La lepra humana: Tumor, erupción y mancha.

A. Tumor, erupción y mancha.

Yahveh habló a Moisés y a Aarón en estos términos: Cuando uno tenga en la piel tumor, úlcera o mancha blancuzca reluciente,  si se forma en su piel una llaga como de lepra, será llevado al sacerdote Aarón o a uno de sus hijos sacerdotes. El sacerdote examinará la llaga de la piel; si el pelo de la llaga se ha vuelto blanco, y la llaga parece más hundida que la piel, es llaga de lepra; cuando el sacerdote lo haya comprobado, le declarará impuro. Si hay en la piel una mancha blancuzca reluciete, pero no parece más hundida que la piel, y el pelo no se ha vuelto blanco, el sacerdote aislará al afectado durante siete días.
El séptimo día el sacerdote lo examinará, y si comprueba que la llaga se ha estabilizado, no se ha extendido por la piel, el sacerdote lo mantendrá aislado otros siete días. Pasados esos siete días, el sacerdote lo examinará nuevamente; si ve que la llaga ha perdido su color y no se ha extendido por la piel, el sacerdote lo declarará puro; no se trata más que de una erupción. Lavará sus vestidos y quedará puro. Pero si, después que el sacerdote lo ha examinado y declarado puro, sigue la erupción extendiéndose por la piel, se presentará de nuevo al sacerdote. El sacerdote lo examinará y si la erupción se ha extendido por la piel, lo declarará impuro: es un caso de lepra.

B. Lepra crónica.

Cuando en un hombre se manifieste una llaga como de lepra, será llevado al sacerdote.
El sacerdote lo examinará, y si observa un tumor blancuzco en la piel, y el color del pelo se ha vuelto blanco y se ha producido una úlcera, se trata de lepra crónica en su piel; el sacerdote lo declarará impuro, sin necesidad de aislarlo, porque es impuro.

Pero si la lepra se ha extendido por la piel hasta cubrir toda la piel del enfermo, de la cabeza a los pies, en cuanto puede ver el sacerdote, éste lo examinará, y si la lepra ha cubierto todo su cuerpo, declarará puro al afectado por la llaga: se ha vuelto todo blanco, es puro. Pero si se ve en él una úlcera, será impuro; en cuanto el sacerdote vea la úlcera, lo declarará impuro. La úlcera es impura; es un caso de lepra. Pero si la úlcera cambia otra vez y se vuelve blanca, el afectado ha de presentarse al sacerdote. El sacerdote lo examinará y, si ve que la llaga se ha vuelto blanca, declarará puro al afectado por la enfermedad: es puro.

C. Divieso.

Si uno ha tenido en la piel un divieso y se le ha curado, pero en el lugar del divieso aparece un tumor blanco, o una mancha de color blanco rojizo, habrá de presentarse al sacerdote.
El sacerdote lo examinará, y si la mancha parece más hundida que la piel y su pelo se ha vuelto blanco, el sacerdote lo declarará impuro. Es lepra que  ha brotado en el divieso.
Pero si el sacerdote ve que no hay en ella pelo blanco, ni está más hundida que la piel, y que ha perdido color, lo aislará durante siete días.
Si se ha extendido por la piel, el sacerdote lo declarará impuro; es un caso de lepra.
Pero si la mancha sigue estacionaria, sin extenderse, es la cicatriz del divieso; el sacerdote lo declarará puro.

D. Quemadura.

Cuando uno tiene una quemadura en la piel, y sobre la quemadura se forma una mancha de color blanco rojizo o sólo blanco, el sacerdote la examinará; y si el pelo se ha vuelto blanco en la mancha blanca y ésta aparece más hundida que la piel, es que ha brotado lepra en la quemadura. El sacerdote lo declarará impuro; es un caso de lepra. Si, en cambio, el sacerdote observa que en la mancha no aparece pelo blanco, que no está más hundida que la piel y que ha perdido color, lo aislará durante siete días. El séptimo día lo examinará, y si la mancha se ha extendido por la piel, el sacerdote lo declarará impuro; es un caso de lepra. Pero si la mancha sigue estacionaria, sin extenderse por la piel, y ha perdido color, se trata de la hinchazón de la quemadura. El sacerdote lo declarará puro; pues es la cicatriz de la quemadura.

E. Afecciones del cuero cabelludo.

Cuando un hombre o una mujer tengan una llaga en la cabeza o en la barbilla, el sacerdote examinará la llaga, y si ésta aparece más hundida que la piel, y si hay en ella pelo amarillento y más escaso, el sacerdote lo declarará impuro; es tiña, o sea, lepra de la cabeza o de la barbilla.
Mas si el sacerdote observa que la llaga de tiña no aparece más hundida que la piel, y que no hay en ella pelo amarillento, aislará al afectado por la tiña durante siete días. El séptimo, el sacerdote examinará el mal; y si no se ha extendido la tiña, ni hay en ella pelo amarillento, ni la llaga aparece más hundida que la piel, aquella persona se afeitará, excepto en el lugar de la tiña; y el sacerdote aislará al afectado durante otros siete días. El séptimo día el sacerdote lo examinará y, si no se ha extendido la llaga por la piel, ni aparece más hundida que la piel, lo declarará puro; lavará sus vestidos y quedará puro. Pero si la tiña, después de la purificación, se extiende mucho por la piel, el sacerdote lo examinará. Si comprueba que la tiña se ha extendido por la piel, el sacerdote ya no tendrá que mirar si hay pelo amarillento; aquella persona es impura.
Mas si, según su apreciación, la tiña no se ha extendido y ha brotado en ella pelo negro, se ha curado la tiña. Esa persona es pura y el sacerdote la declarará pura.

F. Escema.

Cuando un hombre o una mujer tengan en su piel manchas brillantes, manchas blancas,
el sacerdote las examinará; si comprueba que las manchas de la piel son de color blanco, se trata de un eccema que ha brotado en la piel; esta persona es pura.

G. Calvicie.

Si a uno se le cae el pelo de la cabeza y queda calvo por detrás, es puro. Si se le cae el pelo de la parte delantera de la cabeza, es calvo por delante, y es puro. Pero si en la calva, por detrás o por delante, aparece una llaga de color rojizo, es lepra que  ha brotado en la calva,  por detrás o por delante. El sacerdote la examinará y, si la hinchazón de la llaga en la parte calva es de color blanco rojizo, con aspecto de lepra en la piel, se trata de un leproso: es impuro. El sacerdote le declarará impuro; tiene lepra en la cabeza.