El informe final del CGPJ señala que la amnistía discrimina a los españoles ante la Justicia

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves el informe final sobre la amnistía que había solicitado el Senado. Los vocales se enfrentaban a dos textos totalmente opuestos: de un lado, el redactado por la vocal progresista Mar Cabrejas que avalaba la medida de perdón a los miembros del procés; y de otro lado, el confeccionado por el vocal conservador Wenceslao Olea, que defendía que la norma no encaja en la Constitución. Finalmente, la mayoría conservadora del pleno ha inclinado la balanza hacia este último informe con nueve votos a cinco y dos en blanco.

El texto de Olea que ha salido adelante señala que la proposición de ley socava el derecho a la igualdad de todos los españoles ante la Justicia, toda vez que considera que perdonando a unos y no a otros se sufre un trato discriminatorio. El Consejo ha informado que los votos en blanco han llegado de parte del presidente interino Vicente Guilarte, así como del vocal que tradicionalmente vota con los progresistas Enrique Lucas.

El informe no ve admisible que el Poder Legislativo pueda dejar sin efecto las decisiones adoptadas por los tribunales, salvo en supuestos expresamente autorizados por la Carta Magna, como en los indultos particulares, por ejemplo. Incide así en que la proposición de ley no justifica su adecucación a los valores, principios y condiciones de la Constitución y en que no delimita con suficiente y exigible claridad el ámbito objetivo del perdón.

Este ámbito tan amplio puede desembocar en interpretaciones jurídicas distintas, advierte, y esto puede dar lugar a que todo el peso de la decisión se concentre en los órganos judiciales tomando decisiones diferentes unos de otros.

Señala igualmente que la tramitación parlamentaria elegida es «arbitraria» porque no se motiva la urgencia de que esta ley sea aprobada sin que primeramente haya pasado por los órganos consultivos de las Cámaras. Apunta que la aplicación judicial automática e inmediata de la ley resulta muy difícil de abordar con la rapidez con la que se pretende, en esos dos meses que ha dejado de margen la norma.

Esto es así teniendo en cuenta que los jueces van a plantear cuestiones prejudiciales o de inconstitucionalidad lo cual puede dilatar muchos procesos.

El otro informe

Cabrejas, por su parte, sostenía que el hecho de que la Constitución no dijera nada sobre amnistías no era equivalente a una prohibición: «El silencio constitucional respecto de la amnistía no significa que exista un vacío jurídico». Con ella se han alineado los cinco progresistas, que defienden que la norma no supone una intromisión en la actuación de los jueces.

Al contrario que sus compañeros, consideran que sí se delimitan «con detalle y minuciosidad» los actos a los que se extiende el ámbito objetivo aunque reconoce que «contiene algunas fórmulas excesivamente abiertas e indeterminadas».

Por su parte, el vocal Enrique Lucas señala en su voto en solitario que, si bien está de acuerdo con los cinco vocales discrepantes, no coincide con ellos en que el CGPJ no pueda efectuar un juicio concreto de constitucionalidad sobre esa norma. Según defiende, ello no supone que esta opinión consultiva sea «una suerte de control anticipado de constitucionalidad».