Los socios de Sánchez pretenden utilizar la modificación de ese artículo, aparentemente bienintencionada e inofensiva, para penetrar en las entrañas de la Carta Magna. Basta con remitirse a los hechos
Para el PSOE, Alberto Núñez Feijóo es -entre otras cosas- ese insensible líder de la oposición que se niega a cerrar un acuerdo para reformar el artículo 49 de la Constitución porque no le importan los discapacitados.
En los últimos días, coincidiendo con el 45º aniversario de la Carta Magna, ha arreciado la presión sobre el presidente del PP para que se avenga a modificar ese artículo y sustituir, de una vez por todas, el término «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos».
Se lo han pedido públicamente la presidenta del Congreso, Francina Armengol, en su discurso con motivo del 6 de diciembre; el nuevo ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Bustinduy; el delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Francisco Martín; y el presidente de la Comisión Constitucional del Congreso, José Zaragoza. Y el miércoles, en los corrillos del día de la Constitución, Pedro Sánchez explicó que éste es uno de los tres asuntos urgentes que quiere tratar con Feijóo en la reunión a la que convocará al líder de la oposición en la Moncloa antes de fin de año. Junto con la renovación del CGPJ y el nuevo sistema de financiación autonómica.
Pero desde el PP se apresuraron a contestar que, en esta legislatura, con Carles Puigdemont de gobernador y un diplomático salvadoreño de verificador, no se dan las «garantías» para hacer pasar a la Constitución por el quirófano. Ni siquiera para lo que aparentemente sería una cirugía mínimamente invasiva. Al final de la pasada legislatura hubo un acercamiento de posturas, pero el adelanto electoral lo frustró.
¿Qué clase de desalmado es Feijóo, que no accede a una petición justa y del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad y de la Plataforma del Tercer Sector?, ¿por qué se empeña en mantener una terminología ofensiva y discriminatoria, a decir de los discapacitados?, se pregunta el PSOE.
La clave la dio hace unos días el presidente del Grupo Social ONCE, Miguel Carballeda. Éste instó al nuevo Gobierno a cambiar el artículo 49 de una vez por todas, pero a renglón seguido pidió que no se aproveche esa modificación para «otras pretensiones políticas», porque sería «feo». Carballeda sabe de lo que habla.
Los independentistas quieren valerse de la reforma del artículo 49 para hacer un butrón en la Carta Magna
El PP no solo puede desconfiar, sino que debe desconfiar. Los socios parlamentarios de Sánchez pretenden utilizar la reforma el artículo 49 para penetrar en las entrañas de la Constitución. No es necesario elucubrar, sino que basta con remitirse a los hechos recientes.
El proyecto de reforma que aprobó el Consejo de Ministros en mayo de 2021 llevaba más de un año y medio atascado en la Comisión Constitucional del Congreso cuando, el pasado mes de enero, el PSOE quiso retomarlo. El PNV y Junts vieron el hueco y se apresuraron a presentar sus enmiendas parciales. El partido de Puigdemont registró cuatro; el de Andoni Ortuzar, once. Solo una de ellas -del PNV- tenía que ver con el artículo 49. Las otras 14 perseguían un único fin: desarmar al Estado y sus instituciones. Esas 14 enmiendas son las 14 mejores pruebas de que el PP tenía y tiene motivos para no fiarse.
La primera enmienda de Junts abogaba por incluir en el texto constitucional la amnistía, para anular ese argumento esgrimido estos meses por muchos juristas de que si la Carta Magna prohíbe los indultos generales más aún la amnistía. Los de Puigdemont proponían este añadido al artículo 117: «Por ley orgánica se regulará el ejercicio del derecho de gracia mediante el indulto y la amnistía». Luego ha resultado que ya no les hará falta que la Carta Magna incorpore una alusión directa a la amnistía: la tendrán aun sin ella.
Su segunda enmienda era para echar por las bravas a los vocales del CGPJ que deberían haber sido renovados, mediante un añadido en el artículo 122: «Los vocales del Consejo General del Poder Judicial cesarán en todas sus funciones una vez haya finalizado el mandato de cinco años para el que fueron nombrados, dejando de ser de aplicación todas las prerrogativas inherentes al cargo, incluido todo tipo de retribución (…)».
En su tercera enmienda iban a por el Tribunal de Cuentas, que ha llevado una causa por el desvío de fondos públicos para organizar el referéndum ilegal y la campaña del procés en el extranjero. En concreto, Junts proponía eliminar de un plumazo el artículo 136.3, que blinda la «independencia e inamovilidad» de los miembros del Tribunal de Cuentas, y someterlos de la siguiente forma: «Los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación del Tribunal de Cuentas».
Y en su cuarta enmienda apuntaban aún más alto: directamente contra el Tribunal Constitucional, para que en el futuro no pudiera inmiscuirse en las decisiones adoptadas por el Parlament, como lo hizo en 2017 con las famosas leyes de desconexión. La nueva redacción que proponía Junts para el artículo 161 de la Constitución era: «De acuerdo con el principio de inviolabilidad parlamentaria, se prohíbe al Tribunal Constitucional la remisión de mandatos en ejecución de sus resoluciones a los parlamentarios estatales o autonómicos. Tampoco podrán hacerlo los jueces y tribunales ordinarios».
El PNV, contra el Rey, el 155 y el Ejército
Por lo que respecta a las enmiendas del PNV, en el lote iba, en primer lugar, mutilar el artículo 2 de la Carta Magna para borrar la mención a que se fundamenta en la «indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles». También eliminar el artículo 155 por completo, incluir el derecho de autodeterminación (que solo existe en los textos constitucionales de Etiopía y la isla caribeña de San Cristóbal y Nieves) y reducir la inviolabilidad del Rey a sus funciones estrictamente institucionales.
El PNV utilizó sus enmiendas para incorporar el inexistente derecho a la autodeterminación en la Constitución
Así como despojar a las Fuerzas Armadas de su función de defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional (establecido en el artículo 8) e impedir que el Constitucional suspenda automáticamente una ley autonómica que haya sido impugnada por el Gobierno.
La Constitución estipula en su artículo 167.3 que cualquier reforma en su articulado debe ser sometida a referéndum para su ratificación si así lo solicita una décima parte de los miembros del Congreso o del Senado. Es decir, 35 diputados. La legislatura pasada, ERC, el PNV, Bildu, el PDeCAT, Junts, la CUP y el BNG sumaban justo esa cifra. En ésta la cuenta es distinta: siete de Junts, más siete de ERC, más seis de Bildu, más cinco del PNV, más cinco de Podemos, más uno del BNG hacen un total de 31. Así que, sin el concurso del grupo parlamentario de Sumar, o directamente del socialista, los independentistas no alcanzarían ese listón. Pero dados los precedentes, el PP no se fía de Sánchez y sus «cambios de opinión». Ni respecto al artículo 49 ni respecto a nada.