Gibraltar, aislado de Europa en el caso de un Brexit sin acuerdo

Si vis pacem para bellum. Las instituciones europeas llevan meses diciéndolo. Primero, con la boca pequeña, para cubrirse las espaldas y meter presión. Pero ahora, con el reloj llegando a los últimos compases del Brexit, en voz más alta y con urgencia. Si quieres paz, prepárate para la guerra.

Con apenas 100 días por delante antes de la ruptura por las bravas, la Comisión Europea hizo público este jueves su último paquete de planes de contingencia para el escenario de que el próximo 29 de marzo no haya un acuerdo, prórroga ni una revocación del Artículo 50. Para una salida sin acuerdo, una posibilidad «catastrófica», en palabras de Jean-Claude Juncker y para la que, en realidad, nadie está remotamente listo.

Un paquete de 14 medidas para ámbitos como los servicios financieros, el transporte aéreo, las aduanas y la política en materia de cambio climático, en los que la falta de acuerdo «generaría fuertes perturbaciones para los ciudadanos y las empresas». Son medidas temporales, en general con un margen de aplicación de nueve a 12 meses, que no cubrirán a Gibraltar y que como explica Bruselas «en ningún caso podrán atenuar el impacto global de la falta de acuerdo, como tampoco compensarán de modo alguno la falta de preparación de las partes interesadas ni reproducirán plenamente las ventajas de la adhesión a la Unión o las condiciones de un eventual periodo de transición».

El caso de Gibraltar es único. Hay referencias explícitas en la Comunicación y en los corrillos de funcionarios y expertos a que lo vale para todo Reino Unido no se aplicará en ningún caso a la Roca. Las razones son dos. La primera, que a partir de abril deja de aplicarse a Reino Unido y por tanto al Peñón el derecho comunitario, primario y secundario. La segunda, que los planes de contingencia son para evitar catástrofes y un perjuicio económico serio a la UE, y nada de eso aplica a Gibraltar. Puede ser un drama para la zona del Campo, pero no para el conjunto de los 27.

Así, el territorio, que ayer fue obligado por la Comisión a recuperar hasta 100 millones de euros en impuestos no pagados por empresas beneficiarias de ayudas ilegales en su sistema fiscal, quedaría todavía más aislado, en situación crítica y en algunos temas prácticamente en un limbo a su suerte. Todo pendiente de la buena relación con España para los intercambios mínimos diarios y para el reconocimiento de los derechos de trabajadores y el paso de mercancías por tierra. Dado que sin acuerdo, tampoco vale ni el Protocolo establecido ni los cinco memorandos de entendimiento bilaterales firmados el mes pasado.

Un plan para evitar el caos

Durante tres semestres, y a pesar de las dificultades en la negociación, siempre se pensó que habría entendimiento entre Londres y Bruselas. Pero con el texto bloqueado y sin apoyos suficientes para la ratificación en Westminster, hay que ponerse de verdad en lo peor para mitigar la «disrupción».

El primer paso público sobre los planes de contingencia, elaborados y publicados por la Comisión pero en constante contacto y consultas con los Estados Miembro, se dio en julio. El segundo, hace apenas un mes. Y el tercer, anunciado precisamente por Juncker el pasado jueves tras la primera jornada del Consejo Europeo en el que los 27 le dijeron a May que si quería garantías adicionales volviera con una petición detallada.

So píldoras para evitar el caos, el colapso del espacio aéreo, de las fronteras o de los servicios financieros. No pueden conseguir que haya un escenario igual que el actual, y ni siquiera el mismo que se obtendría con la ratificación del Acuerdo de Salida. Son, y lo repite la Comisión mucho, decisiones y propuestas legales «unilaterales». Esto es, que aunque requieren en muchos casos la reciprocidad, no están sujetas a negociación y pueden ser revocadas, o incluso ampliadas, de forma discrecional.

