Economía «cerca» a los cargos públicos para evitar casos de blanqueo

El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad va a endurecer de forma intensa el control sobre las personas que ostentan algún tipo de responsabilidad pública en materia de blanqueo de capitales. En concreto, va a impulsar una modificación de la Ley de Blanqueo de Capitales del año 2010 y de su reglamento, que se encuentra en fase de audiencia pública, con el objetivo de equiparar el control al que serán sometidas estas personas con el que ya existe sobre las personas con responsabilidad pública de nacionalidad extranjera. En la actualidad, el control sobre los nacionales se efectúa caso por caso, mientras que el de los foráneos se ejerce de manera general. A partir de ahora, serán idénticos.

Fuentes del Ministerio de Economía explicaron a Efe que el cambio normativa propiciará que sea el equipo directivo de una entidad financiera u otra entidad obligada el que decida la aceptación como cliente de esas personas. Además, resultará obligatorio que dicha entidad efectúe pesquisas sobre el origen de los fondos depositados.

¿Qué entiende la normativa sobre personas con responsabilidad pública? Pues, básicamente, entiende que son altos cargos pertenecientes a las administraciones central, autonómica y local. En este último caso, se entiende por tales los que ejerzan su trabajo en municipios que cuenten con más de 50.000 habitantes. También se incluyen los que trabajen dentro de las empresas públicas. La reforma normativa que pronto verá la luz es resultado de la transposición parcial de una directiva comunitaria sobre la misma materia. La mayor parte de ella, en torno a un 80% aproximadamente, ya está en vigor en España, porque nuestro país incorporó las recomendaciones que hizo al respecto el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en el año 2012.

Las mismas fuentes explicaron que dicho cambio afectará fundamentalmente tanto a personas que desempeñen esas responsabilidades públicas como a las que lo hayan hecho en el pasado, sin especificar el número exacto de afectados por el endurecimiento, según informa Ep. El objetivo último es evitar que fondos de procedencia ilícita ingresen en el sistema financiero, generando para ello algunos «obstáculos».

Cuando entre en vigor esta reforma, los sujetos obligados por la misma -entidades financieras, de seguros, notarios y hasta sectores no financieros intermediarios en la compraventa de bienes inmuebles– estarán obligados a trasladar cualquier indicio de delito que detecten al Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, conocido por las siglas Sepblac. Éste, a su vez, si lo considera, lo trasladará por su parte a la Agencia Tributaria, la Policía Nacional, la Guardia Civil o la Fiscalía.

Sanciones más duras

Para reforzar la contundencia de esta exigencia, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha decidido endurecer también la cuantía de las multas existentes para estos sujetos obligados, que pasan del 5% del patrimonio neto de la entidad, al 10% del volumen de negocio consolidado del grupo.

El departamento que dirige Luis de Guindos ha optado, asimismo, por revisar el fichero de datos financieros, operativo desde el año 2016, con el fin de incorporar al mismo nuevos productos, como las cajas de seguridad, y permitir también que nuevos actores, como, por ejemplo, la oficina de recuperación de activos, puedan acceder a él. También se rebaja, de 15.000 a 10.000 euros, el umbral para las personas que se dediquen a la venta de bienes en efectivo, aunque esta cuestión, informa Efe, sólo afecta a la venta de bienes a no residentes, ya que las transacciones en efectivo están limitadas a 2.500 euros.

Este fichero de titularidades financieras es otra herramienta de carácter administrativo que tiene como finalidad prevenir e impedir el blanqueo de capitales. La responsable del mismo es la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, encuadrada orgánicamente en el Ministerio de Economía, y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales actúa como encargada del tratamiento de la información.

En él se incluye información relativa a cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de valores y depósitos a plazo, así como de los intervinientes en dichas cuentas y depósitos. Su información se actualiza cada mes, y es determinante para detectar posibles casos de blanqueo.

Las operaciones sospechosas crecen

El blanqueo de capitales no para de crecer en España. El Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) tramitó, por ejemplo, en 2015, 4.757 nuevas operaciones sospechosas, un 2,5% más que el año anterior. En líneas generales, del total de comunicaciones tramitadas por este órgano de inteligencia económica, el 83% corresponden a los bancos. Otra de las tónicas es el crecimiento de las comunicaciones recibidas por entidades no financieras, principalmente la promoción inmobiliaria, los juegos de azar, o los comercios. El Sepblac fue creado en 1993, y está integrado por inspectores del Banco de España, Hacienda y Aduanas. También tiene adscritas la Brigada de Investigación de Delitos Económicos de la Policía y la Unidad de Investigación de la Guardia Civil.