El PP presenta una reforma legal para impedir que Puigdemont perciba fondos públicos

El Partido Popular ha presentado una proposición de ley en el Congreso para reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el objetivo de impedir que los declarados en rebeldía como el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont puedan recibir fondos de titularidad pública de ningún tipo.

El propio líder del PP, Pablo Casado, ha señalado este miércoles desde Melilla que su partido quiere llevar a cabo esta reforma legal para que aquellas personas acusadas por rebelión y en rebeldía «no puedan tener ningún beneficio de fondos públicos para seguir haciendo su labor independentista».

«Y eso va por Puigdemont, que no puede estar viviendo en un Palacio pagado por la administración de la Generalitat cuando ha pedido más de 8.000 millones de euros del FLA», ha enfatizado, para defender que las personas «fugadas» dejen de estar «viviendo a costa de aquel país al que quieren destruir».

Aparte de Carles Puigdemont, están en rebeldía y huidos de la Justicia los exconsellers Antoni Comín, Clara Ponsatí, Meritxel Serret y Lluis Puig. También están procesadas en rebeldía las dirigentes de la CUP y de ERC Ana Gabriel y Marta Rovira, respectivamente.

Dotar de un instrumento eficaz

En su iniciativa, que ha recogido Europa Press, el Grupo Popular quiere «dotar de un instrumento eficaz al juez que se enfrenta a la rebeldía en el proceso para que pueda, junto con la declaración de rebeldía, adoptar las medidas oportunas» para evitar que el declarado rebelde perciba fondos, ingresos o subvenciones de titularidad pública.

Por ello, propone modificar el artículo 839 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal añadiendo la facultad del juez de incluir en el auto de declaración de rebeldía la determinación provisional de que el rebelde no pueda percibir dichos fondos o ingresos procedentes del erario público.

El PP señala que en procedimientos que versen sobre determinados delitos, esta facultad se convierte en necesidad, atendiendo a la gravedad de dichos tipos penales o en su caso, a su naturaleza económica. Según precisa, el limite de la prohibición ha de residir en la inembargabilidad legal de salarios y pensiones que en actualidad contempla ya la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Finalmente, señala que esta decisión sobre prohibición de percepción de fondos públicos podrá ser modificada, «puesto que es, como la situación de rebeldía misma, temporal y está abocada a su alteración por la vía de la satisfacción jurídica definitiva», es decir, la celebración de juicio o, en su caso, el cumplimiento de la condena su procediera.