PSOE y Podemos incumplen su principal compromiso sobre Justicia

Cuando PSOE y Unidas Podemos estaban en la oposición, arremetieron con dureza contra una reforma legal que promovió y aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy, según la cual los sumarios debían ser instruidos en un plazo máximo de seis meses o de 18 meses cuando sean causas complejas. Ahora, ya en el Gobierno, acaban de renunciar a esa posición.

Ese artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece un plazo máximo, un tope que no se puede superar y que ya ha provocado archivos de destacadas causas, especialmente vinculadas a asuntos de corrupción, y amenaza con provocar más. Tanto, que PSOE y Unidas Podemos llamaron a este artículo «ley Berlusconi» o «ley de impunidad» y prometieron en todos sus programas electorales derogar el artículo, hasta convertirlo en su principal bandera de sus propuestas de Justicia. Proponían expulsarlo del ordenamiento jurídico, de tal forma que ya fuera posible archivar causas que se prolongaran más allá de esos plazos. Hay que tener en cuenta que, según explicaban esos partidos, la mayoría de las causas de corrupción requieren diligencias complejas, como comisiones rogatorias, que dilatan los procesos.

En el acuerdo de gobierno firmado por Pedro Sánchez y Pablo Iglesias el pasado mes de diciembre, se anunciaba claramente la supresión de ese artículo. «Sustituiremos el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, eliminando el plazo máximo de instrucción por ser una limitación para la lucha contra la corrupción», aseguraba aquel pacto. Y Unidas Podemos reiteró al inicio de la legislatura la presentación de una proposición de ley de artículo único en la que simplemente se proponía la supresión de dicho artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sin embargo, la pasada semana, ambos partidos dieron un sorprendente giro en la Comisión de Justicia del Congreso, al presentar y aprobar una enmienda en la que simplemente se eleva el plazo de seis meses a 12 meses, prorrogables. El texto incluye una previsión en la que se dota al juez de la posibilidad de acordar prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses. No obstante, las causas archivadas hasta el momento lo han sido en muchos casos por no acordarse en plazo estas prórrogas.

Fuentes de las formaciones firmantes aseguran que la posibilidad de alargar la investigación a criterio de los instructores evitará los cierres en falso de procedimientos pero sin embargo, no todos lo ven igual. En la misma exposición de motivos de la ponencia aprobada se recuerda, sin ir más lejos, que «seis asociaciones judiciales y fiscales pidieron la suspensión de su entrada en vigor, calificando públicamente la reforma, en un comunicado conjunto, de auténtica ley de punto final».

El texto aprobado en la Comisión de Justicia irá ahora al Senado y si no hay modificaciones entrará en vigor tal cual. Fuentes del Ministerio de Justicia explican que la idea era lograr consenso sobre esta norma, aunque finalmente el PP no se sumó. Justicia quiere iniciar en octubre el largo trámite de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dará la instrucción a los fiscales, y que también establecerá plazos máximos para la instrucción.

La renuncia a eliminar estos plazos provocó la semana pasada un duro comunicado de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), que aseguraba, entre otras cosas, que “los ciudadanos y ciudadanas de este país han de saber que si, finalmente, se acuerda mantener plazos cortos de investigación, las consecuencias procesales serán funestas para la persecución de los delitos sin perjuicio de que el Ministerio Fiscal intente, como siempre, cumplir de la manera más efectiva sus funciones con los mecanismos procesales puestos a su disposición a fin de conseguir la mejor y más justa respuesta para los afectados y para la sociedad en su conjunto”.

Además, el texto aprobado en el Congreso incluye una polémica disposición transitoria que señala que «la modificación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contenida en el artículo único será de aplicación a los procesos en tramitación a la entrada de vigor de la presente ley. A tal efecto, el día de entrada en vigor será considerado como día inicial para el cómputo de los plazos máximos de instrucción establecidos en aquel».

Es decir, cuando entre en vigor, todos los plazos se pondrán a cero. Para el portavoz del PP en la Comisión de Justicia, Luis Santamaría, supone aplicar de manera retroactiva un precepto penal, lo que obviamente no es posible. Según esta lectura, podrían recurrir esta retroactividad al Tribunal Constitucional quienes consideren que el proceso contra ellos alcanzaba el fin del plazo y ahora se encuentran con que empieza desde cero.

Archivos

Los plazos fijados han provocado más de un sobresalto durante su vigencia y complican el futuro de dos de las principales causas de corrupción vinculadas al Partido Popular: Púnica y Lezo. Hace unos meses, el expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez, que dimitió en 2017 salpicado precisamente por la primera macrocausa, se libró definitivamente del banquillo gracias a la reforma. La Fiscalía Anticorrupción no pidió la ampliación del plazo de instrucción y el Tribunal Superior de Justicia de Murcia lo absolvió pese a las evidencias en su contra. Otro de los procedimientos herido de muerte por la reforma fue el caso de la desaladora de Escombreras, para el que se aceptó fuera de plazo la ‘complejidad’ de la causa.

Lo sucedido puede ser solo la punta del iceberg. La Audiencia Nacional tiene hasta el próximo 27 de agosto para terminar las diversas piezas de la trama a que se vincula a Francisco Granados. La Fiscalía redujo su magnitud, consciente de que el volumen comenzaba a ser inmanejable, a 11. Solo se ha juzgado una de ellas, la relacionada con el chivatazo de un guardia civil. El procedimiento, en el que se encuentran imputadas las expresidentas madrileñas Cristina Cifuentes y Esperanza Aguirre, arrancó el 27 de octubre de 2014, cuando se detuvo al exnúmero dos del PP de Madrid junto a otro medio centenar de personas.

Con la línea roja a finales de agosto, es muy difícil que la tramitación de la enmienda alcance para dar aire a la instrucción de esta primera trama. Cosa distinta sucede con la Lezo, que se ha instruido de forma más rápida y, además, es posterior. Dos de su piezas se han enviado ya a juicio en esta macrocausa centralizada en las actividades irregulares de Ignacio González, pero aún continúan instruyéndose varias más.

Fuentes fiscales consultadas apuntan, además, que el problema generado por los plazos se ha producido también en relación con causas por delitos de compleja investigación que no han tenido resonancia pública. Casos que no han sido conocidos y divulgados a través de los medios de comunicación y que han desembocado en archivos e impunidad.