El Supremo investigará a Puigdemont por terrorismo en el caso Tsunami

Asume su competencia contra el criterio de la teniente fiscal, que se opuso al mayoritario de la cúpula del Ministerio Público

Subraya el «liderazgo absoluto y autoría intelectual» del prófugo, que «animó» a seguir con acciones violentas

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad declarar su competencia y abrir causa para investigar y, en su caso, enjuiciar al expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, —actual eurodiputado— y al diputado del Parlament catalán Rubén Wagensberg por delitos de terrorismo en el caso ‘Tsunami Democràtic’.

Los magistrados consideran «necesario y pertinente» que ambos aforados sean oídos como investigados, «con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico». El alto tribunal adopta esta decisión después de analizar la exposición razonada elevada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, en la que exponía los indicios que a su juicio acreditan la participación de los dos aforados en los hechos investigados, y contra el criterio de la teniente fiscal, que se había opuesto al criterio mayoritario de la junta de fiscales.

En un auto, notificado también este jueves, el Supremo declara la falta de competencia de la Sala para instruir y, en su caso, juzgar a las otras 10 personas investigadas que no son aforadas al no advertirse la unidad inescindible de comportamiento que exige la propia Sala para aceptar la competencia respecto a no aforados. Por tanto, el destino de estos diez investigados vuelve a estar en manos de García Castellón.

Respecto a esta posición razonada, y en la línea que apuntaron los fiscales del Supremo, los magistrados ven indicios de que pudieron cometerse delitos de detención ilegal —o coacciones— en el bloqueo de la entrada y salida al Aeropuerto del Prat de Barcelona por una multitud de personas congregadas con falsos billetes de avión y tarjetas de embarque, y constatan que se perturbó el servicio de aviación internacional y los servicios de aeropuerto y el tráfico aéreo.

«Se impidió el acceso de usuarios y tripulación y se aisló la torre de control del aeropuerto, donde se quiso obligar a permanecer a los controladores aéreos, con la idea de provocar la paralización del aeropuerto y la suspensión masiva de vuelos, en una situación de absoluto caos y violencia en la que Tsunami Democràtic, actuando con perfecta coordinación y llevando sus miembros pasamontañas que cubrían sus rostros, emplearon instrumentos peligrosos y artefactos de similar potencia destructiva a los explosivos, tales como extintores de incendios, vidrios, láminas de aluminio, vallas, carritos metálicos o portaequipajes, que lanzaron contra los agentes de la autoridad», apunta el TS.

Se ocasionaron, además, lesiones de especial gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, así como falsificaciones masivas y continuadas de billetes de avión y tarjetas de embarque para lograr que un gran número de personas accedieran de forma irregular a las instalaciones de la T1 y T2 del aeropuerto del Prat. Destaca también el Supremo los graves daños patrimoniales causados en el aeropuerto y calles de Barcelona.

En relación a si los hechos pueden ser considerados terrorismo, los magistrados recuerdan que «ya de entrada, la afirmación que aflora en algunos políticos y medios de comunicación que solo las acciones de ETA o de la Yihad merecen ser tratados como terrorismo, es incompatible con la definición que del terrorismo se deriva del actual artículo 573 del Código Penal».

En este sentido el auto apunta que, con independencia de la existencia de unos indicios para configurar el movimiento Tsunami Democràtic ámbito de un grupo criminal, estuvo animado por la finalidad de subversión del orden constitucional y desestabilización grave de las instituciones democráticas, impidiendo a los poderes públicos el cumplimiento de sus fines. Se desarrolló, dice la Sala, con perfecta ideación y estrategia y distribución de funciones. Como en la ‘kale borroka’, se trata de grupos que «propugnan la violencia como método de participación política y realizan actos que, por su forma de ejecución, pueden desencadenar gravísimas consecuencias». Por ello, concluyen, «no debe albergarse duda alguna en que los hechos descritos en la exposición razonada podrían ser incardinados» en ese artículo 573.1.

