Ayuso inicia el trámite para crear el registro de médicos objetores del aborto en Madrid

Con este paso se inicia formalmente el procedimiento para la creación de dicho registro, en cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia

La Comunidad de Madrid ha hecho público este miércoles, a través de su Portal de Transparencia, el borrador de una orden de la Consejería de Sanidad destinada a poner en marcha un registro de profesionales médicos que se declaran objetores de conciencia frente al aborto. El documento se somete ahora a un proceso de consulta pública que permanecerá abierto durante un plazo de 30 días hábiles.

Con este paso se inicia formalmente el procedimiento para la creación de dicho registro, en cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Este órgano judicial ha instado a la administración autonómica a desarrollarlo e implementarlo conforme a lo acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) el pasado 16 de diciembre de 2024.

Durante el periodo de consulta, que comienza a contar desde el día siguiente a su publicación, el 1 de abril, las aportaciones ciudadanas deberán remitirse a través del Portal de Participación de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, será posible presentar sugerencias por cualquiera de las vías recogidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En esos casos, las propuestas deberán dirigirse a la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, dependiente de la Consejería de Sanidad.

Cabe recordar que el pasado 9 de marzo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid requirió al Ejecutivo autonómico, presidido por Isabel Díaz Ayuso, que iniciara sin demora la tramitación necesaria para crear este registro de objetores en el ámbito de la interrupción voluntaria del embarazo.

La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó entonces las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio de Sanidad, tras la negativa del Gobierno regional a aplicar la normativa vigente en materia de aborto.

En su resolución, el tribunal precisaba que, si bien no se exige la puesta en funcionamiento inmediata del registro, sí se obliga a la Comunidad de Madrid a activar los procedimientos administrativos necesarios para su desarrollo e implantación, de acuerdo con la legislación en vigor.