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El TSJM debe decidir si anula o no la instrucción que amplió la nacionalidad de la Ley de Memoria Democrática más allá de lo que aprobaron las Cortes. De prosperar, quedarían en cuestión las nacionalidades adquiridas a su amparo
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Los últimos movimientos en la Fiscalía del Tribunal Superior de Madrid dejan una pregunta en el aire: ¿quién velará por la legalidad de la ampliación de la nacionalidad cuando quienes deben hacerlo dependen del poder que la impulsó?
Fuentes jurídicas consultadas por El Debate consideran que la ampliación de la nacionalidad de la ley de nietos al siglo XIX realizada por el Gobierno de Sánchez para asaltar el censo electoral no tiene anclaje jurídico alguno. La afirmación tiene un soporte concreto: un recurso contencioso-administrativo que duerme en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desde diciembre de 2022 y que pide anular el instrumento con el que esa ampliación se ejecutó.
El Debate reveló que la Ley de Memoria Democrática se convirtió en un coladero que reconoce la nacionalidad a quienes emigraron a América por cualquier motivo desde el siglo XIX, una lectura que el propio senador socialista y secretario del PSOE en el exterior, César Mogo, atribuyó a la vocación reparadora de la norma. Este medio viene denunciando el uso espurio de la ley de nietos con fines electoralistas bajo el doble discurso del Ejecutivo y de Ferraz: la coartada de la deuda moral de reparación de las víctimas del exilio del bando republicano de la Guerra Civil represaliadas por el franquismo en España, y su ampliación a toda la emigración al margen de la causa que la originara desde dos siglos atrás en América. La cuestión que queda por resolver es de dónde salía la cobertura legal de esa ampliación. La respuesta es que no sale de ninguna parte, según diversas fuentes consultadas. Y ese es precisamente el talón de Aquiles de la ley.
De hecho, mientras el Gobierno exhibe las más de 545.000 nacionalidades ya aprobadas por esta vía, un recurso que duerme en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desde diciembre de 2022 apunta al cimiento jurídico de las nacionalidades concedidas por esta vía. La Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica pidió a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que declare nula de pleno derecho la instrucción que extendió la ley mucho más allá de lo que votaron las Cortes. El procedimiento fue admitido a trámite y sigue sin resolverse.
El acto impugnado es la Instrucción de 25 de octubre de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, firmada por Sofía Puente, cinco días después de la publicación de la ley en el BOE. Introdujo una presunción que la ley no contiene: que toda persona que salió de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 fue un exiliado, sin distinguir el motivo de su marcha.
Lo decisivo es que, durante los 16 meses que duró la tramitación parlamentaria, Ciudadanos solicitó que se incluyera esa ampliación hasta en dos ocasiones. En ambas, el Gobierno junto con sus socios parlamentarios, la tumbaron. La primera, en el Congreso, el 14 de julio de 2022: 27 votos a favor, 264 en contra y 55 abstenciones. La segunda, en el Senado, con idéntico rechazo. La Disposición Adicional Octava llegó al BOE el 20 de octubre de 2022 sin una sola mención a los emigrantes económicos. Lo que el Parlamento rechazó explícitamente, una directora general lo incluyó por la puerta de atrás.
Por qué es el talón de Aquiles
Ahí reside el problema para el Ejecutivo. La asociación reclama la nulidad de la instrucción y, con ella, la de todas las disposiciones y actos de aplicación dictados a su amparo, lo que pondría en cuestión las concesiones de nacionalidad tramitadas sobre esa base. La advertencia ya constaba en el Senado: en febrero de 2023, la senadora popular Salomé Ayala avisó de que el Gobierno iba a «modificar la ley por la puerta de atrás» y de que eso solo traería «anulaciones y revocaciones de las nacionalidades que concedan». La portavoz socialista respondió entonces que no quedaba «ningún cabo suelto».
Lo más sorprendente es el salto cualitativo dado por el Gobierno al ampliar el ámbito de la ley a toda la emigración española durante el siglo XIX, que lo convierte, en opinión de los expertos consultados, en «un acto de una osadía extrema por carecer de anclaje jurídico alguno». El Gobierno no ha dicho una palabra al respecto tras revelaciones de El Debate. Sí lo han hecho el líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, y el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco. También el presidente de Vox, Santiago Abascal, ha alertado contra el coladero cubano por el que una de cada siete peticiones de nacionalidad procede de la isla caribeña con documentos que certifica una empresa estatal de la propia dictadura, como también reveló este medio.
Mientras el procedimiento avanza al ritmo de la jurisdicción contenciosa, el censo de nuevos españoles sigue creciendo. Hay cuatro preguntas que deben plantearse: ¿qué pasaría con las más de 2,5 millones de nacionalidades que quiere conceder el Gobierno si la justicia certifica que la instrucción no se ajusta a derecho? ¿Qué ocurriría en el caso de que el fallo se produjera después de las próximas elecciones generales y parte de los nacionalizados hubieran ejercido su derecho a voto? Y, por último, si la ampliación al siglo XIX conocida ahora carece de base jurídica, ¿hay alguna actuación legal o política más que pueda llevarse a cabo?
La cuarta es todavía más delicada y se refiere a los últimos movimientos en el Ministerio Público. La fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, fue relevada de su puesto poco después de declarar testigo ante el Tribunal Supremo que el exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, le había ordenado difundir la nota con los correos reservados de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Su sucesora, María Isabel Martín, procede de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General, es decir, en la órbita de confianza de la actual dirección de la institución que, como Sánchez se encargó de afirmar públicamente, «¿de quién depende?». Así que la última cuestión no puede ser otra: ¿quién velará por la legalidad de la ampliación de la nacionalidad cuando quienes deben hacerlo dependen del poder que la impulsó?










