Solo el juez puede acordar la suspensión de una orden de entrega

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, y el presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès, a 25 de septiembre de 2021, en L’Alguer, Cerdeña (Italia). El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ofrece esta rueda de prensa tras encontrarse esta tarde con el actual presidente catalán. Puigdemont ha mantenido su agenda de este sábado un día después de salir de la prisión, y está citado el 4 de octubre por las autoridades judiciales italianas para la primera vista sobre su extradición. 25 SEPTIEMBRE 2021 Lorena Sopêna / Europa Press 25/09/2021

Solo el juez instructor de un procedimiento penal tiene en sus manos las medidas cautelares que tome en el marco de esa causa. Así, el magistrado Pablo Llarena era y es el único que puede decidir sobre el mantenimiento o retirada de las órdenes de detención, ingreso en prisión y entrega de los prófugos del ‘procés’. Y en lo que respecta a los huidos, en ningún momento ha acordado que estuvieran suspendidas. Así lo aseguran fuentes jurídicas consultadas por ABC. «Las órdenes cursadas en diciembre de 2019 por el Tribunal Supremo han estado activas en todo momento» y de hecho eso es lo que posibilitó el pasado jueves la detención del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont por parte de la Policía italiana en Cerdeña.

No es cierto, por tanto, el argumento al que se aferra la defensa del prófugo de que estas órdenes estaban suspendidas y que su cliente podía viajar libremente por todos los Estados de la Unión. Prueba de que esto no es así, señalan esas fuentes, es la petición que sus abogados hicieron al Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), este julio, para que recuperara provisionalmente la inmunidad que le fue retirada un mes antes, para poder moverse libremente. La solicitud le fue denegada al estimar que el riesgo de detención era mínimo (que no inexistente).

Ahora, tras el arresto de Cerdeña, su defensa ultima un nuevo escrito en el que pretende que la inmunidad de la que sigue gozando el ‘expresident’ en sus desplazamientos al Parlamento Europeo, tanto a su sede de Bruselas (Bélgica) como a la de Estraburgo (Francia), se extienda a cualesquiera otros movimientos. En definitiva, apuntan esas fuentes, Puigdemont sabía que esas órdenes estaban activas y era perfectamente consciente de que podía ser detenido en cualquier país de la Unión. Cuestión distinta es que por otras razones, ajenas probablemente a este procedimiento penal, decidiera exponerse y acaparar titulares en plena mesa de negociación entre el Gobierno central y el de la Generalitat.

Expertos en Derecho Internacional señalan que la clave de la supuesta suspensión de las órdenes de detención a la que se aferra Puigdemont se encuentra en el apartado 23 de las ‘Recomendaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a los órganos jurisdiccionales nacionales’ en relación al planteamiento de cuestiones prejudiciales. Llarena planteó una en marzo, tras el rechazo de Bélgica a la entrega del exconsejero Lluís Puig. El apartado en cuestión señala que la presentación de una cuestión prejudicial «conlleva la suspensión del procedimiento nacional hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie», pero a la vez deja claro que «el órgano jurisdiccional nacional sigue siendo competente para adoptar medidas cautelares». La orden de detención e ingreso en prisión provisional es una de ellas.

Por si quedaba alguna duda de ello, el propio Llarena dejó clara la vigencia de sus euroórdenes en esa cuestión prejudicial, en la que dejaba en evidencia a Bélgica y pedía al tribunal que se pronunciara sobre el alcance de este instrumento de cooperación internacional. «Sin perjuicio de la posibilidad de que por parte del Estado español se pueda llegar a plantear un recurso por incumplimiento en los términos del artículo 259 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el objeto de la cuestión prejudicial consiste en interpretar la Decisión Marco (…) a los efectos de que el órgano judicial remitente, a la vista de la respuesta que ofrezca el TJUE sobre el alcance de las posibilidades de emisión de una ODE y de las razones para su denegación, pueda adoptar una decisión concreta en torno a mantener, retirar o emitir nuevas ODE respecto de todos o algunos de los copartícipes procesados en esta causa».

La propia defensa de Puigdemont reconoció ante el Tribunal General de la Unión Europea (para que reestableciera la inmunidad de Puigdemont) que España no había «suprimido las descripciones de detención con fines de entrega del Sistema de Información de Schengen II», precisamente lo que sirvió a la policía italiana para proceder a la detención el jueves.

Ataque al Poder Judicial

Ayer, el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, culpaba del arresto de Puigdemont a la «cúpula judicial del Estado» en su intento por hacer fracasar el diálogo. «Vemos que el aparato judicial del Estado español mantiene la vía represiva y el Gobierno español no puede hacer ver que no tiene que ver con él», aseguró durante una entrevista en La 2 y Ràdio 4.