Un informe jurídico desmonta los argumentos de los socios del Gobierno que quieren cambiar el artículo 56 de la Constitución
La inviolabilidad e irresponsabilidad que la Constitución otorga al Rey de España no es ninguna excepción entre los países de nuestro entorno. Tanto los otros Reyes como los presidentes de República suelen tener una protección plena, similar a la del Jefe del Estado español. Esta es la principal conclusión del informe que ha sido hecho público este lunes por la Red de Estudios de las Monarquías Parlamentarias (REMCO).
El documento, de 63 páginas, se titula «La inviolabilidad del Jefe del Estado. El ordenamiento español y el derecho comparado» y ha sido realizado por los profesores Josu de Miguel Bárcena, profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Cantabria, y Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional en la UPV/EHU.
Ambos juristas han comparado los ordenamientos jurídicos de otras monarquías parlamentarias y sistemas democráticos republicanos, y han concluido que «el sistema constitucional español no es una excepción entre los países de nuestro entorno».
En ambos casos, sostienen, «mientras el jefe del Estado desempeñe o ejerza su suprema magistratura suelen gozar de una irresponsabilidad/inviolabilidad plena, lo que se traduce en una protección absoluta frente a cualquier acción judicial».
Los partidos, sin argumentos
El trabajo de los juristas desmonta los argumentos de los socios del Gobierno, que pretenden cambiar el artículo 56 de la Constitución con la excusa de que es una excepción antidemocrática. Este artículo de la Constitución establece que «la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad».
Además, los expertos advierten de la inoportunidad de esas iniciativas y recuerdan que todas las monarquías parlamentarias, incluida España, se encuentran dentro de todos los índices de países con democracias plenas.
Según el documento de los expertos, la inviolabilidad o irresponsabilidad del Jefe del Estado se justifica en el papel de árbitro que le asigna la Constitución de cada país. De esta manera, en diferentes grados, el Rey o presidente de la república debe tener una protección especial para el ejercicio de su alta magistratura.
El exhaustivo informe concluye que «es absolutamente falso sostener que nuestra regulación constitucional de la inviolabilidad regia es diferente a otras y requiere una modificación«. Por el contrario, sus autores afirman que »la regulación constitucional de la inviolabilidad e irresponsabilidad del Rey responde a los estándares europeos».
Por eso, añaden, «debe descartarse cualquier reforma tendente a desnaturalizar esas categorías o a limitar su alcance».
Los autores de la investigación recuerdan la advertencia del profesor Manuel Aragón, según la cual: «Sin inviolabilidad no hay Monarquía». Y señalan que la esencia de la institución es su carácter «vitalicio» y este carácter es incompatible con la posibilidad de exigir cualquier tipo de responsabilidad política o jurídica al jefe del Estado.
La exigencia de la ejemplaridad
No obstante, también recuerdan que «la otra cara de la inviolabilidad es la exigencia de ejemplaridad del Monarca y, si esta falla, la salida constitucional es la abdicación».
Por eso, concluyen que «desde un punto de vista formal, la pretensión de limitar el alcance de la inviolabilidad del Rey mediante una eventual ley orgánica de la Corona es inconstitucional por afectar a una materia reservada a la Constitución».
Y desde un punto de vista material, sostienen que «la pretensión de lograr dicho objetivo mediante una reforma constitucional implicaría desnaturalizar lo que, según el Derecho comparado, es una nota definitoria y esencial de las Monarquías parlamentarias».