El Supremo rechaza dejar a Junqueras en libertad

Oriol Junqueras seguirá en prisión preventiva. El Tribunal Supremo ha rechazado este viernes el recurso del exvicepresidente catalán contra la decisión del juez Pablo Llarena de mantenerle encarcelado al entender que existe riesgo de que reincida en los delitos que se le imputan. Por unanimidad, los tres magistrados que integran la Sala de Apelaciones han determinado que existen indicios de la comisión por parte de Junqueras de delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos públicos, y que también existe un riesgo relevante de reiteración delictiva al no existir ningún dato que permita entender que el exvicepresidente catalán tiene la intención de abandonar la vía unilateral seguida hasta ahora para conseguir la independencia.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, comienza destacando que defender la opción política de independencia de una parte del territorio nacional es «legítimo», ya que la Constitución admite la defensa de cualquier posición política, incluso las que defienden la desaparición de la Constitución. «El recurrente puede defender la pertinencia, la conveniencia o el deseo de lograr la independencia de una parte de España, sin cometer delito alguno», señala el auto.  En este sentido, los tres magistrados que firman la resolución (además de Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro) aclaran que la causa contra el procés en el Supremo no se ha abierto para perseguir la disidencia política ni la defensa de una opción independentista sino por intentar alcalzar la independencia de Cataluña saltándose las leyes, por lo que “no puede hablarse de presos políticos”.

Pero Junqueras, según el Supremo, no se ha limitado a defender la secesión de Cataluña sino que ha ido «mucho más lejos» al participar como vicepresidente del Gobierno catalán en un «plan de reparto de papeles» para la declaración unilateral de independencia en contra de las resoluciones del Tribunal Constitucional. A pesar del veto del Constitucional, el Supremo recuerda que Junqueras, como miembro del Govern, y junto al resto de investigados, han intentado celebrar un referéndum que se había declarado ilegal, han proclamado los resultados «de las votaciones que pudieron llevarse a cabo», y han llegado a proclamar la independencia de Cataluña “alzándose contra el Estado español, contra la Constitución, contra el Estatuto de Autonomía y contra el resto del ordenamiento jurídico”.

Los magistrados que firman el auto no tienen dudas de que la Generalitat se situó «fuera del Estado de Derecho». Y ese comportamiento constituye, según los jueces, “un hecho ilegítimo, gravísimo en un Estado democrático de Derecho, en el que el cumplimiento de la Ley como expresión formalizada de la voluntad popular aprobada por sus representantes legítimos, y también la misma lealtad al propio sistema democrático que nos rige, imponen ciertos límites que deben ser respetados en aras de una convivencia pacífica y ordenada”.

El auto analiza si la actuación de Junqueras puede encuadrarse en los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos, y concluye que sí. Así, destaca que el plan urdido por la Generalitat pasaba por conseguir la independencia a toda costa y que sabían que el Estado nunca iba a aceptarla. “Si el recurrente y los demás partícipes, desde sus posiciones en cargos de responsabilidad política en la Generalitat de Cataluña, incitaban a sus partidarios a movilizarse en la calle con la finalidad de reforzar sus actuaciones y forzar al Estado a aceptar la independencia, es claro que era previsible que, con una altísima probabilidad, se produjeran actos violentos en defensa de la declaración unilateral de independencia”, afirman los magistrados, que añaden: si Junqueras y el resto de investigados “incitaban a sus partidarios a seguir ese camino, es claro que asumían, aunque pudieran no desearlo la presencia de actos de violencia que, de producirse, no podrían situarse como extralimitaciones fuera del marco del plan aceptado por todos”. Por lo tanto, afirman los jueces, “la aceptación del plan incluía la aceptación de previsibles y altamente probables episodios de violencia para conseguir la finalidad propuesta”, lo que encaja con el delito de rebelión que le atribuyen el juez Pablo Llarena y la fiscalía a los líderes independentistas.

En ese sentido, la resolución recuerda los «actos de violencia» de los días 20 y 21 de septiembre contra una comisión judicial en la Consejería de Economía de la Generalitat (de la que Junqueras era titular), así como el llamamiento a depositar el voto a miles de personas y abrir los colegios electorales para el referéndum ilegal del 1 de octubre pese a conocer que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tenían la obligación de impedirlo.

La Sala admite que no consta que Junqueras haya participado ejecutando personalmente actos violentos concretos, ni que diera órdenes directas en tal sentido, pero “mediante la defensa pública de la independencia unilateral y fuera de toda consideración y respeto a la ley vigente en el Estado del que Cataluña forma parte”, ha incitado a los ciudadanos a desobedecer al Tribunal Constitucional y a movilizarse, haciendo previsible, con alta probabilidad, que hubiera enfrentamientos en los que apareciera la violencia.

Sobre cómo puede afectar su situación de prisión a su derecho a ejercer la política, el Supremo destaca que este es un derecho básico en democracia, pero que su efectividad no puede dejar sin efecto las consecuencias propias de un proceso penal, “menos aún cuando se incoa imputando delitos muy graves”. Según los magistrados, aunque el ejercicio de algunos cargos políticos puede implicar la existencia de aforamientos, esto no supone la impunidad. Además, recuerdan que Junqueras ya sabía cuando concurrió a las elecciones que existía este proceso penal y que ello podría limitar su actividad política en algún aspecto.

En cuanto al riesgo de reiteración delictiva, la Sala señala que la apuesta por el diálogo de la que Junqueras habla en su recurso “solamente se ha pretendido o planteado (…) como referido exclusivamente a la forma en la que el Estado español pudiera prestarse a reconocer la independencia de Cataluña”, lo que, según los jueces, “conduciría nuevamente” a apostar por la vía unilateral en el caso de que, como es previsible, la independencia fuera rechazada o impedida por el Estado. “El ofrecimiento de esa clase de diálogo o la invocación de la bilateralidad en esas condiciones, pues, no puede valorarse como un indicio de abandono del enfrentamiento con el Estado mediante vías de hecho con la finalidad de obligar a aquel a reconocer la independencia de Cataluña”, indica el auto, que concluye advirtiendo de que no hay ningún dato que permita entender que Junqueras va a abandonar la idea de proclamación unilateral de la secesión, por lo que existe un riesgo relevante de reiteración delictiva.

La decisión de mantener a Junqueras en prisión la han adoptado los tres magistrados de la Sala de Apelaciones del Supremo (Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro) tras escuchar este jueves los argumentos de Junqueras y su abogado a favor de la excarcelación. Durante la vista, Junqueras alegó que sus convicciones religiosas y su compromiso con “el civismo, la concordia y la paz” son incompatibles con la participación en los “actos violentos” que le atribuyen la fiscalía y el juez Pablo Llarena. Junqueras aseguró también apostar por la “bilateralidad”, la “negociación” y el “acuerdo político”. Pero, según destacaron varias fuentes presentes en la vista, el exvicepresidente catalán no aprovechó el turno de palabra que le concedió la sala para manifestar expresamente su acatamiento de la legalidad o su renuncia a la vía unilateral, una fórmula que sí usaron Carme Forcadell y el resto de miembros de la Mesa del Parlament cuando comparecieron en el Supremo y que fue determinante para que se les permitiese eludir la prisión pagando una fianza.

La fiscalía pidió en la vista que Junqueras siguiera en prisión provisional ante el riesgo de reincidencia delictiva. Tras la vista, el ministerio público difundió un comunicado en el que resaltó la “ausencia de compromiso” de Junqueras con la “legalidad constitucional” y que ayer no se produjera por su parte “ninguna renuncia al uso de vías ilegales para la defensa de su proyecto político”.