El PSOE reabre la confrontación con Podemos: sí enmienda la autodeterminación de género

La autodeterminación de género reabrirá la confrontación entre PSOE y Unidas Podemos, socios en Moncloa. A pesar de que en el momento inicial, los socialistas renunciaron a enmendar este punto del proyecto de la ley trans, para evitar tanto la división interna en su partido como con Unidas Podemos y, concretamente, el Ministerio de Igualdad, los socialistas han decidido limitar las condiciones en las que los menores de edad pueden solicitarla.

El Grupo Parlamentario Socialista prevé limitar la autodeterminación de género en menores de 16 años con sus enmiendas parciales al proyecto de Ley Tras, según un documento de preenmiendas al que ha tenido acceso LA RAZÓN. Será el lunes cuando estas enmiendas se oficialicen, al trabajar todavía el grupo socialista en esta norma, después de haber ampliado el plazo para presentar enmiendas hasta en tres ocasiones.

Son hasta 17 preenmiendas las que ya ha estudiado el PSOE. Concretamente, la referente a la autodeterminación se refiere al artículo 38 de la ley trans, en su apartado 2 en el que se regula que las personas menores de 16 años y mayores de 14 años podrán presentar la solicitud (de cambio de sexo) por sí mismas, asistidas en el procedimiento por sus representantes legales. Ahora, si se acepta la preenmienda del PSOE, se endurecen las condiciones para tal fin. Necesitarán la autorización judicial para la modificación de la mención registral de sexo entre los mayores de doce años y menores de dieciséis.. Según reza el articulado -que pasaría a ser el tercero- “las personas menores de dieciséis años y mayores de doce podrán solicitar la autorización judicial para la modificación de la mención registral del sexo en los términos del capítulo I bis del título II de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria”.

Otra de las enmiendas de los socialistas, que busca dar “mayor seguridad jurídica a la norma” es el cambio de reversibilidad, es decir de la rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas. Según la norma que emana del Ministerio de Igualdad, en su artículo 42, se explica que tras seis meses desde la inscripción en el Registro Civil de la rectificación de la mención registral relativa al sexo, quienes quieran recuperarla lo podrán hacer a través del mismo procedimiento regulado para el cambio registral. Sin embargo, según la preenmienda del PSOE, quienes quieran volver a su mención de sexo registral inicial, los solicitantes deberán obtener aprobación judicial.