Un alto cargo de Illa ha ejercido ocho meses sin respaldo legal

Aunque el foco mediático ha estado situado estos días en el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias (CCAES), Fernando Simón, cuya dimisión o destitución han sido exigidos por las principales organizaciones médicas y de enfermería, el Ministerio de Sanidad tiene un fuego mayor aún, si cabe, en otra de sus áreas: la Dirección General de Cartera Común (o Básica) del Sistema Nacional de Salud y de Farmacia.

Su titular, Patricia Lacruz, que fue la responsable durante la primera ola de la pandemia de Covid-19 de la compra de los test fallidos a una empresa china que España tuvo que devolver por su baja fiabilidad, podría estar ocupando el cargo sin respaldo normativo para hacerlo. Esta circunstancia invalidaría las operaciones que llevan su firma, y afectaría al momento actual y, sobre todo, al periodo que transcurre desde marzo hasta el día 11 de este mes. ¿Por qué?

De forma resumida, porque Lacruz está ejerciendo un puesto como directora general cuyo desempeño exige ser funcionario. Y ella, además de no serlo, ha carecido durante estos meses de una dispensa explícita para poder ocuparlo. El galimatías que ha dado pie a esta situación, «comidilla» de los trabajadores del Ministerio en los últimos días, arranca en enero. Cuando se convirtió en ministro en dicho mes, Salvador Illa aceptó la continuidad de la mayoría de los altos cargos que habían nombrado sus antecesores. Entre ellos se encontraba Lacruz, quien llegó a Sanidad de la mano de Carmen Montón cuando la valenciana fue máxima responsable de esta cartera, y se mantuvo durante la etapa de María Luisa Carcedo.

Lacruz ocupaba entonces el cargo de directora general de Cartera Básica del Sistema Nacional de Salud, y gozaba de una exención legal para ejercerlo sin ser funcionaria de carrera.

El Real Decreto 139/2020 reguló el 28 de enero la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. En su artículo 16 establecía que el Ministerio de Illa contaría con varias direcciones generales, entre la que se encontraba la de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y de Farmacia, ocupada por Lacruz. La disposición adicional séptima establecía una excepción en los nombramientos de directores generales en varias carteras para que no fuera preciso que sus ocupantes ostentaran la condición de funcionario. Entre las direcciones exceptuadas figuraba la de Cartera Básica de Lacruz, con lo que ella quedaba legitimada para seguir ocupando el puesto.

Sin embargo, en pleno estallido de la primera fase de la pandemia de Covid-19, el 10 de marzo, el Gobierno aprobó otro real decreto, el 454/2020, destinado a desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad. Esta norma modificaba la de enero y, en ella, se suprime la Dirección General de Cartera Básica para crear otra que pasa a denominarse de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y de Farmacia, con funciones parecidas pero no exactamente iguales. A diferencia del anterior, el nuevo departamento no goza de la exención que permite ocuparlo a un no funcionario.

El Ejecutivo olvidó modificar la disposición adicional séptima del decreto de enero, que amparaba la dirección general antigua, pero no la nueva. Dicha exención debe ser expresa y estar contenida en un real decreto de estructura para ser operativa. Al desaparecer, la ocupante del cargo debe ser automáticamente funcionario/a para permanecer al frente del mismo. Pese a ello, Lacruz ha seguido en su puesto ocho meses, cometiendo, según algunos juristas y expertos en Derecho Administrativo, así como algunos letrados del Ministerio, una irregularidad que podría acarrear consecuencias graves tanto para ella como para sus superiores si así lo estiman los tribunales ante las previsibles demandas que, tal y como ha podido saber LA RAZÓN, prevén interponer varias empresas.

De hecho, apuntan, podría suponer la nulidad de las actuaciones adoptadas. Además de numerosas compras de materiales y equipos como los test fallidos, Patricia Lacruz decidió, por ejemplo, desfinanciar las Sysadoas, unos medicamentos para la artrosis sin alternativa segura en el mercado en cuya comercialización o distribución participan alrededor de 30 compañías. También ha participado en este tiempo en varias comisiones dirigidas a fijar el precio de los fármacos en España.

El Código Penal regula en su artículo 405 el delito de nombramientos ilegales. En concreto, subraya que «a la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de sus ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las pena de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años». También regula el Código Penal en su artículo 406 el delito de aceptación de nombramiento ilegal.

Fuentes no oficiales del Ministerio explican a LA RAZÓN que este departamento se ha dado cuenta del error y ha tratado de subsanarlo cambiando la nomenclatura del cargo que ocupa Lacruz, Lo hizo el día 11 de noviembre. El BOE hace público un real decreto con fecha del día anterior en el que dispone el cese de Patricia Lacruz como directora general de Cartera Básica y anuncia otro real decreto con su nombramiento como directora general de Cartera Común. Sin embargo, no ha trascendido modificación alguna de la estructura ministerial que la exima de ser funcionaria para seguir en el puesto. Con posterioridad a ambos decretos, Lacruz ha firmado dos normas: la de la bajada del precio de las mascarillas y una relativa al sometimiento del dispositivo de asistencia ventricular como terapia de destino a estudio de monitorización.