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El Tribunal Supremo se opone a conceder el indulto a los 12 presos por el ‘procés’

El juez del Tribunal Supremo, Manuel Marchena habla por teléfono en una calle de Madrid (España), a 16 de enero de 2020. 16 enero 2020, JUSTICIA, JUEZ, MARCHENA, TS. Ricardo Rubio / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 16/1/2020

El Tribunal Supremo, que fue el encargado de juzgar la causa del procés, ha informado negativamente a la concesión de cualquier forma de indulto –total o parcial- a los 12 condenados por delitos de sedición, malversación de caudales públicos y de desobediencia. El Alto Tribunal no ha apreciado razones de justicia, equidad y utilidad pública que justificarían la concesión de la medida de gracia.

Los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Antonio del Moral García, Andrés Palomo del Arco y Ana María Ferrer García, encabezados por el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, consideran que no se ha vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas a las que fueron condenados, «que no hay prueba o indicio de arrepentimiento» por parte de ellos y que los argumentos en los que se basan las diversas peticiones de indultos realizadas por terceros «desenfocan el sentido del indulto». El tribunal considera que la petición de indulto persigue que el Gobierno anule la sentencia del Supremo contra los políticos independentistas.

Para la Sala, las razones por las que se podría haber respaldado la extinción total o parcial de la pena pierden cualquier justificación cuando los condenados por el proceso independentista de Cataluña «se presentan como presos políticos», cuando en realidad, según el Tribunal, «han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional».

De hecho, el Tribunal Supremo se refiere en su informe al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, del que destaca que dijo ante la Sala que «todo lo que hizo lo volvería a hacer porque no cometió ningún delito». «Esas palabras son la mejor expresión de las razones por las que el indulto se presenta como una solución inaceptable», justifica el informe.

Esta misma mañana, durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, el presidente, Pedro Sánchez, ha defendido esta medida de gracia bajo el argumento de que «hay un tiempo para el castigo y otro para la concordia».

El presidente del Partido Popular, Pablo Casado, ha reaccionado en Twitter al «demoledor informe por unanimidad del Supremo contra los indultos como hicieron la Fiscalía y Abogacía». «No hay una mínima prueba de arrepentimiento ni motivos de Justicia, equidad ni utilidad pública pero sí intención de reincidir», ha recogido del escrito de los magistrados, y ha cerrado su mensaje con un «iremos hasta el final para defender la Justicia».

El Tribunal Supremo señala que, en sus alegaciones, Jordi Cuixart no aceptaba el indulto pero sí la amnistía, como un instrumento jurídico de sanación de sentencias injustas. La Sala explica al respecto que abordar el debate sobre la constitucionalidad de la amnistía como fórmula de extinción de la responsabilidad criminal declarada por los jueces y tribunales «desbordaría los términos propios de este informe de indulto».

En el informe, los magistrados añaden que esa preferencia por la amnistía estaría justificada en «momentos políticos de transición de un sistema totalitario hacia un régimen democrático», por lo que para la Sala resulta difícil entender la preferencia por ese instrumento jurídico de extinción de la responsabilidad criminal «que para Cuixart convertiría en legítima su excarcelación, frente al rechazo al indulto».

«Que la responsabilidad sea extinguida»

Para los magistrados, la solicitud de indulto para unos hechos por los que los condenados no se arrepienten y contra una sentencia que rechazan, y que han recurrido ante el Tribunal Constitucional y que han manifestado que lo harán ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos «encierra la implícita reivindicación de que la responsabilidad criminal declarada sea ahora extinguida mediante el ejercicio del derecho de gracia».

Inciden, igual que lo hicieron en la sentencia en la que se condenó a los políticos y activistas independentistas que impulsaron el referéndum ilegal de independencia del 1 de octubre de 2017, en que no están en prisión por defender unas ideas. «La Sala no se aferra a concepciones ya obsoletas acerca del significado de la resocialización del penado, sobre todo, cuando éste no comparte ni se identifica con los valores sociales hegemónicos. Pero esta idea no es incompatible con la aceptación de que una sociedad pluralista, inspirada en valores democráticos, puede exigir mediante la imposición de una pena que la ruptura de las bases de la convivencia nunca sea el fruto de una decisión unilateral, apoyada en la engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores», se puede leer en el informe en el que también se insiste en la proporcionalidad de la pena impuesta a los condenados por los graves delitos que cometieron.

La primera solicitud de indulto, presentada por el abogado penalista Francesc Jufresa, pedía anular la condena al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras (que recibió la pena más alta de 13 años de prisión por sedición y malversación); la expresidenta del Parlament Carme Forcadell (condenada a 11 años de cárcel por sedición) los líderes de ANC y Ómnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, y los exconsejeros Raül RomevaDolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Meritxell Borràs, Jordi Vila y Carles Mundó.

El informe de la Sala Penal, igual que el de la Fiscalía que ya se mostró en contra del indulto con argumentos similares, no es vinculante para el Gobierno. El Ejecutivo de Sánchez es el único que tiene potestad, en base a la ley del indulto de 1870, de concederlo de manera total o parcial. El Supremo enviará su informe y los de la Fiscalía y la Abogacía del Estado al Ministerio de Justicia. Se deberán analizar en Consejo de Ministros y decidir al respecto. Si el Gobierno decide concederlos finalmente, deberían ser ratificados con la firma del Rey.