La reforma laboral no sale publicada en el BOE y su entrada en vigor se retrasa

Hoy más de una persona se habrá quedado sorprendida al no encontrar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la publicación del Real Decreto-ley de reforma del mercado de trabajo, que debería estar es miércoles en vigor tal y como aseveró Yolanda Díaz en rueda de prensa y que, finalmente, entrará en vigor mañana al haberse retrasado su publicación en un hecho inédito en la historia de la democracia.

Fuentes del Ministerio de Trabajo hablan de «una cuestión de tiempos» y lo achacan al ambiente festivo en el que nos encontramos. Una vez la reforma salga publicada en el BOE, será cuando la nueva normativa laboral empiece a tener vigencia. Casi al límite de finalizar el año y bordeando el incumplimiento con Bruselas.

La reforma laboral es una norma que coordina y firma en el BOE el Ministerio de la Presidencia porque intervienen varias carteras en su elaboración y fuentes de La Moncloa han apuntado que «no estaba previsto» que se publicara hoy.

De cualquier forma, no toda la nueva regulación estará en vigor mañana ya que todo lo referente a los contratos, no regirá hasta tres meses después, periodo que tendrán las empresas para adaptarse al nuevo marco de contratación.

En el caso de los contratos de obra o servicio vigentes a la entrada en vigor de la reforma, su duración máxima se limita a seis meses desde la publicación de la ley, de forma que pasado ese tiempo desaparecerán del mercado de trabajo español.

El Consejo de Ministros aprobó ayer la reforma laboral, que persigue poner coto a la temporalidad, devolver el equilibrio a la negociación colectiva e incorporar a la legislación ordinaria los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que sustituirán a los utilizados en pandemia, pero con el mismo objetivo: evitar despidos.

La reforma, fruto del acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales, establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que solo podrán hacerse contratos temporales con causas muy tasadas: por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo.