El Congreso aprueba definitivamente el derecho al voto de cien mil discapacitados intelectuales

El Congreso de los Diputados ha dado el visto bueno final a la Proposición de Ley de la Comunidad de Madrid para reformar la Ley Orgánica de Régimen Electoral, que pide que se suspendan dos apartados de la normativa legal para que las personas con discapacidad puedan votar. El primero se refiere al que señala que carecen de derecho a sufragio «los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial» firme»; y el segundo a los «internados en un hospital psiquiátrico».

Esta nueva norma beneficiará a unos cien mil discapacitados intelectuales y el único trámite que queda pendiente para su aprobación final es el Senado. Si no se presenta ninguna enmienda, circunstancia ésta que no se va a producir, no volverá al Congreso y entrará en vigor.

Durante la tramitación parlamentaria, en Ponencia y en Comisión, solo el Grupo Popular presentó una enmienda, que fue aceptada. Esta enmienda subraya que «toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera». Por tanto, los jueces y tribunales ya no tendrán la capacidad de decidir si una persona reúne las aptitudes para poder ejercer su derecho al voto.

«Ostracismo democrático»

Durante el debate de hoy, el Partido Popular afirmó que su enmienda «refuerza el derecho de sufragio de todos los electores». A su juicio, «la democracia es hoy más grande porque abrimos la puerta de la democracia a toda la ciudadanía».

El PSOE destacó que España es el octavo país de Europa que aprueba esta reforma y que con la puesta en marcha «hemos querido recuperar el tiempo perdido» y «acabar con un vestigio de discriminación».

Ciudadanos señaló que «la participación plena en la vida pública no puede estar en cuestión» y Podemos destacó que esta reforma supone un «avance en democracia», aunque matizó que «nos parece insuficiente».

El PdeCat se felicitó por este «paso histórico en la inclusión social de las personas con discapacidad intelectual». Igualmente, el PNV destacó que el «ostracismo democrático» ha desembocado en «prejuicios con consecuencia a largo plazo, que han provocado la exclusión social. Es un gran día, que podía haber llegado antes». ERC subrayó que, por fin, «se acaba de una vez con esta tremenda injusticia»

Por otra parte, el Pleno ha aprobado también la Ponencia en la que se ha estado negociando el texto final del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter General cerró el pasado miércoles un documento, con el máximo consenso, que recoge novedosas medidas sobre el tratamiento de los datos, así como otras cuestiones relacionadas con el ámbito digital. Hasta 400 enmiendas han presentado los grupos políticos y, una vez alcanzado el acuerdo, el texto pasará a Comisión y posteriormente al Pleno.

Desconexión digital

Una de las iniciativas más destacadas es que, por primera vez, se recoge por ley el derecho a la desconexión digital de los trabajadores. En el documento, al que ha tenido acceso ABC, se afirma que «los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar».

La futura ley subraya que las empresas, previa audiencia con los trabajadores, elaborarán una política interna en la que se especificarán las modalidades del ejercicio del derecho a la desconexión. Igualmente, señala que «se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas».

En el ámbito laboral, el informe ampara el derecho a la intimidad de los dispositivos digitales puestos a disposición de los trabajadores por la empresa. En este sentido, subraya que «el empleador podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores a los solos efectos de controlar el cumplimiento de obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos».

Otra de las medidas es la extensión de la protección de datos a las personas fallecidas. Así, la nueva regulación permite a las personas vinculadas al fallecido por razones familiares, así como a sus herederos, «dirigirse al responsable o encargado del tratamiento, con el objetivo de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, pedir la rectificación y supresión».