El TC defiende la suspensión: «El Parlamento también está sujeto a la Constitución»

Fuentes del tribunal defienden la paralización cautelar de la reforma del Gobierno, a la que se opusieron 5 magistrados, y ven «selectiva» la recusación de 2 jueces conservadores por PSOE y Podemos

El eco mediático y político provocado por la suspensión de la reforma del Gobierno que acelera la renovación del Tribunal Constitucional (TC) todavía resonaba ayer tras las más de nueve horas de debate y el estrecho margen –un solo voto– con el que se adoptó la decisión. Pero en el tribunal, sin embargo, se mantenía la calma y se insistía en encuadrar lo sucedido en la normalidad institucional, intentando quitar hierro a presumibles tensiones entre los magistrados a lo largo de la maratoniana sesión del lunes.

«El debate no fue tenso, fue de exposición de razonamientos, puramente jurídico», hacen hincapié las fuentes consultadas, que al mismo tiempo desvinculan al Constitucional de cualquier responsabilidad en perpetuar el bloqueo en la renovación de la institución, pendiente desde el pasado junio, cuando cuatro magistrados –incluido el presidente, Pedro González-Trevijano– agotaron sus mandatos. «El tribunal no es responsable de que los partidos no se hayan puesto de acuerdo en su renovación», señalan.

Pero, sobre todo, los magistrados que adoptaron la decisión –a la que se opusieron los cinco magistrados progresistas– quieren dejar claro que la suspensión de la tramitación parlamentaria no supone socavar la soberanía parlamentaria. «La soberanía no es del Parlamento, sino del pueblo español, como estipula el artículo 1.2 de la Constitución. Por lo tanto, el Parlamento también está sujeto a la Constitución, que todos los poderes públicos sin excepción tienen que cumplir».

Los seis magistrados conservadores discrepan en este asunto con sus compañeros progresistas, que les advirtieron que, de acordar la suspensión cautelarísima, el TC estaría «bloqueando la normativa de desbloqueo de la renovación que el Parlamento estaba intentando aprobar».

Fuentes del bloque conservador recuerdan que el artículo 1.1 de la Carta Magna establece como uno de los valores superiores de su ordenamiento jurídico el pluralismo político. «El respeto a esa pluralidad es muy importante y el Tribunal Constitucional está obligado a hacerlo respetar, garantizando el derecho de representación de las minorías». «El tribunal lo que ha hecho ha sido desamordazar al Parlamento al permitir a las minorías ver respetados unos derechos que han podido ser vulnerados» en la tramitación parlamentaria de la polémica modificación legal.

Pese a la evidente distancia en los planteamientos de los magistrados, recalcan que «no hubo reproches personales entre unos y otros», aunque por parte de los magistrados progresista se puso de manifiesto de forma recurrente –recuerdan– que la decisión que se iba a adoptar era «gravísima, no tenía precedentes y no se daban los requisitos necesarios para adoptar una suspensión cautelarísima que en su opinión vulnera la inviolabilidad parlamentaria».

Pero desde el bloque mayoritario recalcan que «si el Parlamento fuese soberano, el Tribunal Constitucional no podría anular las leyes que aprueba ni sus actos legislativos».

Asimismo, defienden la posición del Pleno sobre la improcedencia de discutir en el Pleno de ayer las recusaciones planteadas por PSOE y Podemos, que intentaron apartar a los dos magistrados que fueron designados por el Gobierno de Rajoy y que deberían dejar su puesto si entra en vigor la reforma (pero no a los otros dos que abandonarán el TC en la renovación pendiente). «Como coadyuvantes, pueden sumarse a las recusaciones de la parte demandada (el Congreso), pero no ahora», defienden recordando que al debatir la adopción de una suspensión cautelarísima «dado que es una situación de excepcionalidad la medida se adopta sin escuchar a las partes».

«En todo caso –precisan– era una recusación selectiva» (al limitarse a dos de los cuatro magistrados pendientes de renovación) y se remiten al auto del TC que en diciembre del pasado año estableció las pautas para rechazar recusaciones que se consideren «fraudulentas». En esa resolución, acordada por unanimidad, el Pleno estableció –recuerdan esas mismas fuentes– que las recusaciones deben inadmitirse de plano cuando se constata «un uso manifiestamente abusivo del ejercicio de esa facultad por parte de los recurrentes, tendentes a impedir el normal ejercicio» de la jurisdicción del TC (en ese caso, apartar a los magistrados Concepción Espejel y Enrique Arnaldo suponía dejar al Constitucional sin el quórum necesario para poder adoptar decisiones).

Fuentes del TC niegan que tras la decisión haya complot alguno y mucho menos un golpe de estado de togas (como sugirió el diputado socialista Felipe Sicilia). «Lo que hay es un restablecimiento del equilibrio de poderes, que es la misión del tribunal». Y en cuanto al posible deterioro de la imagen del TC son concluyentes: «El tribunal ha tenido muchos momentos de estar en primera fila. Siempre ha habido división de opiniones, pero si renunciamos a hacer nuestro trabajo, mejor bajar la persiana».