La Comisión de Venecia cuestiona las últimas cesiones de Sánchez a Puigdemont en la ley de amnistía

Denuncia que no hay causa justificada para ampliar al espacio temporal y recomienda que se reduzca el ámbito de los que puedan beneficiarse

Puigdemont valora volver a España tras aprobarse la amnistía para ser investido presidente de la Generalitat

El dictamen final de la Comisión de Venecia endurece todas las críticas que ya contenía el borrador a la ley de amnistía y cuestiona algunas de las últimas cesiones del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a Carles Puigdemont para que se aprobara la norma en el Congreso, como la ampliación del ámbito temporal.

La Comisión de Venecia denuncia que no existe ninguna causa justificada para ampliar el alcance temporal de la amnistía, que tras la última modificación se amplía hasta el 1 de noviembre de 2011. «La amnistía se aplica a un muy largo periodo de tiempo —entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023—. El legislador español no ha dado ninguna explicación de por qué estas fechas son adecuadas. La Comisión de Venecia recomienda reducir el ámbito temporal de la aplicación de la amnistía». Esta ampliación de fechas fue uno de los cambios introducidos por los independentistas y aceptados por el Gobierno para que el dictamen final se aprobara este jueves en el Congreso.

Otra de las denuncias que se hacen en el informe final es que estos dos meses de adelanto sobre la fecha inicial propuesta (que era el 1 de enero 2012) ponen el foco en otra de las críticas que ya se hacía en el borrador, que era la de que las amnistías deben ser normas que se diseñen para beneficiar a personas concretas. «Esta reciente extensión del ámbito temporal sin ninguna justificación incrementa la preocupación en este sentido», señala.

El propio biministro de Justicia y Presidencia, Félix Bolaños, aseguró tras el pacto alcanzado con Junts y ERC que se trataba de incluir en la amnistía a quienes tuvieran cuentan no sólo penales sino también «contables» relacionadas con el ‘procés’. Una clara referencia a las actuaciones del Tribunal de Cuentas, que afectaron incluso en su día a Artur Mas, el antecesor de Puigdemont en la presidencia de la Generalitat. Lo haya explicado o no el legislativo, como dice el informe, esa es la razón de haber ampliado hasta noviembre de 2011 el ámbito de las conductas incluidas en la amnistía.

En materia de terrorismo, la Comisión de Venecia señala que se debe garantizar que en la interpretación de las exclusiones el principio rector será que las amnistías sólo son compatibles con los estándares internacionales si las violaciones graves de derechos humanos quedan excluidas de su ámbito de aplicación. Además, incluye una consulta a la Comisión Europea en la que se subraya «que la redacción actual del Artículo 2c (de la ley de amnistía española) significa que no todos los delitos terroristas tipificados por la Directiva [UE 2017/141 sobre la lucha contra el terrorismo] están excluidos del alcance del proyecto de la ley de amnistía».

Respeto al poder judicial

También es contundente la Comisión de Venecia con el poder judicial, al que los independentistas señalaban de nuevo este jueves durante el debate previo a la aprobación de la ley, instándoles a no poner trabas a la aplicación de la misma. «En cuanto a la independencia del poder judicial y la separación de poderes, el dictamen señala que las amnistías tienen por efecto anular o impedir las decisiones y los procedimientos judiciales. En opinión de la Comisión, para ser coherente con el principio de separación de poderes, se debe confiar al poder judicial la decisión de si personas específicas cumplen los criterios generales determinados por el Parlamento para aplicar la amnistía», explica la CdV.

En cuanto a la separación de poderes, el órgano europeo señala que «para cumplir con los principios de separación de poderes y de independencia del poder judicial, las comisiones de investigación establecidas en el Congreso no deberían tener el mandato de citar, ni buscar requerir, ni siquiera invitar a los jueces a presentar informes ante ellas, en particular sobre los méritos de los casos que han decidido. Por lo tanto, no es suficiente que los jueces no estén obligados a comparecer en el parlamento».

En ese sentido, cabe decir que Bolaños y Sánchez han reiterado que no se iba a requerir la presencia de ningún magistrado en este tipo de comisiones de investigación.

No se quedan ahí las recomendaciones de este órgano consultivo, cuyo informe no es vinculante pero que sí es tenido en cuenta por las diferentes instituciones europeas que tendrán que decidir sobre la amnistía española. Al igual que hacía en su borrador, insiste en la necesidad de que las autoridades «intenten alcanzar una mayoría cualificada superior a la mayoría absoluta de los miembros del Congreso».

Además, señala que el proyecto de la ley de amnistía ha abierto «una profunda y virulenta división en la clase política, las instituciones, el poder judicial, el mundo académico y la sociedad española».