Estos son los consejos que te ayudarán a ahorrar en la Declaración de la Renta

En el año de la pandemia ahorrar se ha convertido en una acción imprescindible y más en casos como los de muchos trabajadores autónomos o de empleados que han quedado en situación de ERTE. Por ello, estos consejos a la hora de realizar la declaración de la renta podrán ayudarte a darle una alegría al bolsillo y afrontar de una manera más optimista la entrada de 2021.

Atención si estás en ERTE

Según explica la Asociación Española de los Trabajadores fiscales (AEDAF), los trabajadores afectados por un Expediente de regulación Temporal de Empleo (ERTE) pueden ver afectada de las siguientes maneras su declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2020:

Por un lado, pueden pasar de no tener obligación de declarar a tenerlo que hacer. Recordemos que, según la normativa del Impuesto, no están obligados a presentar la declaración aquellos contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo por importe igual o inferior a 22.000 euros anuales, siempre y cuando dichos rendimientos provengan de un solo pagador. Cuando hay dos o más pagadores, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes supere 1.500 euros, dicho límite se rebaja a 14.000 euros anuales. La prestación percibida como consecuencia de un ERTE las abona el SEPE, por lo que existirán dos pagadores. Por tanto, en la medida en que dichas prestaciones superen 1.500 euros, si el total de rendimientos del trabajo supero 14.000 euros anuales, habrá obligación de presentar declaración.

Retención aplicada a la prestación percibida por ERTE. El porcentaje de retención que se aplica a las prestaciones abonadas por el SEPE es inferior a la que generalmente aplica la empresa al trabajador, por lo que, salvo que el contribuyente solicite una retención superior, en la mayoría de los casos en los que la retención no se ajusta, la declaración de la renta saldrá a ingresar.

En caso de contribuyentes que tuvieran derecho a la aplicación de determinadas deducciones, como la deducción por maternidad, por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo, pueden perder la deducción durante los meses que hayan estado en ERTE, puesto que las mismas se condiciona a que el contribuyente realice una actividad por cuenta propia o ajena. En los ERTEs en los que se suspenda el contrato de trabajo, el trabajador se encuentra en situación de desempleo, por lo que no se cumple el requisito.

Prestación por cese de actividad percibida por los autónomos

Como explican los asesores fiscales, «las prestaciones extraordinarias que hayan podido recibir los autónomos que tengan causa en la crisis del COVID 19, como la prestación extraordinaria por cese de actividad, tributan en el IRPF como rendimiento del trabajo y no como ingreso de la actividad». Por lo que aseguran que estas prestaciones no deben incluirse como ingreso del trimestre en el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF.

Aportar hasta 8.000 euros al plan de pensiones o rescatarlo

Este año será el último en que se podrá reducir la base imponible del IRPF hasta los 8.000 euros, siempre que estas aportaciones no superen el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, porque el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 prevé reducir este límite a 2.000 euros manteniéndose el límite porcentual del 30%.

Por ello, desde Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) reccomiendan de que en caso de que se tenga previsto realizar este tipo de aportaciones es preferible no demorarlas a 2021, ya que si se aportan a partir de enero el límite será ya de 2.000 euros.

Aplicar la deducción por compra de vivienda

También desde Gestha aseguran que quienes compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para la construcción de su vivienda antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de su derecho a la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores.

De este modo, estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. Teniendo en cuenta este techo, puede resultar interesante realizar un pago adicional -de 4.806 euros de media- para amortizar la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 721 euros.

Neutralizar la tributación de las ganancias por la venta de una vivienda habitual

A efectos de la tributación de las ganancias patrimoniales, Gestha recalca que el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales establece un nuevo tipo para el caso de bases liquidables del ahorro superiores a 200.000 euros y que ascenderá a un 26%.

Para quienes vendieran su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta, en función de su cuantía, entre el 19% y el 23%, en las Diputaciones del País Vasco entre el 20% y el 25%, y en Navarra entre el 20% y el 26%. No obstante, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.

Planificar la venta de acciones

Según los técnicos de Hacienda, los contribuyentes que prevean que sus rendimientos netos del trabajo serán inferiores a 16.825 euros deben vigilar, en la medida de lo posible, que no haya rentas de otro tipo, como por ejemplo ganancias patrimoniales por venta de acciones o rentas por alquileres de inmuebles, superiores a 6.500 euros, ya que en dicho caso perderían una reducción de rendimientos del trabajo que puede llegar hasta los 5.565 euros.

También las ventas de acciones pueden obligar a declarar a muchos contribuyentes que no tendrían obligación de declarar con rendimientos de trabajo inferiores a 14.000 euros con más de un pagador (en Navarra 12.600 euros, en el País Vasco es 12.000 euros), o si sólo existe un pagador hasta 22.000 euros a trabajadores que residen en las CCAA de régimen común (o más pagadores por menos de 1.500 euros en total), en el País Vasco se eleva a 20.000 euros.