La Junta Electoral incoa un expediente sancionador a Sánchez por su visita a Navantia

Estima así el recurso presentado por los populares al acuerdo de la Xunta Electoral de Galicia

Sánchez anuncia un nuevo buque para Navantia Ferrol a 25 días de las elecciones gallegas

La Junta Electoral Central ha estimado este jueves el recurso presentado por el Partido Popular contra el Acuerdo de la Xunta Electoral de Galicia del 31 de enero, en el que resolvía la denuncia presentada por los populares contra Pedro Sánchez por, presuntamente, no haber respetado el principio de neutralidad política en su visita al astillero de Navantia, en Ferrol (La Coruña), el día 24, cuando anunció la construcción de un nuevo buque por una inversión cercana al medio millón de euros antes de que empezase la campaña electoral.

Entre los motivos que la JEC ha considerado para estimar el recurso de los populares, recuerda que «son las circunstancias concretas» de cada caso «las que deben determinar la incoación -o no- de un expediente sancionador», y apunta a que «debe tenerse en cuenta la gran repercusión que en toda Galicia tuvo la intervención del Presidente del Gobierno en su visita a Navantia» debido a la relevancia que tiene la empresa en el sector y la presencia en su sede de una autoridad tan relevante como Sánchez a nivel estatal.

Indica, además, que en este caso el Presidente conocía (o debería conocer) la relevancia del deber de neutralidad inherente a su posición, «que debe mantener especialmente durante el proceso electoral». También destaca que Sánchez ya ha sido sancionado dos veces por hechos similares, multas avaladas por el Tribunal Supremo.

Así, el organismo ha acordado proceder a incoar un expediente sancionador para depurar responsabilidades en el caso de que se haya podido incurrir en una vulneración del artículo 50.2 de la Ley Electoral (LOREG). El acuerdo es firme en vía administrativa y cabe la interposición de recurso contencioso administrativa en el plazo de dos meses desde su notificación.