Hacienda rechaza ahora que los padres con hijos en colegios concertados deduzcan las cuotas en el IRPF

La Agencia Tributaria considera que las cuotas de pago en los colegios concertados no son donaciones, razón por la que rechaza las deducciones por este concepto e, incluso, está comenzando a exigir la devoluciónde las deducciones realizadas. Así lo ha adelantado hoy el director del servicio de estudios del REAF del Consejo General de Economistas (CGE), Rubén Gimeno, que ha recomendado a los contribuyentes padres de alumnos matriculados en centros concertados que dejen de incluir este pago como deducción en sus declaraciones de la renta.

Gimeno ha detallado un caso concreto del Principado de Asturias, en el que la delegación de Hacienda consideró que el pago de la cuota conlleva una «contraprestación», que es el servicio prestado por el colegio, y que por lo tanto no se puede considerar un donativo ni es posible deducirse su abono. Asimismo, ha señalado que desde el el responsable del Consejo General de Economistas han constatado esta misma situación en otras comunidades.

El pago de donativos permite una deducción fiscal de hasta el 75% para los primeros 150 euros abonados y un 30% para el resto, que es precisamente de lo que hasta ahora se beneficiaban los contribuyentes con hijos en centros concertados. Sin embargo, Gimeno ha explicado que la Agencia Tributaria considera que las entregas que realizan los padres de los alumnos tienen una relación directa con los servicios de enseñanza recibidos, por lo que cree que «poca duda cabe que de no darse esta condición no existirían dichas entregas».

El experto fiscal ha incidido en que es «mucha casualidad» que las presuntas donaciones se produzcan de junio a septiembre, y que la cantidad de las mismas varíe en las misma medida en la que lo hace el número de hijos. «Desde el momento en que hay una contraprestación a los donativos, no pueden tener éstos la consideración de donativos«, ha recalcado, tal y como informa Europa Press.

En el mencionado de Asturias, Gimeno ha explicado que el contribuyente había abonado 49 euros al mes a un centro privado por cada uno de sus hijo y que su cuota a devolver fue de 4.510 euros. Sin embargo, tras eliminar la Agencia Tributaria la deducción, la cuota fue de 4.172 euros, esto es, 338 euros menos.