La nueva normativa municipal incorpora la creación de espacios de especial protección para el peatón y novedades en el uso del casco y seguro.
Mejorar la movilidad de la ciudad y con ella la seguridad de los vecinos es el objetivo principal de la nueva ordenanza que ha aprobado el Ayuntamiento de Zaragoza y que entró en vigor el pasado miércoles. La normativa, para cuyo contenido se han recogido aportaciones de diferentes áreas municipales, colectivos ciudadanos, operadores del transporte público o empresas de distribución de mercancías, entre otros agentes, unifica distintas ordenanzas que hasta ahora estaban dispersas: transporte de mercancías peligrosas, estacionamiento para personas con discapacidad, la ordenanza de peatones y ciclistas, la de circulación de VMP, la de transporte escolar y la propia Ordenanza General de Tráfico.
Uno de los puntos más importantes que establece tiene que ver con los espacios de ‘especial protección’ para el peatón en zonas de alta densidad de ocupación (por ejemplo, las calles de Alfonso I o de Santiago). En estas áreas, de manera continua o temporal, se podrán ordenar y regular los usos, priorizando aquellos que sean más favorables para los peatones y teniendo en cuenta también a las personas con movilidad reducida.
Asimismo, las zonas escolares se considerarán espacios de ‘especial protección’, mediante el «rediseño viario, señalización y control de la disciplina viaria en dichos entornos», tal y como recoge el texto. Por ejemplo, la velocidad máxima de las calles que conforman el perímetro del centro escolar, cuando no formen parte de la malla básica, será de 20 kilómetros por hora en los horarios de entrada y salida, y se dispondrá de señalización específica para ello. También se contempla la creación de itinerarios peatonales segregados en el caso de estacionamientos dentro del centro escolar.

Otro de los aspectos más destacados del articulado tiene que ver con las bicicletas y los VMP, para los que introduce cambios que tienen que ver con el uso del casco, la obligatoriedad de contar con seguro y las zonas por las que pueden circular.
Uso del casco
Para conducir un VMP (patinete eléctrico) a partir de ahora es necesario tener 16 años o más y el uso del casco es obligatorio. Debe ser un casco para bicicleta homologado o de superior protección y portar luz o elementos reflectantes. Además, tendrán que circular a cualquier hora con la iluminación delantera y trasera (que debe ser homologada) encendida. En el caso de las bicicletas, el casco es obligatorio para los menores de 16 años, aunque se recomienda para todos los usuarios porque es un elemento esencial de protección.
El seguro para estar protegidos ante accidentes
Una de las novedades que introduce la ordenanza es el seguro de responsabilidad civil para estar protegidos en caso de accidente. Ciclistas y usuarios de VPM deben disponer de la correspondiente garantía de responsabilidad civil, bien mediante un seguro específico que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o bien a través de un seguro de hogar que incluya esta contingencia. El usuario debe llevar consigo una copia de esa póliza en papel o bien en soporte informático. Contar con un seguro de responsabilidad civil protege tanto al usuario de bici o patinete como al resto de personas que utilizan la vía pública y que pueden verse implicadas en un accidente (peatones sobre todo). En caso de no disponer de esta garantía, el ciudadano puede verse obligado a responder con su patrimonio por los daños ocasionados. En Zaragoza se producen cada año más de 500 accidentes en bici y VMP, a menudo leves pero algunas también con consecuencias graves. Actualmente parte de los seguros del hogar incorporan la responsabilidad civil y cubren a todas las personas empadronadas en ese domicilio, pero es importante comprobar las condiciones de cada póliza y su alcance. En cuanto a los seguros específicos, a modo de ejemplo, una póliza con una cobertura económica de unos 150.000 euros puede tener un coste de unos 50 o 60 euros al año.
¿Por dónde circular?
La nueva ordenanza mantiene la prohibición de circular en bici o VMP por aceras y zonas peatonales, con la única excepción de los menores de 12 años acompañados de una persona adulta a pie y sin sobrepasar los 5 km/h. Tampoco podrán circular por carriles ni plataformas reservadas para el transporte público. Las bicis deben circular por la calzada o por carriles habilitados. En el caso de los VMP, tienen que circular por carriles bici, vías ciclistas o lugares específicos destinados para ello. Como novedad, podrán hacerlo en las calles con más de un carril de circulación cuya velocidad máxima esté limitada a 30 km/h o inferior, haciéndolo por el carril derecho de los no reservados a transporte público. Tanto los ciclistas como los VMP que circulen por la calzada lo harán preferentemente por el carril de la derecha, o por el contiguo al reservado a otros usos, y por el centro del carril por razones de seguridad vial.