Así comienza la fase 2 en Zaragoza, Huesca y La Almunia: de los bares a la movilidad

Las localidades de Zaragoza, Huesca y La Almunia de Doña Godina han retrocedido este jueves 8 de octubre en la fase 2, tal y como está publicado en el en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) por el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón. La decisión de retomar la fase 2 en estos territorios se debe a distintos motivo»: Zaragoza capital pasa a una fase más flexibilizada como medida preventiva ante la posible celebración de reuniones sociales en los días festivos que rodean al 12 de octubre. En cambio, Huesca y La Almunia pasan a fase 2 sin flexibilizar por la preocupación que ha generado el aumento de contagios por la covid-19.

Fase 2 flexibilizada en Zaragoza hasta el 14 de octubre a las 24.00 horas

La ciudad se encuentra en estos momentos en una tasa de incidencia de 161 casos por 100.000 habitantes, si bien la citada festividad plantea “un riesgo objetivo” de incremento de incidencia en el ámbito de Zaragoza capital. Por ello, desde la administración sanitaria consideran “proporcionadas y ajustadas a los principios de precaución y prevención” la adopción de estas medidas equivalentes a fase 2 para Zaragoza capital. Sin embargo, la orden contempla elementos de flexibilización que aminoran el impacto económico y social, relacionados con la revisión de la evidencia científica:

  • Establecimientos de hostelería y restauración: no puede haber servicio de barra. Aforo en el interior del 50%. Aforo en terrazas del 75%. Se mantiene el horario de cierre de estos establecimientos la 1.00 como máximo, sin que se puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00.00. Se garantizará una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas. El horario de cierre será igualmente aplicable a los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
  • Aforo en actos y espectáculos culturales en espacios interiores al 75% si tienen butacas preasignadas donde se respete la distancia social de 1,5 metros y las medias de protección individual, reduciéndose dicho aforo al 50% en los restantes supuestos.
  • Lugares de culto: 50% del aforo.
  • Centros y parques comerciales: aforo en las zonas comunes al 30%. Dentro de cada establecimiento, el 40% del habitual. Comercio minorista: 75% de aforo.
  • Plazas, recintos e instalaciones taurinas. Siempre que cuenten con butacas preasignadas, no se pueden superar un tercio del aforo autorizado, y en todo caso, un máximo de cuatrocientas personas.
  • Las reuniones sociales no podrán superar el número de 10 personas, salvo en el caso de personas convivientes, tanto en espacios de carácter público como privado.
  • Velatorios: aforo máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
  • Ceremonias nupciales: Aforo del 50%, con un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.
  • Prohibido el botellón. Se prohíbe el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería o similares, por resultar contrario al principio general de precaución, y constituir dicha actividad un riesgo evidente e innecesario de propagación del virus causante de la pandemia.
  • No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, como pipas de agua, cachimbas o asimilados, tanto en el interior como en el exterior de los establecimientos.
  • No hay restricciones a la movilidad.
  • La actividad desarrollada en peñas o locales de reunión asimilados quedará sujeta a las limitaciones previstas para las fiestas verbenas, eventos populares y atracciones de feria de la Orden SAN/885/2020, de 15 de septiembre.
  • No hay cambios en los aforos en el transporte público.

Además, habrá controles en la plaza del Pilar y zonas aledañas por parte de la Policía y Fuerzas de Seguridad.

Fase 2 sin flexibilizar en Huesca y La Almunia

En la localidad de La Almunia se ha solicitado autorización judicial previa para establecer el confinamiento perimetral,tal y como ha establecido la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

    • En los establecimientos de hostelería y restauración el horario de funcionamiento no podrá exceder de las 24.00, e igual horario resultará aplicable a los establecimientos de juego y apuestas.
    • Sin perjuicio de la obligación de respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la covid-19, las reuniones sociales no podrán superar el número de 10 personas, salvo en el caso de personas convivientes, tanto en espacios de carácter público como privado.
    • Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarillaen la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad de, al menos, 1,5 metros. La obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de la práctica deportiva individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
    • Prohibido el botellón. Se prohíbe el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en espacios públicos ajenos a los establecimientos de hostelería o similares, por resultar contrario al principio general de precaución, y constituir dicha actividad un riesgo evidente e innecesario de propagación del virus causante de la pandemia. Igualmente queda prohibida la actividad desarrollada en peñas o locales de reunión asimiladas.
    • No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, como pipas de agua, cachimbas o asimilados.

Limitaciones en el transporte público en Huesca y La Almunia

  • Uso obligatorio de mascarilla para conductor y ocupantes.
  • En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
  • En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas incluido el conductor, cuando no todos los ocupantes convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
  • En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, cuando no todos los ocupantes convivan en el mismo domicilio, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.
  • En los servicios de transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús en los que todos los ocupantes deban ir sentados, las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros, de tal manera que no podrán ser ocupados más de la mitad de los asientos disponibles respecto del máximo permitido. En todo caso, en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila completa posterior a la butaca ocupada por el conductor.
  • En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano o metropolitano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, la ocupación será la que resulte de aplicar una ocupación correspondiente al 75% de las plazas sentadas disponibles y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie. Se procurará en todo momento que las personas tanto sentadas como de pie mantengan entre sí la máxima distancia posible.
  • Las empresas deberán anular, mediante precinto o en la forma que estimen conveniente, las plazas sentadas que excedan de las autorizadas, distribuyendo las disponibles de forma que quede garantizada la mayor distancia posible entre viajeros.
  • Estas condiciones de utilización deberán ser informadas por los operadores mediante carteles informativos fijados en la puerta y a bordo de los autobuses, en los que se instará a mantener la máxima separación posible entre los viajeros.
  • Las restricciones en la ocupación de los vehículos previstas en el punto anterior no serán de aplicación cuando los viajeros sean escolares en sus desplazamientos a los centros educativos o desde los mismos, en cuyo caso se podrá ocupar la capacidad total de los vehículos.

En los casos de Huesca y La Almunia, estas órdenes concluirán cuando la autoridad sanitaria, tras valorar la situación epidemiológica en su ámbito territorial de aplicación, decida la innecesariedad del mantenimiento de las medidas.

Tanto en estas localidades como en el resto de Aragón, se deberán seguir respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitariaspara la prevención de la covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, por lo menos dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, como higiene adecuada de manos. Y, por supuesto, el uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio.