El Constitucional da luz verde a las ‘devoluciones en caliente’ en Ceuta y Melilla

El Tribunal Constitucional ha dado luz verde a la ‘devolución en caliente’ de los extranjeros que entran ilegalmente en España por los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla. La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, avala la constitucionalidad de la mayor parte de la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, echando por tierra el recurso de 97 diputados del PSOE, Izquierda Plural, UPYD, Compromís-Equo, Coalición Canaria-Nueva Canarias y Geroa Bai. El razonamiento de González Rivas, que difiere del redactado hace unos meses por el ponente original —Fernando Valdés, que dimitió tras una investigación de malos tratos—generó malestar entre algunos de los magistrados del tribunal, pero finalmente ha salido adelante con nueve votos a favor y dos en contra.

La propuesta del magistrado fue presentada el pasado jueves, acelerando así la elevación al pleno de una ponencia que no se encontraba en el orden del día inicial. Pese a ello, el apoyo a las ‘devoluciones en caliente’ va más allá de su criterio particular y tiene en cuenta la reciente doctrina de Europa: en febrero, el Constitucional se encontró con que tenía que acomodar su postura a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que avaló estas devoluciones sumarias. «Se colocaron ellos mismos en una situación ilegal cuando intentaron de forma deliberada entrar en España (…) por un lugar no autorizado, aprovechándose del gran número de personas en el grupo y utilizando la fuerza», explicaba el fallo de Estrasburgo. La expulsión ‘en caliente'»fue el resultado de su propia conducta«, argumentaba.

La sentencia del TEDH daba así la razón a España ante el trato brindado a dos ciudadanos de Mali y Costa de Marfil el 13 de agosto de 2014, cuando tras permanecer varias horas encaramados a la valla de Melilla, la Guardia Civil los bajó, esposó y devolvió de inmediato a Marruecos. Estrasburgo considera que la ley española pone sobre la mesa «varios medios posibles para buscar admisión en el territorio nacional» por procedimientos legales, por lo que esta ‘devolución en caliente’ llegó como respuesta a «la propia conducta» de los inmigrantes y en ningún caso se puede «responsabilizar al Estado»: “Podrían haber solicitado una visa o protección internacional, en particular en el paso fronterizo, pero también en las representaciones diplomáticas y consulares de España en sus respectivos países de origen, tránsito o Marruecos«.

Apoyándose en esta sentencia, el Constitucional defiende que «el régimen especial para Ceuta y Melilla de rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar ilegalmente […] es conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, consistente en que el ‘rechazo en frontera es una actuación material de carácter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre». Con este razonamiento como telón de fondo, incide en que «la actuación material [será constitucional] sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera”.

La sentencia del Constitucional subraya para ello que las devoluciones deben cumplir «las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España, debiendo ser reales y efectivos los procedimientos de entrada legal en territorio español». También destaca que «los cuerpos y fuerzas de seguridad deberán prestar especial atención a las categorías de personas especialmente vulnerables«, entre los que se menciona a «los menores de edad, las embarazadas o personas de edad avanzada». Tanto María Luisa Balaguer Callejón como Cándido Conde-Pumpido Tourón han votado en contra de esta sentencia, pero solo la primera ha redactado un voto particular.

En febrero, el PSOE ya dejó claro que seguiría adelante con las ‘devoluciones en caliente’ pese a la oposición de Podemos y el recurso que presentó en su momento. Preguntada por esta cuestión tras el consejo de Exteriores de la UE, Arancha González Laya insistió en la misma idea: «El Gobierno de España seguirá haciendo las devoluciones de acuerdo a ley». «Todas las devoluciones de España se harán de acuerdo con lo que dicta la ley, la ley y los tratados internacionales que España ha suscrito en esta materia. Ni más ni menos de acuerdo con la ley». Durante la rueda de prensa, la ministra de Exteriores también valoró las opiniones del vicepresidente Pablo Iglesias sobre el Sáhara Occidental, asegurando que la posición del Gobierno pasa por apoyar el trabajo del secretario general de Naciones Unidas.

Las grabaciones a la policía

En la sentencia, el tribunal solo ha declarado inconstitucional el inciso «no autorizado» del artículo 36.23 de la ley, que prevé como infracción grave el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de las autoridades o miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Los magistrados consideran que en este caso hay censura previa y se vulnera el artículo 20.2 de la Constitución cuando la difusión de las imágenes o datos se somete a un previo examen del poder público, limitando su publicación a que este otorgue «el placet».