La Abogacía del Estado insta al juez Llarena a pedir la suspensión de la inmunidad de Puigdemont

FILE PHOTO: Former Catalan leader Carles Puigdemont shows a badge at the European Parliament in Brussels, Belgium December 20, 2019. REUTERS/Johanna Geron/File Photo

La Abogacía del Estado ha presentado este viernes un informe sobre la incidencia que tiene para el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el ex conseller Toni Comín la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea(TJUE) como europarlamentarios que han adquirido la inmunidad.

En su escrito, la abogada Rosa María Seoane pide al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que solicite «a la mayor brevedad» la suspensión de las inmunidades de Puigdemont y Comín al Parlamento europeo y que le comunique la sentencia de la Sala Segunda -traducida en inglés y francés- donde se condenó hasta a trece años de prisión a los líderes del 1-O por delitos de sedición y malversación para la «comprensión de la inexistencia de cualquier tipo de fumus persecutionis o motivación política en el enjuiciamiento de estos hechos». En este caso, la postura de la Abogacía es similar a la de Fiscalía.

Los servicios jurídicos del Gobierno entienden que la inmunidad procesal prevista en el Protocolo de la Unión afecta al procedimiento judicial de ejecución de la orden de detención europea seguido en Bélgica contra ambos ex miembros de la Generalitat.

En este sentido, la abogada del Estado estima que, para el mantenimiento de las euroórdenes contra Carles Puigdemont y Toni Comín, «resulta indispensable» una decisión del Parlamento Europeo a fin de permitir la continuación del procedimiento de ejecución de las peticiones de entrega que se están desarrollando en Bélgica.

Precisamente este jueves, el juez belga procedió a acordar la suspensión de la tramitación de la euroorden contra Puigdemont tras conocer el fallo de Luxemburgo en virtud de la decisión-marco que rige las órdenes europeas de detención y entrega.

Seone defiende en sus alegaciones que procede igualmente acordar la comunicación al tribunal belga de la suspensión de la tramitación de la orden europea de detención en tanto no recaiga resolución del Parlamento Europeo sobre el levantamiento de la inmunidad de los ex miembros del Govern.

La sentencia del TJUE estableció que una persona que ha sido oficialmente proclamada electa al Parlamento Europeo ha adquirido, por este hecho y desde ese momento, la condición de miembro de dicha institución, a efectos del artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión.