La Audiencia Nacional sienta en el banquillo por terrorismo a los doce CDR que el Gobierno quiere amnistiar

La Sala ratifica el cierre de la investigación y abre juicio oral contra los procesados por la «operación Judas»

A la espera de que culmine la negociación del PSOE con Carles Puigdemont para desatascar la investidura de Pedro Sánchez, la Audiencia Nacional ha ratificado el cierre de la investigación por terrorismo contra los doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR), que precisamente pueden encontrarse entre los beneficiados por la medida de gracia, tal y como han exigido ERC y Junts. La Sala de lo Penal confirmó ayer el auto de conclusión del sumario y, como le pidió la Fiscalía, ha abierto juicio oral contra todos ellos, procesados por delitos de pertenencia a organización terrorista y tenencia, depósito y fabricación de explosivos.

En su resolución, la Sección Tercera confirma la decisión del juez Manuel García Castellón, instructor de la «operación Judas», que se puso en marcha en septiembre de 2019 contra diversos integrantes del denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), la rama más radical de los CDR que supuestamente estuvo detrás de la violencia callejera en respuesta a la sentencia del «procés», cuyo objetivo era conseguir a través de la violencia la independencia de Cataluña.

Los magistrados rechazan la petición de archivo solicitada por varios procesados, que alegaban que los indicios contra ellos eran insuficientes para encuadrarlos en el seno de una organización terrorista, y que solicitaron a la Sala la práctica nuevas diligencias de investigación que ahora la Audiencia ve innecesarias o que considera que se pueden derivar al momento del juicio.

Descarta interrogar de nuevo a seis agentes

El tribunal descarta «que no existieren indicios de haberse perpetrado los hechos» investigados, como también que no sean constitutivos de delito, y recuerda que los procesados, como supuestos autores o cómplices, «no aparecen exentos de responsabilidad criminal», por lo que rechaza el archivo solicitado por este motivo.

Respecto a la investigación secreta previa que obligó a reabrir la causa para incorporar esas diligencias al procedimiento, la Sala subraya que la cuestión «ha sido exhaustivamente tratada en la fase de instrucción, y asimismo resuelta, y nada de ese apartado permite justificar la revocación de la declaración de sumario terminado». El tribunal insiste en que no advierte ahora «ningún extremo de aquella cuestión que no haya sido decidido».

Las defensas solicitaron asimismo que seis agentes de la Guardia Civil que ya declararon durante la fase de instrucción lo volviesen a hacer porque «no fueron capaces de responder ciertas preguntas». Pero la Audiencia también desoye este argumento porque, recuerda, nada impide que testifiquen en el juicio, por lo que «en absoluto» ve procedente revocar el cierre del sumario, lo que considera «absolutamente innecesario» para interrogar a esos seis agentes.

Entre las peticiones de los procesados también orilladas se encuentra también la pretendida identificación del agente o agentes que dirigieron la investigación antes de 2019, que el tribunal no cree que sea base suficiente «en absoluto» para revocar el cierre del sumario, teniendo en cuenta que las defensas pueden pedir esa declaración en la vista oral.

«Violencia en su máxima expresión»

El pasado abril, el instructor cerró el sumario por segunda vez después de que en diciembre de 2022 la Sección Segunda de la Sala de lo Penal obligase a García Castellón a reabrir la causa debido a que uno de los procesados cuestionó el origen de la investigación, unas diligencias secretas de 2018 ante las que se consideraban indefensos. La Sala, intentando evitar futuras causas de nulidad, ordenó que se prolongase la instrucción para que las defensas pudiesen solicitar las diligencias oportunas referentes a esas pesquisas.

La Fiscalía atribuye ambos delitos Eduardo Garzón, Esther García Canet, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomas, Alexis Codina, Jordi Ros y Rafael Joaquín, mientras que a Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero solo les imputa un delito de tenencia y fabricación de explosivos. García Castellón apartó a otro del procedimiento a otro de los procesados, Guillem Xavier Duch, por motivos de salud.

La investigación sitúa a todos ellos en «un grupo clandestino» encuadrado en los CDR supuestamente responsable de las acciones que precisaban de «la violencia en su máxima expresión» para forzar a las instituciones a «conceder por la vía de los hechos la separación de Cataluña del resto de España». «Una organización terrorista paralela» cuyo objetivo sería llevar a cabo «acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares».

Bloqueo del aeropuerto del Prat

García Castellón señala a Ferrán Jolis como «el iniciador» del ERT en julio de 2019 con una reunión celebrada en Montcada i Reixach (Barcelona) «entre fuertes medidas de seguridad» a la que asistieron, entre otros, Eduard Garzón, Jordi Ros, Esther García Canet y Sonia Pascual. Era, según el instructor, «el punto de encuentro de diferentes células que estarían llevando a cabo actividades de fabricación y elaboración de sustancias explosivas e incendiarias».

Entre las acciones que se les atribuyen figuran cortes de autopistas, ocupación de edificios simbólicos, el bloqueo del aeropuerto del Prat y movilizaciones generales», así como las llevadas a cabo por el independentismo radical en respuesta a la sentencia del «procés», como el vertido de aceite en la calzada de la C-55 en un lugar de paso obligatorio de la comitiva que trasladaba a los líderes independentistas desde la cárcel de Lledoners el 1 de febrero de 2019, el levantamiento de las barreras de los peajes o los actos de protesta por la celebración en Barcelona del Consejo de Ministros el 21 de diciembre de 2018.