El Tribunal Constitucional suspende la iniciativa independentista en el Parlament de Cataluña

El Pleno del TC admite a trámite por unanimidad el recurso del Gobierno y aplica la paralización automática de la Iniciativa Legislativa Popular para la «declaración de la independencia de Cataluña»

La tramitación de la iniciativa independentista en el Parlament ha quedado paralizada. El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso del Gobierno central y ha cumplido con la petición del Ejecutivo de que la resolución impugnada quede en suspenso. La Constitución establece que la suspensión es automática cuando el Gobierno la solicita.

La decisión recurrida por el Gobierno es el Acuerdo de la Mesa del Parlament de 20 de febrero de 2024, que admitió a trámite la iniciativa legislativa popular denominada «Proposición de Ley de declaración de la independencia de Cataluña». El TC ha dado traslado al Parlament de la decisión de admitir a trámite el recurso y acordar la suspensión y le concede un plazo de 20 días aporte «cuantos documentos y alegaciones considere convenientes».

Los cinco meses de suspensión automática que ahora se activan pueden ser renovados, por lo que no hay urgencia para resolver sobre el fondo del asunto. A la vista del contenido de la proposición y conforme a los antecedentes de episodios similares, todo indica que el recurso será estimado por el Pleno presidido por el magistrado Cándido Conde-Pumpido. El ponente del asunto será el magistrado Enrique Arnaldo.

El Consejo de Ministros acordó el pasado 26 de marzo ordenar a la Abogacía del Estado que recurriera la decisión de la Mesa. El Constitucional ya ha analizado anteriormente dentro del procés varias idas, como se conoce a la impugnación de decisiones autonómicas por parte del Gobierno. En 2019, poco después de conocerse las condenas del procés, el Gobierno impugnó la decisión de la Cámara autonómica de no frenar una iniciativa independentista de la CUP. En esa ocasión lo hizo a través de un expeditivo incidente de ejecución de sentencia, al considerar que se estaba incumpliendo de forma directa una decisión previa del TC.

VULNERACIÓN DE LA CARTA MAGNA

En este caso, el Gobierno central considera que la iniciativa legislativa popular a la que Junts está dando pábulo en el Parlament vulnera de manera «clara» al menos siete artículos «esenciales» de la Constitución, como los que regulan la soberanía del pueblo español, la unidad de España, el principio de legalidad, la seguridad jurídica y el modelo territorial.

También chocaría con el Estatut y otras leyes propias de Cataluña. «Se vulneran las competencias del Parlament, como advierten sus propios letrados, porque el objetivo de la iniciativa popular requiere una reforma constitucional previa y, además, la legislación catalana sobre estas iniciativas dice expresamente que sólo son válidas las que se refieran a asuntos que sean competencia de la Generalitat», indica el Gobierno.

El Gobierno precisa que la proposición aborda «cuestiones ya resueltas por el TC en distintas sentencias que señalan la ruptura del orden constitucional, vulnerándose la Constitución y el propio Estatuto de Autonomía».

En ocasiones anteriores el Parlament se ha opuesto a que en esta fase de tramitación parlamentaria se pueda, desde su punto de vista, cercenar el debate político cuando este aún no se ha plasmado en una decisión del Pleno. Frente a ello, el Gobierno subraya que es ya un criterio consolidado en el TC que la admisión a trámite de iniciativas parlamentarias que incumplen «el deber de acatar cuestiones ya resueltas por el propio TC» resulta «claramente inconstitucional».

El Constitucional ya contaba con un recurso contra la tramitación de la iniciativa independentista, presentado a mediados de marzo por diputados del PSC. En ese caso, se trataba de un recurso de amparo -ni la for4mación ni los diputados pueden presentar uno de inconstitucionalidad- que no conllevaba la suspensión automática ahora ejecutada por el TC.