Rapapolvo judicial al Gobierno por la inacción legislativa ante el final del estado de alarma por el coronavirus

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que autoriza las restricciones que afectan a derechos fundamentales tras la finalización de la vigencia del estado de alarma, como el toque de queda aprobado por la Generalitat, reprocha al Gobierno la ausencia de una «producción normativa idónea» para hacer frente a la pandemia del coronavirus.

La resolución firmada por los magistrados Manuel José Baeza, Miguel Ángel Olarte, Manuel José Domingo y Antonio López supone un varapalo a la inacción legislativa en España. Una regulación que, en opinión de los jueces, «es algo que demandaba -y sigue demandando- la situación pandémica que sufrimos, máxime con la duración que ya acumula y la falta de claridad de su final».

El auto en el que el TSJ valenciano ha validado las restricciones acordadas por la Generalitat, que esgrimió la ley de Salud Pública de 1986, sostiene que la «necesaria intervención legislativa es precisamente lo que ya se produjo en los comienzos de la pandemia en varios de los países de nuestro entorno geográfico y cultural, resultando particularmente significativo como dos países (Alemania y Francia) que tienen una configuración constitucional poco coincidente dieron una solución similar de orden administrativo, especificando competencias antes previstas en disposiciones más generales y -en definitiva- confiriendo la necesaria certeza y seguridad a las autoridades sanitarias para acordar medidas limitativas de derechos fundamentales».

«Contradicción de criterios»

En España. de hecho, la ausencia de un marco regulador «ad hoc que solvente los problemas interpretativos con los que nos encontramos y evite la consecuente contradicción de criterios a la que asistimos en su día y estamos abocados arepetir en este momento de finalización del estado de alarma» ha propiciado que en Valencia o Baleares los jueces hayan avalado medidas, como la del toque de queda, y las hayan rechazado en el País Vasco, donde la incidencia acumulada del coronavirus es muy superior.

«Los fenómenos nuevos suelen dar lugar a nuevas regulaciones que los enfrentan adecuadamente»

El auto de los jueces valencianos, que el pasado mes de octubre ya alertaban en otra resolución similar de la falta de un marco normativo estatal ante la pandemia, concluye que es posible que la regulación del recurso de casación ante el Tribunal Supremo aprobada in extremis por el Gobierno de Pedro Sánchez para estos supuestos «contribuya de alguna manera a paliar los efectos de la ausencia de esa necesaria regulación sustantiva específica (lo que tampoco tenemos muy claro), aunque -desde luego- parece que una mejor y más completa solución hubiera sido otra».

Imagen tomada la pasada madrugada en Barcelona al decaer el estado de alarma
Imagen tomada la pasada madrugada en Barcelona al decaer el estado de alarma

Al respecto, en un rapapolvo en toda regla al Ejecutivo, los magistrados insisten en que «los fenómenos nuevos suelen dar lugar a nuevas regulaciones que los enfrentan adecuadamente. El calibre de éste lo hacía y hace mayormente exigible».

Las imágenes de cientos de personas en varias ciudades «celebrando» el final del toque de queda sin guardar las medidas de seguridad ante el coronavirus así lo constatan.