Europa traslada a España la decisión sobre Junqueras

El Parlamento Europeo dejará en manos de España la decisión de suspender a Oriol Junqueras como europarlamentario. Fuentes de la Eurocámara, en la que el líder de ERC obtuvo un escaño en las elecciones del domingo, apuntan que la institución «no tiene atribuciones para suspender a un diputado», una facultad que sí tiene el Congreso de los Diputados, por lo que, en su caso, tendrán que ser las autoridades españolas las que se pronuncien al respecto. «La suspensión, si se dicta, se dicta en España», subrayan. Aunque esas mismas fuentes eluden pronunciarse sobre a qué organismo le compete tomar esa decisión, todo apunta a que la que asumiría la patata caliente sería la Junta Electoral Central, encargada de trasladar al Parlamento de la UE el listado de 54 eurodiputados elegidos en nuestro país.

Sea como sea, la elección de Junqueras vuelve a abrir un escenario de incertidumbre en el juicio del «procés» cuando aún no se ha apagado la polémica por la suspensión como diputado del Congreso del líder de ERC y de los otros cuatro parlamentarios presos. Los servicios jurídicos del Parlamento europeo ya dejaron claro que Carles Puigdemont, que también ha conseguido un escaño en Bruselas, debe recoger su acta en Madrid, lo que supondría su detención inmediata y su ingreso en prisión. Pero con Junqueras la situación se complica. Una vez que jure o prometa la Constitución en el Congreso –trámite imprescindible para formar parte del listado de eurodiputados que se remitirá a Bruselas, y para el que el tribunal debería autorizar su salida de prisión–, el líder independentista debe afrontar otros dos pasos. Por un lado, presentar en Bruselas sus credenciales, una declaración por escrito en la que constate que no incurren en ninguna incompatibilidad de cargos (de hecho, Junqueras deberá renunciar previamente a su condición de diputado nacional) y un documento donde reseñe sus intereses económicos que se incorpora a su ficha personal en la web oficial de la Eurocámara. Si estos trámites exigen su presencia en la sede del Parlamento europeo, como sostienen fuentes comunitarias, el tribunal se verá en la tesitura de otorgarle un permiso extraordinario para que, debidamente custodiado, pueda desplazarse a Bruselas a cumplimentarlos hasta el próximo 28 de junio. Ni que decir tiene que esas salidas de prisión de Junqueras obligarán a suspender la vista oral, como ya sucedió los pasados días 20 y 21 cuando los presos electos se enfrentaron a similares requisitos en el Congreso y el Senado.

Pero más allá de esas autorizaciones puntuales, la defensa del líder de ERC pondrá previsiblemente sobre la mesa de la Sala la exigencia de que el tribunal solicite permiso al Parlamento europeo para seguir procediendo contra el político independentista una vez adquiera la inmunidad, lo que se producirá a partir del próximo día 2 de julio, cuando se constituye la Cámara comunitaria, una sesión en la que Junqueras deberá estar además presente. Para alivio del tribunal, para esas fechas el juicio del «procés» habrá escuchado ya el visto para sentencia, por lo que la iniciativa no supondría la suspensión de la vista.

La petición de esa suerte de «suplicatorio» fue rechazada ya por el tribunal en el caso del dirigente republicano y de los otros cuatro parlamentarios electos: Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull, de JxCat, y Raül Romeva, también de ERC. En aquella ocasión, la Sala concluyó que pedir permiso al Congreso o al Senado para poder seguir juzgándoles cuando hace meses que están procesados y el juicio encara ya su recta final supondría una «injerencia» del poder legislativo y, además, implicaría un retraso injustificado que pondría incluso en peligro la prueba practicada hasta el momento y acarrearía indefensión para el resto de acusados.

De ahí que la contundencia del tribunal del «procés» permita aventurar que si, como parece, la defensa de Junqueras insta a los magistrados a solicitar esa autorización del Parlamento europeo, una vez revestido de la inmunidad, la Sala rechace de plano esa posibilidad, que obligaría a recabar el plácet de Bruselas a la actuación de la Justicia española contra el líder soberanista por rebelión y malversación.