Los planes de pensiones de empresa informarán al trabajador de cuál será su pensión privada futura

Los trabajadores que tengan un plan de pensiones privado a través de su empresa tendrán a partir de ahora una idea más aproximada de cuánto dinero obtendrán de ese producto al jubilarse. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que transpone a la legislación española varias directivas europeas, entre ellas una que obliga a los fondos de pensiones de empleo a informar a sus partícipes y beneficiarios de la cuantía futura estimada de esa pensión privada, además de imponerles a los gestores de esos planes requisitos de buen gobierno y supervisión.

La norma exige a las entidades gestoras de los planes, básicamente bancos y aseguradoras, que remitan a los empleados adscritos una declaración de las prestaciones de pensión, que incluirá, entre otra información, una previsión de la pensión futura del trabajador, los derechos consolidados o el capital acumulado, los riesgos que asume y los costes de gestión. Ahora bien, también incorporará una limitación de responsabilidad por la que la entidad gestora aclarará que se trata de una estimación y no un compromiso de rentabilidad. El contenido de esa declaración y la fórmula de cálculo de esa estimación serán detalladas posteriormente por el Gobierno a través de un reglamento que desarrollará este y otros aspectos de la norma.

Este cambio legal solo afecta a los partícipes de planes de pensiones de empleo, que son aquellos que promueven algunas compañías en general para sus trabajadores. En España hay 1.284 planes de este tipo, y los más voluminosos son los de grandes compañías como bancos, eléctricas y telecos, muchas de ellas antiguas empresas públicas, y la Administración pública. Los planes de empleo acumulan 35.710 millones de euros de patrimonio y tienen menos de dos millones de partícipes; es decir, solo uno de cada diez empleados en España tiene un plan de este tipo, pese a que es un producto que en la anterior legislatura el Pacto de Toledo, antes de cerrar sin ningún acuerdo, lo incorporó a última hora como un posible complemento para la pensión pública.

La gestión de los planes

A esta exigencia, que contrasta con el incumplimiento reiterado del Gobierno desde 2011 de la exigencia legal de informar por carta a los ciudadanos de cuál será su pensión pública esperada, se le sumarán otras en materia de buen gobierno y supervisión, además de regularse la movilización de estos planes entre distintos países de la Eurozona. Los fondos de empleo deberán contar con una buena política de inversiones; los integrantes de la comisión de control deberán cumplir requisitos de aptitud y honorabilidad, y los fondos tendrán funciones de auditoría interna, actuarial y de gestión de riesgos. Fuentes del Ministerio de Economía aseguran que el impacto será limitado porque la legislación nacional ya preveía muchas de esas exigencias. Ahora bien, la función de gestión de riesgos, por ejemplo, no era tan habitual, y deberá incorporarse a los planes, lo que podría elevar sus costes.

La transposición de esta directiva comunitaria al ordenamiento jurídico español tenía que haberse hecho hace ya más de un año, según el plazo fijado por la Comisión Europea a los Estados miembros, de ahí que el Gobierno haya decidida aprobarla de forma urgente a través de un real decreto. Por igual motivo en ese decreto se incluye la transposición de la directiva de distribución de seguros, cuyo plazo se agotó el 1 de julio de 2018, de forma que España corría riesgo de ser multada por el Ejecutivo comunitario por esa excesiva demora en adoptar la norma. De hecho, es el único país que aún no había incorporado la directiva.

Multas más altas por la venta irregular de seguros

La nueva ley de distribución de seguros, que busca elevar la protección de los clientes de las compañías de seguros a la hora de contratar sus pólizas, establece, entre otras novedades, requisitos de formación y competencia profesional a los agentes, corredores y empleados de aseguradoras y la obligación de asesorar e informar al cliente sobre el producto y sus costes y los posibles honorarios del mediador. Es más, en el caso de aquellos de más riesgo, como los «unit linked», la entidad o mediador hará un análisis previo y periódico de la idoneidad, los conocimientos y el perfil de riesgo del asegurado, le informará de los riesgos del producto y le aconsejará no suscribirlo si considera que es un seguro muy complejo para el cliente.

En este sentido, la norma endurece el régimen de sanciones e infracciones, contemplando multas millonarias por la venta irregular de pólizas. En concreto, en caso de que la aseguradora incumpla las obligaciones de información y conducta durante la comercialización de productos de inversión basados en seguros, como los citados «unit linked», la entidad se enfrentará a una multa de hasta cinco millones de euros o el 5% del volumen de negocios anual total de la compañía, o hasta el doble del importe de los beneficios obtenidos o de las pérdidas evitadas con la infracción. Hasta ahora esta infracción se sanciona con multas de 30.000 a 150.000 euros.

La norma también afectará, además de a corredores de seguros, agentes y compañías aseguradoras, a aquellos mediadores de seguros complementarios, como las agencias de viajes que venden pólizas ligadas a sus viajes y las empresas que alquilan vehículos. Además, se establece que los comparadores de seguros, que en casi todos los casos son propiedad de alguna compañía de seguros, tengan detrás el respaldo de un mediador.