La jueza archiva la denuncia contra Vox por el cartel de los menas

Fin a la vía judicial del cartel de Vox que critica el gasto que supone un menor extranjero no acompañado a la Comunidad de Madrid, al menos por el momento. La jueza ha archivado la denuncia contra el partido que preside Santiago Abascal por fijar varios carteles, uno de ellos en la estación de la Puerta del Sol. En el auto, al que tuvo acceso Europa Press, la magistrada acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones. Contra el fallo, cabe interponer un recurso de reforma y de apelación. Recientemente, el Juzgado de Instrucción número 48 denegó la medida cautelar solicitada por la Fiscalía que pedía retirarlo.

El eslogan del cartel dice lo siguiente: «Un mena, 4.700 euros al mes. Tu abuela, 476 euros de pensión/mes. Protege Madrid. Vota seguro, Vox». Un texto que ha suscitado numerosas críticas por «incitar al odio». Concretamente, el PSOE, Más Madrid y Unidas Podemos denunciaron este cartel y pidieron su retirada ante la Junta Electoral por vulneración del art. 50.4 de la LOREG referido a «expresiones e imágenes xenófobas y racistas». No obstante, fue denegado.Las tres candidaturas de izquierdas consideran que el partido de Santiago Abascal y su candidata Rocío Monasterio están incurriendo en delitos de odio y discriminación por el origen.

La juez que instruye la causa esgrime que los hechos denunciados constituyen «el desarrollo, la forma de expresión en campaña electoral de la política de inmigración de Vox, así como también la política sobre el delito de usurpación y otras cuestiones». Alude tras ello que el artículo 6 de la Constitución Española estable que «los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política». «Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley», agrega el fallo.

La instructora apunta que «Vox propone un programa que incluye una política determinada en materia de inmigración, y en clave electoral con el eslogan ‘Protege Madrid’, publica carteles y difunde mensajes, siendo varios de los mensajes relativos a los menores extranjeros acogidos en España, personas desde luego especialmente vulnerables». «El lenguaje directo utilizado en los mensajes de gran repercusión en los medios de comunicación, con motivo de la campaña electoral, no ha creado una situación de peligro, no tienen la aptitud para generar un riesgo, riesgo que justifique el recurso a la violencia», señala.

Por ello, no aprecia que «los mensajes presenten la intensidad necesaria para generar un riesgo a los menores extranjeros ni tampoco a otros colectivos, requisito que exige la jurisprudencia para que exista un delito de odio». E insiste en que Vox «ejercita el derecho a la libertad de expresión al exponer y difundir el programa del partido sobre la política de inmigración, además de otros temas, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Constitución Española».

En cuanto a los gastos que aparecen en el cartel de propaganda electoral descrito en la denuncia, señala la juez que «no corresponde a esta jurisdicción analizar la realidad de las cifras que aparecen en el mismo». «En resumen, no hay indicios de la comisión de un delito de odio, delito electoral o de infracción penal alguna que justifique la incoación de una causa penal, siendo de aplicación el principio de intervención mínima que rige en el ámbito penal», concluye.