Tribunales superiores de Justicia ven inconstitucional la reforma del CGPJ que quiere el Gobierno

La propuesta de reforma presentada por el Gobierno de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial por el turno judicial, para suprimir la necesidad de contar con una mayoría de 3/5 en las cámaras encuentra cada día más críticas y rechazo. No sólo ya de buena parte de la esfera política o de tres de las cuatro asociaciones judiciales -todas menos Juezas y Jueces para la Democracia- , de la Asociación Europea de Jueces e incluso desde Bruselas, donde ya han saltado las primeras voces alertando a España de lo que supondría sacar adelante esa reforma con el precedente de Polonia.

A todo ello se suma ahora las primeras voces a nivel institucional en esa misma línea: los tribunales superiores de Justicia de Extremadura, Castilla y León y Madrid -a través de sus respectivas Sala de Gobierno-, así como el Colegio de Abogados de Madrid han expresado oficialmente su rechazo a la pretendida reforma. Todos vienen a coincidir en que el la Proposición de Ley de PSOE y Unidas Podemos es, cuanto menos, de dudosa constitucionalidad.

Así, el TSJ de Extremadura ha expresado su rechazo ante cualquier modificación legislativa que suponga “una merma en las garantías de independencia judicial”, como sucedería, en su opinión, con la Proposición de Ley presentada el 13 de octubre de 2020 por PSOE y Unidas Podemos. Esta decisión ha sido adoptada por unanimidad de todos los integrantes de la Sala de Gobierno en la reunión mantenida esta misma mañana.

La Sala incide en que dicha independencia judicial sólo se conseguirá plenamente siguiendo las recomendaciones del Informe del Grupo de Estados Contra la Corrupción -GRECO- y de la Comisión de Venecia, “mediante la designación directa de los vocales judiciales del Consejo General del Poder Judicial por los propios jueces y magistrados”.

El TSJ de Castilla y León, por su parte, ha mostrado “su rechazo y su preocupación por una modificación normativa que supone una merma de las garantías de independencia judicial”. La Sala de Gobierno de esta tribunal considera que “la independencia solamente se conseguirá siguiendo las recomendaciones del informe GRECO y de la Comisión de Venecia, mediante la designación directa de los doce vocales judiciales del CGPJ por los propios jueces y magistrados”. Al mismo tiempo, el Tribunal considera imprescindible que, con el obligado respeto al espíritu de la Constitución, “se produzca el inmediato desbloqueo en relación con la renovación del CGPJ y de los restantes órganos constitucionales, apartando dichos procesos de cualquier confrontación política que pueda ofrecer una apariencia de contaminación que comprometa su necesaria independencia”.

Menoscaba la separación de poderes

El TSJ de Madrid también se pronunció ayer sobre la reforma pretendida, expresando su “profunda preocupación ante la iniciativa destinada” a reformar la elección de los vocales judiciales del CGPJ, sobre todo porque la propuesta de reforma «no se ajusta a la Constitución, al eludir el necesario consenso parlamentario y dejar en manos de la mayoría política –sea cual fuere- la conformación del órgano llamado a velar por la independencia judicial.

Además, considera que la propuesta del Ejecutivo se aleja de los postulados repetidamente defendidos por las diversas instituciones europeas, “que vienen proclamando desde hace tiempo la necesidad de descartar la imagen de politización de la Justicia que se proyecta con la designación política del Consejo General del Poder Judicial”.

Pero, sobre todo, la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid no tiene dudas de que la reforma que quiera implantar el Ejecutivo implica un “menoscabo de la separación de poderes que debe caracterizar a un sistema verdaderamente democrático, al dejar a decisión del poder político la configuración personal del órgano de gobierno del Poder Judicial, facilitando con ello una intromisión que colisiona con las bases del Estado de Derecho”.

Por su parte, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid considera pretender cambiar el sistema de elección que se viene produciendo desde 1885 “por razones estrictamente políticas, atenta contra el mencionado principio de seguridad jurídica”, provocando, como también tiene dicho el Tribunal Constitucional “perplejidades difícilmente salvables respecto a la previsibilidad de cual sea el Derecho aplicable”.

Por ello, añade al respecto, si, a partir de ahora y en el futuro, el Gobierno de turno, con el apoyo, en segunda instancia, de la mayoría absoluta del Parlamento, puede modificar el sistema de elección de los miembros del CGPJ, “además de su dudosa constitucionalidad, la ciudadanía y los operadores jurídicos no sabremos nunca a qué atenernos, poniéndose además en gravísimo riesgo la percepción general sobre la necesaria independencia del Poder Judicial respecto del Poder Ejecutivo, siendo evidente que sin separación de Poderes no puede haber Estado de Derecho”.

De esta forma, el Colegio de Abogados de Madrid reclama de la clase política un “urgente entendimiento sobre esta materia tan fundamental, de modo que, sin alterar el actual marco normativo”, aunque se especifica que la única reforma admisible “sería la de que fueran los propios jueces quienes eligieran a sus representantes en el CGPJ”, se pueda salir del “estado de absoluta perplejidad e inseguridad en el que nos encontramos el conjunto de la ciudadanía española”.