La vivienda se convierte en Aragón en un derecho exigible ante los tribunales

El anteproyecto de Ley de Vivienda de Aragón contempla  la vivienda como un derecho subjetivo, es decir, esta ley garantizará el derecho a una vivienda digna, adecuada y accesible que favorezca el ejercicio del resto de los derechos fundamentales y del estado del bienestar y para ello fija una serie de parámetros de calidad. Este derecho podrá reclamarse ante los tribunales en situaciones de vulnerabilidad. Por otro lado, este anteproyecto también abre  la posibilidad de expropiar la vivienda en el caso de que no cumpla la función social para la que está concebida, como es su uso residencial y su efectiva ocupación, pero de acuerdo con unos criterios estipulados. Según fuentes del Gobierno de Aragón, la expropiación no se efectuaría por el mero hecho de estar vacío el inmueble, sino que sería el último recurso, y en caso de infracciones muy graves, tras haber incumplido sanciones previas.

Así lo ha explicado el consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno en la que se ha tomado en conocimiento dicho anteproyecto.

El objetivo del Gobierno autonómico es que el proyecto de Ley pueda estar concluido el próximo verano, una vez finalizado el proceso de participación ciudadana, que comienza el próximo lunes día 12, para su remisión a las Cortes.

En este sentido, se ha mostrado convencido de que «será una ley prioritaria» y que las Cortes harán «lo necesario para que salga adelante en esta legislatura» y aunque ha subrayado que es una norma vanguardista que incorpora doctrina del Tribunal Constitucional, no descarta que pueda ser recurrida por el PP que «no tiene en frente a la ciudadanía si no a los bancos».

Se trata, ha dicho Soro, de una ley que «pone a las personas como protagonistas de las políticas públicas» y que convierte al Gobierno en garante del derecho a la vivienda.

Los cuatro principios

El consejero Soro ha destacado en la presentación de este anteproyecto que se inspira en cuatro principios: la vivienda con un Derecho subjetivo y no como un bien de mercado de manera que todos los ciudadanos asociaciones pueden exigir judicialmente a las administraciones públicas el cumplimiento de esta Ley ante la Jurisdicción contencioso-administrativa; el Derecho de acceso a la vivienda y la posibilidad de que el Gobierno actúe en el caso de situaciones de vulnerabilidad para dotar de una alternativa habitacional; el Derecho al disfrute pacífico de la vivienda; y el Derecho a una vivienda digna y adecuada a las necesidades para poder contar con una calidad de vida.

Por otro lado, se regulan por primera vez los derechos del usuario de vivienda, tanto en lo que se refiere a la información y publicidad como a los requisitos de los contratos sobre la vivienda. Dentro de este conjunto informativo, destaca el derecho de información en relación con los sistemas de financiación (hipotecas o cualquiera otros), ya que es imprescindible para el acceso, pero también para el disfrute pacífico (evitar perder la vivienda por un mal sistema de financiación). Otra novedad fundamental es la obligatoriedad de la mediación cuando los actores que intervienen en un negocio jurídico entran en conflicto, no solo los contratos de compraventa, sino también los sistemas de financiación, como los préstamos hipotecarios.

Soro ha explicado que “se regula por vez primera la función social de la vivienda, que consiste en su utilización con fines residenciales y su efectiva ocupación: se incentiva la puesta en el mercado de las viviendas desocupadas y se corrigen las situaciones de incumplimiento mediante sanciones y procedimientos expropiatorios”. Dentro de esta función social se encuentra la definición de vivienda desocupada, lo que supone que su incumplimiento también podría conllevar sanciones en determinados casos.

En relación a las entidades financieras, sociedades inmobiliarias, SAREB, activos inmobiliarios y grandes propietarios, se establece la obligación de dar información a la administración sobre personas en riesgo de perder su vivienda. Esto permitirá a la administración prever las medidas que ha de tomar para garantizar la vivienda a dichas personas. El consejero ha señalado que “las entidades que adopten medidas para evitar el sobreendeudamiento y acepten la dación en pago como sistema ordinario para saldar las deudas tendrán absoluta prioridad en el trato con todas las administraciones públicas de Aragón”.

El Fondo de Vivienda Social de Aragón

En este anteproyecto se crea el Fondo de Vivienda Social de Aragón: un único sistema integrado para gestionar todas las viviendas sociales que gestionen todas las administraciones públicas, sea cual sea su procedencia.El consejero ha destacado que “en cuanto a la Vivienda Protegida, se recupera el control que la administración había perdido en la Legislatura anterior por los cambios introducidos por el PP”. Todas las adjudicaciones de vivienda nueva, así como las transmisiones de viviendas ya existentes, serán controladas por la Administración. Además, se recupera el sistema de sorteo. Otra de las principales novedades es que “la protección de la vivienda alcanza toda su vida útil de manera que eliminamos las especulaciones al no ser posibles las descalificaciones”. Por último, el Gobierno de Aragón creará el Observatorio de la Vivienda de Aragón, una unidad administrativa que permitirá obtener datos a los poderes públicos para que puedan tomar decisiones fundadas en bases científicas.