Sobre la posible participación de Puigdemont en los hechos la Sala recuerda, como apuntan los fiscales, que el prófugo estuvo informado de la «constitución del grupo organizado para la subversión del orden constitucional y desestabilización grave de las instituciones democráticas, impidiendo a los poderes públicos cumplir sus resoluciones. Así, en el dispositivo incautado de uno de los investigados, a Josep Lluis Alay, se obtuvo una captura de pantalla del 20 de agosto de 2019 (fecha anterior incluso al dictado de la sentencia del procés) en el que se lee una conversación entre Alay y el también investigado Jesús Rodríguez Sellés en la que éste le dice a Alay «el lunes 26 de agosto se dará a conocer los perfiles de la campaña Tsunami Democràtic como respuesta a la sentencia del TS. Supongo que desde Omnium informarán directamente al presidente Puigdemont. Te lo avanzo para que tenga constancia».

Continúa la conversación matizando Jesús Rodríguez que «los primeros días no se darán muchos detalles de la campaña pero, sobre todo, se quiere hacer llegar a la ciudadanía el concepto de Tsunami Democratic. En paralelo se distribuirán 200 pancartas en todo el país. Se ha escogido la palabra Tsunami porque se entenderá perfectamente en la prensa internacional».

Conocer la opinión del expresident

Como continuación del mensaje anterior, se obtuvo otra captura de pantalla con una conversación mantenida entre los mismos interlocutores en la que Rodríguez decía que el «grupo de coordinación de Tsunami Democrátic tiene dudas sobre la fecha de su lanzamiento como movimiento en redes sociales, barajando el 26 de agosto con los apoyos que tenían en el momento, o el 30 de agosto, tras una reunión en Ginebra (Suiza), con el riesgo de que sea vetado. Pide por ello, trasladar la duda al President…».

El aforado estuvo presente en esas reuniones del 30 y 31 de agosto de 2019. La vinculación entre Tsunami y las reuniones de Ginebra «se evidencia cuando se observa que, de forma simultánea a la aparición pública de Tsunami, y en el marco de una estrategia comunicativa planificada, se emprende una campaña mediática, apoyada por diversos sectores del independentismo y con el apoyo del Govern».

También aparece directamente implicado en el lanzamiento de la campaña de Tsunami. El día 2 de septiembre de 2019, a través de la red social Twitter, se lanzó la campaña de TD, «recibiendo el impulso directo de destacadas figuras del espectro político catalán, además del aforado Sr. Puigdemont, (presente, según la agenda de su secretario, en la reunión), el ex vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, o quien era President de la Generalitat en ese momento, señor Joaquim Torra». «Todos ellos intervienen con la finalidad de promocionar y dar a conocer públicamente esta nueva estructura, coadyuvando no sólo a su notoriedad, sino a que fuera el medio elegido para vehicular las movilizaciones, que se pretendían organizar como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo».

«Perderemos»

Otro de los indicios relevantes a juicio del Supremo es la conversación aparecida entre archivos hallados en los dispositivos del investigado Josep Campmajó con Puigdemont en la que se hace alusión directa a la plataforma TD, como herramienta para la consecución de la independencia. «Ante las dificultades que le plantea Campmajó para que siga actuando Tsunami, habiendo ocurrido ya las acciones del aeropuerto de Barcelona, Puigdemont le expresa que la opinión generalizada en la prensa europea es una reacción de indignación por unas sentencias escandalosas, y que los disturbios ocurridos son importantes pero que no se alejan de lo que son ahora las protestas en las grandes ciudades del planeta, de tal manera que el problema solo podría venir si hubiera. algún muerto de cualquier bando, pues eso sería muy duro y confirmaría lo que siempre había dicho y le llevó al exilio: perderemos».

Para la Sala, esta pluralidad de indicios acredita «dominio funcional del hecho, liderazgo absoluto, autoría intelectual y asunción de las riendas del actuar típico, de tal manera que hubiera podido evitar la lesión del bien jurídico y el recorrido del iter criminis, retirando su apoyo carismático, pero lejos de eso animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento».

Al poco de conocer la decisión del Supremo, Puigdemont ha criticado la decisión en la red social X. En un tuit, el expresidente de la Generalitat ha hecho referencia, igualmente, a la noticia que este jueves ha publicado ‘El Confidencial’ indicando que habría recibido un reloj Rolex de un valor de 7.000 euros regalado por una de las empresas que llevaba a cabo los actos de Tsunami Democràtic.