La Mesa del Congreso se expone a una prevaricación si tramita la amnistía

Según juristas consultados por LA RAZÓN, todo dependerá de la redacción final del texto y de sus similitudes con la propuesta que se rechazó en 2021

Si tras rechazar una proposición de amnistía en 2021 por ser palmariamente inconstitucional, la Mesa del Congreso ahora actúa en sentido contrario y admite a trámite el texto que negocian PSOE, Junts y ERC para apoyar la investidura de Pedro Sánchez, existe la posibilidad de que incurra en responsabilidades penales, concretamente en el delito de prevaricación, según sostienen algunos juristas conocedores del Reglamento del Congreso. Para que esto ocurra, el texto debe ser el mismo o muy parecido.

La prevaricación es un tipo delictivo que solo puede cometer una autoridad o un funcionario público. El Código Penal lo define dentro de los delitos contra la Administración Pública, en los artículos 404 a 406. De forma sencilla, consiste en dictar una resolución arbitraria a sabiendas. El asunto es delicado. Que aún no haya un texto cerrado entraña la dificultad de que el análisis solo se puede realizar en abstracto. Sin embargo, los expertos que han hablado con LA RAZÓN advierten de que la calificación que hace la Mesa al admitir una ley es un acto jurídico y esto puede tener implicaciones en el ámbito penal.

Para ello, es necesario tener en cuenta el precedente de marzo de 2021, cuando de acuerdo con el informe de los letrados de las Cortes Generales, la Mesa no admitió a trámite una propuesta de amnistía por considerarla abiertamente inconstitucional. Abarcaba a «todos los actos de intencionalidad política» acontecidos desde enero de 2013. Si ahora aceptara un texto en los mismos términos, «puede rayar en lo delictivo. Por ejemplo, puede ser considerado prevaricación», advierte uno de los especialistas.

El informe de los letrados no es vinculante

No es el único que contempla esta posibilidad. Otra fuente también cree que es posible, pero advierte de que la clave será determinar si los hechos son los mismos, si hay coincidencia entre el texto que se rechazó y la redacción definitiva de la proposición que se está pactando actualmente.

Y es que hay que considerar todos los elementos que engloban la situación. Si en la práctica es la misma ley, la consecuencia jurídica tendría que ser la misma, es decir, el rechazo a su tramitación, advierte un penalista, que insiste en que hay que ir muy al detalle para concluir que no ha habido variación de los hechos. Quienes sostienen que se podría incurrir en prevaricación aclaran que el texto debe ser semejante al que ya se rechazó en 2021.

¿Y si los letrados de las Cortes Generales señalan, nuevamente, que el texto es manifiestamente inconstitucional? Algunos consideran que no es decisivo porque el informe tiene carácter consultivo y no es vinculante. Solo es preceptivo cuando la propia ley lo señala y son casos muy contados. A efectos de determinar una situación de prevaricación, «el informe de los letrados no sería relevante, sino indiciario», explican. La Mesa podría decir que se aparta del informe, justificándolo adecuadamente, o bien puede encargar uno distinto indicando que no está de acuerdo.

«En abstracto, es inconstitucional»

El requisito para que se frene en esta instancia la tramitación de la norma es que sea indiscutiblemente contraria a la Carta Magna, tal como ocurrió en 2021. Y esto debe quedar muy claro a nivel jurídico porque no se puede inadmitir una iniciativa que sea mínimamente constitucional. «En abstracto, una ley de amnistía es inconstitucional, pero habrá que ver el texto final. Si es el mismo texto o similar y se admite a trámite, puede haber prevaricación. Tendría que haber un informe jurídico en contra porque tiene rasgos palmariamente inconstitucionales, pero es un supuesto que no sabemos si va a ocurrir en este momento», apunta otra fuente.

Entre los juristas que creen que sí se puede dar esta situación, algunos mencionan la situación de Carme Forcadell, la expresidenta del Parlament catalán. En 2016 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) admitió a trámite una querella de la Fiscalía en su contra por desobediencia y prevaricación, por haber permitido votar las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente. Finalmente, el Tribunal Supremo la condenó en octubre de 2019 a once años y medio de prisión e inhabilitación absoluta por un delito de sedición.

Otro aspecto que no hay que pasar por alto es si, finalmente, se confirma que se trata efectivamente de un indulto general, real desde el punto de vista jurídico. «Si le llamas amnistía porque es el precio político que se ha puesto para una investidura, pero jurídicamente no es una amnistía, el nombre es irrelevante», subraya uno de los juristas consultados. Solo con el texto en la mano se podrá comprobar si la aceptación de su tramitación en el Congreso podría configurar un delito de prevaricación.