«Se limitan a ámbitos específicos en los que es absolutamente necesario proteger los intereses vitales de la UE y en los que las medidas de preparación no son suficientes por sí solas. Por regla general, tendrán carácter temporal y alcance limitado y serán adoptadas unilateralmente por la UE. Las medidas tienen en cuenta los diálogos con los Estados miembros y son complementarias de las medidas de preparación ya adoptadas», explica el documento aprobado por el Colegio de Comisarios.

En el peor escenario, el 30 de marzo los aviones británicos no podrían cruzar el espacio aéreo comunitario ni viceversa. Los bienes y servicios colapsarían las fronteras o las empresas financieras dejarían de poder operar recíprocamente. La situación es tan dantesca que se requieren planes de emergencia para que, en la medida de lo posible, se mitigue todo ese caos.

Los derechos de los ciudadanos, punto clave

La gran obsesión y prioridad de los 27 desde el primer día de la negociación con Reino Unido ha sido la cuestión de los derechos de los ciudadanos. En su Comunicación, el Ejecutivo comunitario invita a los Estados miembros a adoptar «un planteamiento generoso por lo que se refiere a los derechos de los ciudadanos del Reino Unido en la UE, siempre que el Reino Unido mantenga una actitud de reciprocidad«.

A partir de abril, y si no hay Acuerdo ni periodo de transición, Reino Unido pasa a ser un tercer país. Pero la UE insta a los Estados miembros a adoptar medidas para garantizar que los ciudadanos del Reino Unido que residen legalmente en la UE en la fecha de la retirada sigan siendo considerados residentes legales.

«Los Estados miembros deben adoptar un enfoque pragmático a la hora de conceder el estatuto de residencia temporal», teniendo en cuenta que la Comisión ya adoptó una propuesta de Reglamento mediante la que se quiere eximir a los británicos de la obligación de visado, «a condición de que todos los ciudadanos de la UE estén igualmente exentos de los requisitos de visado del Reino Unido». Bruselas, eso sí, pide que no haya negociaciones bilaterales que rompan el bloque, la unidad. Que el miedo en los últimos momentos no lleve a estropear la idea común mediante apaños.

La estabilidad financiera

La City, una de las grandes preocupaciones económicas del continente, forma parte de los planes. Pese a eso, y «tras un examen exhaustivo de los riesgos vinculados a una falta de acuerdo en el sector financiero», la Comisión considera que «sólo es necesario un número limitado de medidas de contingencia para salvaguardar la estabilidad financiera».

En concreto, dos, temporales y condicionadas a la reciprocidad. Una extensión de 12 meses en la compensación centralizada de derivados (clearing houses) y otra de dos años «a fin de garantizar que no habrá perturbaciones en los servicios de depositarios centrales para los operadores de la UE que utilizan actualmente operadores del Reino Unido». Pero quedan fueran los bancos y aseguradoras que no tengan el «pasaporte» requerido para mantener su actividad en la Unión.

En el transporte aéreo hay avances también. Se ha pasado del «no volarán los aviones» de Michel Barnier a una serie de parches hasta marzo de 2020 para evitar la interrupción total del tráfico aéreo. «Estas medidas solo garantizarán una conectividad básica y no reproducen de ninguna manera las importantes ventajas de la adhesión al Cielo Único Europeo. Las medidas están supeditadas a la concesión por el Reino Unido de derechos equivalentes a las compañías de transporte aéreo de la UE y al establecimiento de condiciones de competencia equitativas», dice la Comunicación.

Así, se podría volar de Londres a París o a Madrid, y viceversa. Pero no podrá haber escalas donde se recojan pasajeros, por ejemplo. Igualmente, hay dos propuestas de reglamentos para garantizar temporalmente la prestación de determinados servicios aéreos entre el Reino Unido y la UE y la validez de determinados certificados de seguridad de la aviación. Así como el transporte de mercancías.

Las compañías aéreas con capital mayoritario británico dejarán de tener licencia para operar y el mensaje para algunas, como IAG, es claro: han sido advertidas de las consecuencias y están en «posición de tomar todas las medidas requeridas para cumplir con la ley europea». Por ejemplo, cambiando la composición del accionariado. si quieren garantizar «la continuidad de su negocio