El Supremo se dirige a Batet para ejecutar la inhabilitación del diputado Alberto Rodríguez

El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, se ha dirigido este miércoles a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, para que le remita el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, con la finalidad de realizar la liquidación de su condena.

El pasado 7 de octubre el Alto Tribunal condenó al ex secretario de organización de Podemos por un delito de atentado a agentes de la autoridad a un mes y medio de prisión, que sustituyó por una multa de 540 euros. La condena comprendía la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y, en consecuencia, la pérdida del escaño por ilegibilidad sobrevenida.

Sin embargo, el PSOE y Unidas Podemos se aliaron ayer en la Mesa del Congreso para permitir Rodríguez conserve su acta de diputado amparándose en el informe redactado por los letrados de la Cámara. Esta decisión generó indignación y perplejidad en el Supremo al considerar la Sala que se estaba «reinterpretando» su sentencia e incumpliéndola.

Ahora, Marchena mueve ficha y libra un oficio a la Cámara Baja para poder ejecutar la pena de inhabilitación del condenado. Fuentes jurídicas subrayan a EL MUNDO que el Supremo necesita ejecutar su sentencia -que es firme- y que supone la pérdida del escaño de Rodríguez. El oficio se ha enviado al Congreso de los Diputados a través del presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes.

La decisión de la Sala

Al conocer la sentencia de la Sala de lo Penal, Unidas Podemos cuestionó que la pena de inhabilitación acarrease la pérdida del escaño al haber sido sustituida por una multa. La defensa de Alberto Rodríguez solicitó una rectificación del Supremo a través de una aclaración de sentencia.

El tribunal respondió a la abogada del diputado de Podemos que no cabía rectificación alguna pues el hecho de sustituir la pena de prisión por una multa no exime al condenado del cumplimiento de la pena accesoria. Aún así el Congreso «incumplió» ayer la voluntad del Supremo con los votos en contra del PP y Vox.