimetral no significan que el vicepresidente segundo -al igual que cualquier trabajador- no pueda salir de su casa, pues está permitido que cualquier ciudadano pueda salir de su área confinada para realizar las actividades permitidas como; desplazarse a su lugar de trabajo, atender a una persona dependiente (niño, anciano o discapacitado), regresar a casa, acudir a un centro docente, visitar el médico, realizar trámites inaplazables o por motivos de fuerza mayor.

Sin embargo, ni el vicepresidente ni ningún otro ciudadano que resida en Galapagar o en el resto de municipios confinados podrá salir de su zona si por ejemplo desea acudir a una segunda residencia o a cualquier otra comunidad autónoma, a no ser que cuente con un motivo justificado. Dichos ciudadanos si podrán desplazarse por su municipio, pero no podrán, por ejemplo, acudir a parques infantiles de uso público.

En estas zonas los horarios de actividad comercial se mantienen como en el resto de la región, si bien los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50 % del aforo permitido. Los establecimientos de hostelería y restauración tendrán unas restricciones de aforo y horario similares a las del resto de la comunidad (sin servicio de barra, 50% en interior y cierre a las 0:00 horas sin poder recibir nuevos clientes a partir de las 23.00 horas) a excepción de que, además, deberán reducir el aforo de sus espacios exteriores al 50 por ciento.